La entrevista publicada por El Español recupera un caso que sigue abierto y vuelve a poner el foco en el funcionamiento del RGIAJ y el surrealista “Juego responsable” de la ONCE
La jugadora que fue incluida en la RGIAJ sin su consentimiento destapa la cara más surrealista del “Juego responsable” de ONCE y DGOJ
Más de trece meses después de que su cupón resultara premiado con 35.000 euros, Carmen, una murciana de 79 años, continúa sin cobrarlo. Ahora su caso vuelve a la actualidad después de la entrevista concedida por su hija Raquel a El Español, saltando a la prensa generalista una historia que sin duda debería sacar los colores a la ONCE y por supuesto a la DGOJ.
La pesadilla para Carmen comenzó cuando compró un cupón de la ONCE que resultó premiado con 35.000 euros el 5 de agosto de 2025. Cuando acudió a cobrarlo, la ONCE le comunicó que no podía abonárselo porque figuraba desde 2012 en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ). Carmen asegura que nunca solicitó esa inscripción y su familia sostiene que fue realizada por su difunto marido sin su conocimiento. Su abogado recurrió la inscripción ante la DGOJ y el caso también está pendiente de resolución judicial.
Y aquí aparece la paradoja que convierte este asunto en un auténtico sainete administrativo. Carmen pudo comprar el cupón. Nadie le impidió participar. Nadie le dijo que figuraba en el RGIAJ. Nadie le puso delante un cartel de “usted no puede jugar”. Pero cuando llegó el momento de cobrar, apareció el registro con toda su contundencia.
La propia ONCE explica que, al pagar determinados premios, consulta los registros correspondientes y que, si el jugador figura en el RGIAJ, debe paralizar el abono. Es decir: para vender, el sistema parece no tener demasiados problemas con la condición de autoprohibida; para pagar, de repente el dato se convierte en absolutamente determinante.
La nueva entrevista aporta ahora un detalle especialmente relevante: la familia asegura que solo hace un mes descubrió el documento utilizado para aquella inscripción. Según explica Raquel, la firma que aparece en él no sería la de su madre y, además, figuran errores en sus datos personales: Carmen es de Málaga, mientras que el documento la sitúa en Huércal-Overa, en Almería. La defensa sostiene también que la solicitud se presentó mediante un “modelo no normalizado”. Son precisamente estas circunstancias las que el abogado Antonio Ruiz Pérez-Bermúdez está utilizando para reclamar la anulación del asiento de 2012.
Y aquí la pregunta alcanza también a la DGOJ: ¿cómo puede funcionar un registro de autoprohibición si la persona que figura en él asegura que jamás pidió estar ahí? Porque una cosa es que alguien decida libremente limitar su acceso al Juego y otra muy distinta que termine inscrito sin saberlo. Si los tribunales terminan dando la razón a Carmen, habrá mucho más que explicar que los 35.000 euros de un cupón.
Mientras tanto, la ONCE se limita a señalar que cumple la normativa y que pagaría si se anula la inscripción. Pero mientras, el cupón se vende, el dinero se cobra y la autoprohibición aparece justo cuando llega la hora de entregar el premio.
Una forma verdaderamente peculiar de entender aquello de “vender ilusión”…












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