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La Audiencia Nacional enfatiza que el propósito del impuesto es gravar la actividad económica en sí misma, sin considerar su resultado

Los casinos no podrán reducir el pago del IAE por cierre de mesas

AZARplus

La Audiencia Nacional ha sentenciado que los casinos no podrán reducir el pago de su Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) por el hecho de cerrar varias mesas de Juego.

Según el fallo, la decisión de un casino de operar con un número limitado de mesas durante el año no constituye una modificación de orden físico, económico o jurídico que justifique la reducción del impuesto. La Audiencia Nacional enfatiza que el propósito del IAE es gravar la actividad económica en sí misma, sin considerar su resultado. “La decisión de un casino de usar solo un número de mesas a lo largo del ejercicio, no es ni una variación de orden físico, ni económico, menos aún jurídico a efectos del IAE, cuyo objeto es gravar la mera actividad económica con independencia del resultado”, señala la Audiencia.

El fallo reviste importancia en el ámbito tributario al examinar cómo debe calcularse el impuesto en relación con las mesas de Juego. El fallo pone de manifiesto la disparidad entre un casino grande con treinta mesas declaradas y otro más pequeño con solo tres mesas, señalando que, a pesar de que ambos operen con tres mesas en un período determinado, el impuesto aplicado al primero debería ser mayor debido a la naturaleza y alcance de su actividad.

La sentencia subraya que la decisión de la empresa de utilizar un número limitado de mesas o la cantidad efectiva de mesas en operación a lo largo del ejercicio no altera la base imponible del IAE. En última instancia, la Audiencia Nacional concluye que el criterio fundamental del impuesto radica en la afectación a la actividad económica.

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