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El sindicato CCOO confirma que la organización no ha cumplido la amonestación de la Inspección de Trabajo de hace dos años y sus documentos son "imposibles de entender"

Denuncian las nóminas de la ONCE por ser confusas e ininteligibles

AZARplus

Tras dos años desde que le abrieran un expediente sancionador, la Once parece continuar obviando los derechos de sus trabajadores, en este caso en lo relativo a sus contratos laborales. CCOO Once ha denunciad que estos son “imposibles de entender” y no respetan el mandato del Estatuto de los Trabajadores, que deja claro que todo trabajador tiene derecho a conocer lo que cobra y porqué lo cobra.

CCOO Once denunció el pasado noviembre de 2021 ante la Inspección Central de Trabajo los contratos laborales al personal vendedor, “que hace inviable conocer, viendo la nómina mensual, qué hay detrás de cada concepto y a qué responde cada cantidad en los ingresos y en los descuentos”, y se le concedió un plazo de dos meses para que se cambiara el recibo de nómina de forma que todo concepto pudiera ser comprobado por los trabajadores. Dos años más tarde aún no se ha cumplido este requerimiento porque, según CCOO, “la Dirección ha jugado a enredar haciendo propuestas que el Comité Intercentros contribuía a dificultar y alargar, para que la nómina mensual siga sin gozar de la exigible claridad”.

Es por ello que CCOO ha vuelto a denunciar a la Dirección de la ONCE, e Inspección de Trabajo ha vuelto a sancionar a la organización por sus continuas injusticias a sus propios trabajadores, y recuerda la obligación de cambiar el formato de nómina, para que estas por fin, sean claras y entendibles, y advierte que de mantenerse el incumplimiento se abrirá nuevo expediente sancionador.

Entre las enrevesadas formas que tiene la ONCE para elaborar el contrato, la CCOO señala las siguientes:

  • Que las ventas generen tres tipos de comisión diferente según el porcentaje de premios de los productos;
  • Que la venta se pague por recaudación anual y no mensual;
  • Que en la nómina de cada mes se retenga un 10% de las comisiones a cobrar, dejando para el cierre anual pagar las diferencias si las hubiere;
  • Que, de realizarse un curso de formación, o generar derecho a compensación por venta equivalente, las horas de asistencia las paguen con la media de los seis meses anteriores si se ha trabajado treinta jornadas, o con la media de venta del propio centro si no se han trabajado, media que no dan al trabajador y que no llega a conocer;
  • La prima por participación en venta por otros canales está envuelta también en la más absoluta oscuridad, puesto que no se publica el total de lo vendido en el semestre fuera de plantilla, ni cuántos vendedores no alcanzan los 30.000€ en el semestre, lo que conlleva desconocer entre cuántos hay que repartir la prima de ese semestre.
  • En nómina aparece con demasiada frecuencia, en el apartado de descuentos, el concepto “Saldo Cuenta Vendedor” donde recogen lo que recaudan por presuntas liquidaciones pendientes, sin acreditar ni de qué fechas, ni de qué productos, ni cuál es el origen de tal deuda.

Habrá que esperar para saber si la organización acaba cediendo y rectifica en la elaboración de los contratos, o por el contrario continúa saltándose a la torera las sanciones de Inspección en detrimento de sus propios trabajadores.

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