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En relación al Código para la Autorregulación de la Publicidad Online promovido por Jdigital, sobre el que ofrecimos en Primicia las nuevas medidas incorporadas en el documento

La DGOJ “valora de manera positiva la proactividad de la Industria impulsando esta iniciativa en un contexto como el actual, de postergación de dicha regulación e incertidumbre”

AZARplus

En relación al Código impulsado por Jdigital para la Autorregulación de la Publicidad Online, sobre el que ya informamos“la DGOJ valora de manera positiva la proactividad de la industria impulsando esta iniciativa en un contexto como el actual, de postergación de dicha regulación e incertidumbre con el resultado final que se derivaría de la eventual aprobación del Decreto”. De este modo se manifiesta la Dirección General de Ordenación del Juego, desde la que conceden a AZARplus unas declaraciones en EXCLUSIVA.

Igualmente, con motivo de la citada actualización del Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego, desde la DGOJ subraya el consenso de todos los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento, apuntando que, “la modificación aprobada ha sido impulsada desde sus comienzos por JDigital, asociación que reúne a los principales operadores de juego online presentes en España, que a principios de julio de este año presentó una propuesta para modificar el código, depurada a lo largo de estos meses. En el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento, la Dirección General de Ordenación del Juego ha constatado el consenso de todos sus miembros en la modificación, así como que la misma supone un fortalecimiento de las reglas publicitarias anteriormente establecidas, por lo que valora positivamente la iniciativa”.

Que la Industria Online, haya tomado una iniciativa de estas características, más allá de considerarla loable, desde la DGOJ remarcan que se trata de una propuesta para su adaptación cuyo planteamiento se recogía en el mismo Código: “Esta modificación supone una actualización del Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego y se produce de acuerdo con lo dispuesto en el apartado quinto de sus “Normas de aplicación”, donde se establece que el Código será revisado periódicamente, para adaptarlo y mantenerlo actualizado”.

Por último, aunque en el Código se recogen medidas que aparecen en el Decreto que todavía no ha sido aprobado, de acuerdo con la DGOJ, el contenido del mismo es independiente de la futura normativa: “En todo caso, como es sabido, la DGOJ siempre ha sido partidaria de la aprobación de un marco regulatorio riguroso que proporcione certidumbre y predictibilidad a esta dimensión de la actividad de juego. En consecuencia, esta modificación del Código de Conducta ha de entenderse como una actuación independiente y adicional a las que en su caso puedan realizarse por parte de la futura formación de Gobierno en relación con el proyecto de real decreto mencionado”.

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