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Curiosamente la documentación laboral que afecta al Canal Físico Complementario es cristalina...

Un INSPECTOR DE TRABAJO dictamina que las nóminas de la ONCE “no cumplen con la legalidad” y exige que sean “claras” y “accesibles”

AZARplus

La ONCE, como seguiremos denunciando en AZARplus hasta que cese la tropelía, continúa alejándose de sus principios fundacionales con el beneplácito del Gobierno, del Ministerio de Consumo, de la Corona y de los medios de comunicación. Es absolutamente vergonzoso que las nóminas de los trabajadores de la Organización de Ciegos sean incomprensibles. ¿Cuál es la consecuencia de esto? Les instamos a que lean una de las noticias más leídas a lo largo de la historia de nuestro medio, una noticia que a día de hoy sigue recibiendo comentarios para que comprendan el alcance de esta práctica que “se aleja de la legalidad”: DRAMÁTICA petición de ayuda a AZARplus de un vendedor desesperado de la ONCE. Y qué hace el Gobierno, el Ministerio de Consumo, la Corona y los medios de comunicación… suponemos que harán lo de siempre, es decir, nada.

Por su parte CCOO ONCE ha emitido un comunicado  en el que informa de la denuncia ante Inspección Central de Trabajo, en presencia del abogado y representante de la ONCE, por la complejidad y falta de claridad que las nóminas de los trabajadores de la ONCE contienen.

Según informa CCOO ONCE, el Inspector de Trabajo dio un plazo a la ONCE de dos meses para que las nóminas se realicen cumpliendo con la legalidad, y que resulten claras y accesibles, plazo que ha sido ampliado a seis meses por petición de la propia Dirección… Seguramente esta ampliación se deba a que ni ellos mismos entienden lo que estas nóminas estipulan, y necesiten más tiempo para descifrar su galimatías… en fin…

Presentamos a continuación la nota informativa publicada por CCOO ONCE a todos nuestros lectores, para que puedan juzgar por sí mismos:

SI TU NOMINA POR SU COMPLEJIDAD Y FALTA DE CLARIDAD SE TE HACE OPACA ¿QUIÉN SALE GANANDO? ¿EL QUE COBRA O EL QUE PAGA?

Desde CCOO venimos trabajando para conseguir algo elemental, que viene hasta en el Estatuto de los Trabajadores: que la nómina sea entendible para quien la cobra. Y en esa pelea formalizamos, como ya os hemos contado, denuncia ante Inspección Central de Trabajo, demostrándole al Inspector en presencia del abogado y representante de la ONCE, que las nóminas del personal vendedor son imposibles de entender, lo que en la práctica las convierte en opacas.

El sistema retributivo del personal vendedor, por imperativo del Convenio, hace prácticamente imposible conocer lo que cobras y porqué lo cobras. Aparecen con frecuencia en nómina conceptos como “compensación posterior mes anterior”, que es imposible saber a qué responde; “crédito”, que el titular de la nómina desconoce qué se integra en ese concepto; cuando se pagan cursos de formación, labores representativas, etc., se hace con cargo a lo que el Convenio llama venta equivalente, que sale de la media de los seis meses anteriores, y hay hasta un supuesto en que hay que usar, si el vendedor no tiene referencia de su propia venta porque no ha trabajado 30 días en los 180 anteriores, hay que acudir a la media diaria del centro, media que ni se publica, ni se comunica. La “prima por participación en venta del CFC”, la cobran los que han vendido más de 30.000€ en el semestre y el resultado sale de dividir la venta obtenida por el CFC entre quienes tienen derecho a cobrarla; al no publicarse cuántos han pasado de los 30.000 y en consecuencia cuántos no la cobran y publicarse el resultado de ventas del CFC, es imposible que el interesado pueda conocer si la cantidad que cobra es correcta.

Son muchas las circunstancias que influyen en que la nómina resulte imposible de entender. Las comisiones de venta, si se supera la venta mínima, divididas por los tres porcentajes de premios y restado el umbral, hacen que el control de lo que toca cobrar en comisiones, no sea sencillo. Pero el remate de lo imposible lo pone que el Convenio establezca que la comisión es anual por el total de jornadas trabajadas en el año, y que lo que vas cobrando de comisiones de venta cada mes, es el 90% de lo que has obtenido por venta realizada y días trabajados en ese mes. Llega el 20 de enero, como este año, y te tienen que hacer el cierre de la comisión anual, pagándote la diferencia si tus 90% cobrados incluyendo la comisión por vacaciones, suman menos que la comisión que finalmente te corresponde en el cierre del año por lo vendido y jornadas realizadas. La nómina anual no contiene los datos que permiten comprobar si es correcta o no.

El Inspector de Trabajo dio un plazo a la ONCE de dos meses, que según dice la Dirección, a su petición, le han ampliado a seis, para que las nóminas se realicen cumpliendo con la legalidad, para que resulten claras y accesibles. No vale el argumento de la Dirección: “el que tiene un problema en nómina, pregunta y ya se le aclara” y el que no pregunta, por miedo o desconocimiento, si la nómina está mal y en su contra, ¿quién palma? ¿el que cobra o el que paga?

DESDE CCOO DECIMOS:

QUE PAGUEN BIEN Y EN LAS NOMINAS

LO EXPLIQUEN MEJOR

Comunicado CCOO ONCE

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