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Como así muestra el proyecto de ley de los Presupuestos de la Comunidad para 2024

Cae un 8,2% la tasa sobre el Juego en Madrid

AZARplus

La Comunidad de Madrid ha presentado los Presupuestos para 2024, donde se incluyen las cifras y datos relativos al Juego. Según muestra el Proyecto de Ley, desaparece la previsión para los impuestos propios, ya suprimidos (Imposición propia sobre el Juego y sobre depósito de residuos), lo que hace que la tasa fiscal sobre el Juego disminuya en la Comunidad de Madrid un 8,2%, de los 131,8 millones a los 121 millones que se esperan para el próximo año: “La previsión de ingresos por este impuesto supone una disminución del 8,2% sobre el presupuesto 2022, pero un incremento en torno al 5% respecto a la previsión de cierre 2023”

Sucede lo mismo con los impuestos sobre actividades de Juego, que pasan de 25,5 millones en 2022, a 22 millones en 2024, lo que supone una variación del 13,7%: “La estimación de ingresos por este concepto es un 13,7% inferior a la consignada en el presupuesto inicial 2022, y supondría un crecimiento en torno al 5% respecto a las últimas previsiones de cierre 2023”.

El programa relativo a la Ordenación y Gestión del Juego fija en 2.674.050 euros el presupuesto de este departamento, provenientes de los gastos de personal y los gastos corrientes en bienes y servicios.

El control del Juego autorizado es uno de los objetivos prioritarios de la función de control e inspección del Juego, para comprobar que se efectúa en las condiciones y con los requisitos autorizados y con el material homologado. Durante el ejercicio 2024 se continuará incidiendo en el control de las nuevas medidas introducidas por el Decreto de Planificación de determinados establecimientos de Juego en la Comunidad de Madrid para los salones de Juego y los locales de Apuestas. Asimismo, se seguirá llevando a cabo una especial vigilancia de los controles de admisión a los locales de Juego “para comprobar su correcto funcionamiento y llevanza”.

Por último, se vigilará la posible existencia de Juego ilegal o prohibido, “a fin de asegurar una actividad de Juego, ordenada, lícita, transparente y en libre competencia con los Operadores autorizados”.

La tasa fiscal sobre el Juego asciende hasta los 121.000.000 euros, integrándose las siguientes figuras tributarias:

  • La Tasa Fiscal de Máquinas o aparatos automáticos, que grava la autorización de explotación de las máquinas recreativas con premio programado (B, B1, B2 y B3), de azar (C) y con premio en especie (D).
  • La tasa será exigible por trimestres naturales, devengándose el primer día del trimestre.
  • La Tasa Fiscal del Juego del Bingo
  • La Tasa Fiscal sobre Casinos de Juego, que grava los ingresos brutos que los casinos obtengan procedentes del juego, entendiéndose como tales la diferencia entre el importe total de los ingresos obtenidos por el juego y las cantidades satisfechas a los jugadores por sus premios.
  • La Tasa Fiscal que grava la autorización, celebración u organización de rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias
    • En la Rifas y Tómbolas la base imponible de la tasa vendrá constituida por el total de los boletos o billetes ofrecidos.
    • En las Combinaciones Aleatorias, por el valor de los premios ofrecidos.
    • En las apuestas hípicas y sobre acontecimientos deportivos, competición u otro carácter previamente determinado, la base de la tasa vendrá constituida por la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el importe de los premios obtenidos por los participantes en el juego.
  • Tasa sobre juegos efectuados a través de internet o de medios telemáticos. La base imponible de este tributo está constituida también por las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios. El tipo tributario es del 10%.
  • Tasa fiscal del juego del Bingo Electrónico. La base imponible de este tributo está constituida por las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios. El tipo tributario aplicable es del 20%.

Se trata de un tributo cedido, gestionado por la Comunidad de Madrid.

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