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La norma entrará en vigor el mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Galicia, según la nota de prensa difundida, que reproducimos íntegra

El Consejo de la Xunta aprueba el Decreto del nuevo catálogo de Espectácluso Públicos, en el que se incluyen los Juegos de Azar

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El Consejo de la Xunta de Galicia ha aprobado el Decreto por el que se aprueba el Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos abiertos al público de dicha autonomía, estableciéndose determinadas disposiciones generales de aplicación en la materia.

El catálogo incluye, entre otros espectáculos públicos los “juegos de suerte, envite o azar”. La norma entrará en vigor el mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Galicia, según la nota difundimos, que pueden consultar a continuación:

EL CONSEJO DE LA XUNTA APRUEBA EL NUEVO CATÁLOGO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, INCLUYENDO SALAS DE CONCIERTOS, PARQUES MULTIOCIO Y FURANCHOS

  • El documento regula y organiza las diferentes actividades y elimina categorías con poca incidencia en Galicia como karaokes o tablaos flamencos
  • El nuevo orden de horarios, que está en proceso de exposición pública, otorgará a los municipios una mayor autonomía al permitirles otorgar extensiones y reducciones en los horarios generales.

El Consejo de la Xunta aprobó esta mañana el decreto del nuevo Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos abiertos en la comunidad gallega que regula y organiza las diferentes actividades y elimina categorías con poca incidencia o que pueden encajar en otras tipologías existentes.

Entre las principales novedades se encuentra la eliminación de figuras como los karaokes o tablaos flamencos, ya que su incidencia en Galicia no justifica una tipología propia, y también puede incluirse en otras existentes, como pubs o show-cafés respectivamente. Al mismo tiempo, se están agregando nuevas figuras como espectáculos pirotécnicos, salas de conciertos, parques de juegos múltiples o furanchos.

También se establecen criterios para determinar la capacidad de los establecimientos y espacios abiertos al público. En los establecimientos se determina teniendo en cuenta a los usuarios de pie o sentados y en los espacios abiertos al público se fija una proporción de dos personas por metro cuadrado. El decreto prevé la posibilidad de que se pueda desarrollar más de un tipo de espectáculo o actividad en establecimientos compatibles entre sí, por ejemplo, cafetería y restaurante, así como la opción de realizar otras actividades económicas fuera del alcance de la Ley de Entretenimiento.

Además, especifica qué se entiende por espectáculo o actividad de poca entidad, es decir, que se realice en espacios con una capacidad de menos de 75 personas y que las actuaciones no requieran un escenario extraíble o la instalación de instalaciones extraordinarias. Para actividades esporádicamente extraordinarias, se establece un límite máximo de seis por año. En cualquier caso, en el caso de que un espectáculo, actividad o establecimiento no pueda incluirse en ninguna de las tipologías enumeradas en el catálogo, el proyecto mismo estipula que la sede territorial resolverá su asimilación en las tipologías existentes.

El catálogo incluye pirotecnia cinematográfica, teatral, musical, taurina, circo, deportiva, pirotecnia de exhibición y exhibición, así como espectáculos públicos; tales como actividades recreativas culturales y sociales, deportes, ocio y entretenimiento, fiestas y fiestas populares, juegos de suerte, envite o azar o catering; dentro de los establecimientos los de espectáculos públicos (teatros, cines o auditorios) y de actividades recreativas (de juego, para actividades deportivas y restauración). El decreto entrará en vigor el mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Galicia.

Comunicado XUNTA DE GALICIA

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