Las empresas deberán facilitar información esencial sobre salarios, jornada, funciones y demás condiciones laborales

El Gobierno endurece las obligaciones de información laboral con nuevas exigencias para las empresas

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Real Decreto que transpone la Directiva sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, una norma que refuerza las obligaciones de las empresas a la hora de informar a sus trabajadores sobre las condiciones de su relación laboral.

La principal novedad es que los trabajadores tendrán derecho a conocer “las condiciones esenciales de empleo desde el inicio de la relación laboral”, eliminándose el plazo de hasta dos meses que existía hasta ahora para facilitar determinada información.

El Gobierno asegura que la medida permitirá “combatir la precariedad garantizando un acceso adecuado y desde el primer momento de la relación laboral a las características esenciales de la relación laboral”. La información, además, deberá proporcionarse en un formato accesible y adecuado para las personas con discapacidad.

Entre los aspectos que deberán quedar expresamente recogidos figuran la fecha de inicio y, en su caso, finalización del contrato; el centro de trabajo; las funciones; la categoría profesional; la jornada y su distribución; las vacaciones; el periodo de prueba; la formación y el convenio colectivo aplicable.

Especial relevancia adquiere el apartado retributivo. Las empresas deberán informar del “salario base, complementos, modo de cálculo de conceptos variables y criterios de percepción”, de manera que el trabajador pueda conocer no sólo cuánto percibe, sino también cómo se determinan los distintos componentes de su remuneración.

La norma también incorpora obligaciones relacionadas con la utilización de sistemas automatizados. En concreto, se garantiza el acceso de las personas trabajadoras a “los criterios y reglas algorítmicas que determinen las condiciones de trabajo”, un aspecto que introduce nuevas exigencias de transparencia para las empresas que empleen herramientas de este tipo en la gestión laboral.

El Real Decreto contempla igualmente los casos en los que los convenios colectivos amplíen el periodo de prueba más allá de la duración legal ordinaria. En esos supuestos deberá aportarse “la justificación” de las causas que motivan dicha ampliación.

La nueva regulación no se limita a las nuevas incorporaciones. Las personas que ya tengan un contrato en vigor y cuya relación laboral no recoja la información esencial podrán solicitarla a su empleador. En este caso, la empresa dispondrá de un máximo de 30 días para facilitarla.

El Ministerio de Trabajo pondrá además a disposición de empresas y trabajadores un modelo de documento informativo sobre los elementos esenciales del contrato, que deberá estar disponible en un plazo máximo de 20 días coincidiendo con la entrada en vigor de la norma.

El Gobierno sostiene que el objetivo último es reforzar la transparencia en las relaciones laborales y garantizar que las personas trabajadoras dispongan de “un acceso adecuado” a la información que determina sus condiciones de empleo desde el comienzo de la relación laboral.

La regulación incorpora asimismo disposiciones específicas para los trabajadores de la pesca y para la gente de mar, incluyendo nuevas exigencias de información sobre contratos, jornadas, remuneración, descansos, cobertura sanitaria, Seguridad Social y repatriación.

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