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Asimismo el Auto incide en la necesidad de determinar si los principios de necesidad y proporcionalidad de las actuaciones de las autoridades competentes que establezcan límites al acceso a una actividad económica o su ejercicio son de aplicación en el ámbito de las actividades de juego

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de ANESAR CV y ANDEMAR CV sobre la distancia mínima entre Salones en la Comunidad Valenciana

AZARplus

La Justicia avanza para determinar si la fijación de distancias mínimas a los Salones de Juego está ajustada a Derecho en relación con la Ley de Unidad de Mercado además de esclarecer si los principios de necesidad y proporcionalidad en los que se sustenta la citada ley justifican las actuaciones de las autoridades competentes a que establezcan límites al acceso a una actividad económica o su ejercicio, en este caso, de Juego (Al final del texto ofrecemos el Auto del Tribunal Supremo en pdf).

Carlos Lalanda, recientemente galardonado con el Premio al Abogado del Año de la Revista AZAR, escribió un magnífico artículo de opinión el 17 de diciembre de 2018, día que se publicó el  Decreto por el que se publicó el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad de Valencia, en el que hace referencia a un “bucle sin fin” a la hora de dilucidar la conveniencia o no normativa que establece unas distancias mínimas entre los Salones en función de los principios de la LEGUM y de las propias Leyes de cada país miembro de la UE.

Por su parte, la prensa generalista y Podemos se hacían eco de la noticia haciendo hincapié en que “la actividad del juego no puede considerarse, dada su especificidad, como una actividad empresarial normal, toda vez que las condiciones de su ejercicio vienen reglamentadas por la ley, por su interés general” y por ello “legítima la intervención de las autoridades nacionales”. Tanto la Administración Central como las Autonomías y el propio Sector respetan este hecho y están comprometidos con él. La Industria está sometida por este motivo a unos impuestos, que podríamos considerar hasta excesivos, y a una normativa muy rígida, muchas veces hasta podríamos decir encorsetada, cuando su actividad es legal y representa una opción más de Ocio para un público es mayor de edad.

Como decíamos al principio, la Justicia avanza para dilucidar todas estas cuestiones por lo que les instamos a que no se separen de la pantalla, porque seguiremos informando…

VER TWITTER OFICIAL EMILIO DELGADO, DIPUTADO DE PODEMOS EN LA ASAMBLEA DE MADRID

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