Gaming in Spain publica un nuevo vídeo con la ponencia de Pedro López, de Martín Andino Abogados, sobre las implicaciones del Real Decreto 813/2026

Pedro López alerta en Gaming in Spain de las dificultades técnicas de las nuevas exigencias de identificación del Juego online

AZARplus

Gaming in Spain ha publicado un nuevo vídeo sobre una de sus ponencias más esperadas, como es la intervención de Pedro López, socio director de Martín Andino Abogados, en la que explica las consecuencias prácticas del Real Decreto 813/2026 para los operadores de Juego online. La norma, en vigor desde ayer mismo, introduce nuevas obligaciones de identificación de los usuarios y exige comprobar que el titular de la cuenta de Juego y el del medio de pago utilizado sean la misma persona.

López advierte de que los cambios tienen un impacto directo en la operativa de las empresas. Uno de los principales afecta al registro de nuevos jugadores y a los procedimientos de identificación no presencial. Hasta ahora, el sistema permitía validar determinados datos a través de la DGOJ y operar con un límite de 150 euros en depósitos antes de aportar una copia del documento de identidad. Con la nueva regulación, desaparece esa vía específica y los operadores deben adaptar sus procedimientos a las exigencias generales de prevención del blanqueo de capitales.

Según explicó el abogado, entre las alternativas contempladas por la normativa, la solución que considera viable para el entorno digital es la videoidentificación autorizada por el SEPBLAC. Este procedimiento incluye una prueba de vida mediante un selfie y la comprobación del documento de identidad en tiempo real, por ambas caras. La adaptación no se limita a los nuevos registros: las empresas también tendrán que revisar los datos de sus clientes actuales y acometer una remediación de toda su base de jugadores.

El otro gran cambio está en la verificación de los medios de pago. La norma obliga a comprobar que la persona titular de la cuenta de Juego sea también la titular del medio empleado tanto para depositar fondos como para retirar premios. La dificultad, como señaló López, es que los sistemas habituales de autenticación de pagos no siempre permiten acreditar esa titularidad.

Aunque algunos operadores ya aplicaban controles de titularidad en determinados casos relacionados con el Juego responsable, la novedad es que ahora deberán extenderlos a toda su base de clientes. El alcance general de la obligación, unido a las limitaciones técnicas de los proveedores de pago, supone uno de los principales retos de implantación para el sector.

La norma establece un periodo transitorio de seis meses, hasta el 28 de abril de 2027, para que los operadores y sus clientes actuales adapten los medios de pago y permitan realizar las comprobaciones exigidas. Sin embargo, ese plazo no permite mantener sin cambios todas las operaciones: durante la transición, los jugadores registrados antes de la entrada en vigor pueden seguir depositando fondos y participando en los Juegos, pero no retirar los premios obtenidos mientras no se haya verificado el medio de pago.

López considera que esta situación puede generar dificultades operativas, especialmente si los sistemas de verificación no están preparados para gestionar el volumen de usuarios afectados. Una posible respuesta de emergencia sería recurrir a comprobaciones manuales, como solicitar fotografías de las tarjetas, aunque el abogado advierte de los riesgos que esta práctica puede entrañar en materia de protección de datos, cumplimiento de los estándares PCI y seguridad informática.

El problema no termina con el periodo de adaptación. Según explicó el socio de Martín Andino Abogados, los operadores también deberán resolver los contratos de aquellos clientes que no hayan completado las comprobaciones exigidas al finalizar el plazo, informar a la DGOJ y devolver los saldos correspondientes. La situación puede afectar especialmente a usuarios inactivos o que no puedan ser localizados para completar el proceso.

En cuanto a la exigencia de videoidentificación, López señaló que los criterios aplicables no son ajenos a los que ya se utilizan en otros ámbitos, como el financiero o el bursátil. Las herramientas biométricas empleadas por las entidades bancarias pueden responder a los requisitos técnicos establecidos por el SEPBLAC. La principal cuestión para el Juego online será, por tanto, adaptar sus sistemas y procedimientos a las nuevas obligaciones sin generar problemas adicionales en el registro de usuarios y en la gestión de los pagos.

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