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Agrega nuevas variables de Máquinas Recreativas con premio de Tipo B, ya existentes, especiales para Salones de Juego, Bingos y Casinos

Cataluña modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar

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  • Garantiza la protección de los colectivos más vulnerables, ya que estas máquinas sólo se podrán autorizar en establecimientos de juego que, por ley, dispongan de control de acceso para menores de edad y las personas inscritas en el registro de prohibidos

El Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 23/2005, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar. El objetivo es introducir nuevas variantes a la modalidad, ya existente, de máquinas recreativas con premio de tipo B, especiales para ser instaladas, sólo, en salones de juego, salas de bingo y casinos. De este modo, se garantiza la protección de los colectivos más vulnerables, ya que estas máquinas sólo se podrán autorizar en establecimientos de juego que, de acuerdo con la legislación vigente, dispongan de control de acceso para menores de edad y las personas inscritas en el registro de prohibidos.

En este sentido, la norma aprobada hoy, regula desde el precio de partida al importe máximo de los premios que se puede obtener con esta modalidad de juego, o una programación del juego que implique un retorno, como minimo, del 80% en premios. El Decreto también establece, por ejemplo, que estas máquinas no se pueden interconectar con otras instaladas en otros establecimientos de juego.

Comunicado GENERALITAT CATALUNYA

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