Compartir

Un recurso presentado bajo la dirección letrada de SANTIAGO MORENO contra una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, nº. 17, que consideró contraria a derecho la resolución sancionadora recaída en un procedimiento sancionador

El TSJ de Madrid desestima el recurso de apelación nº. 894/2018 del Ayuntamiento de Madrid, dando la razón a CASINO TORREMAR, SAU de GRUPO VALISA

AZARplus

Reiterando el compromiso de nuestros juzgados y tribunales con los principios constitucionales de Seguridad Jurídica y Derecho a la Defensa, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso de apelación formulado por el Ayuntamiento de Madrid, contra una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, nº. 17, que consideró contraria a derecho la resolución sancionadora recaída en un procedimiento sancionador, por haber imposibilitado el Ayuntamiento de Madrid que el administrado formulara alegaciones en ninguna de las fases del proceso, ignorando sus solicitudes de ampliación de plazo y de remisión de documentos obrantes en el expediente administrativo.

Así, la Sala considera que “(…) la instructora no dio respuesta a ninguna de las peticiones formuladas por lo que, por un lado, difícilmente podía saber si se admitía o no la solicitud formulada y, por otro lado, tampoco sabía si se le concedía una ampliación del plazo para formular las alegaciones. Por el contrario, lo que se encontró fue con la resolución sancionadora quebrantándose, así, su derecho de defensa en su vertiente material dado que no pudo defenderse en el procedimiento (…)”.

La empresa, que resultó sancionada, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución sancionadora, al ver vulnerado su Derecho a la Defensa, ya que tras el Acuerdo de Inicio del expediente sancionador lo único que le fue notificado en relación al procedimiento fue dicha resolución. Pues bien, dicho recurso fue estimado y la mercantil enunciada no dudó en oponerse al recurso de apelación formulado de contrario, que ha finalizado con la sentencia referida, en la que, además, se condena en costas a la Administración apelante.

Santiago Moreno

Director y Fundador de Santiago Moreno Abogados

Dejar comentario

¡Por favor, introduce un comentario!
Por favor, introduce tu nombre

* Campos obligatorios
** Los comentarios deben ser moderados, en muy poco tiempo, serán validados