Publicado hoy en el BON

Presentamos el nefasto Reglamento General de Juegos y Apuestas de Navarra

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El Gobierno de Navarra ha publicado finalmente en el Boletín Oficial el Reglamento General de los Juegos y Apuestas. La norma, que unifica y desarrolla distintos aspectos normativos en torno al Juego en la Comunidad Foral, regula de forme extremadamente restrictiva la planificación y funcionamiento de locales y Máquinas, en especial lo que respecta a los horarios de los Salones de Juego, que ven reducida su actividad.

El nuevo reglamento establece que los locales de Apuestas deportivas y los salones de Juego deberán cerrar a las 00:30 horas, mientras que las salas de Bingo podrán operar hasta las 03:00 horas.

A partir de su entrada en vigor, los locales deberán verificar la identidad de los clientes en cada acceso, comprobando si cumplen con la mayoría de edad y si figuran en el Registro de Interdicciones. Las empresas dispondrán de un plazo de 12 meses para implementar los sistemas informáticos necesarios que permitan la conexión con este registro y la comprobación de datos en tiempo real.

En lo que respecta a la ubicación de los locales, el reglamento prohíbe la apertura de nuevos establecimientos de Juego a menos de 400 metros de centros educativos, residencias para personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales, recreativos y casas de la juventud.

Por otra parte, las Máquinas de Apuestas en establecimientos de hostelería deberán incorporar sistemas que obliguen a la identificación previa del usuario sin intervención de terceros. Además, estas Máquinas permanecerán inactivas cuando no estén en uso y no podrán emitir estímulos visuales, sonoros o lumínicos durante esos periodos.

Asimismo, se prohíbe la publicidad de Apuestas en actividades deportivas financiadas con fondos públicos y en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, sanitarios y de rehabilitación de personas con adicción al juego. Asimismo, en medios de comunicación se restringe la emisión de anuncios en periódicos, revistas y en radio y televisión entre las 05:00 y las 01:00 horas del día siguiente. También se prohíbe la presencia de publicidad de empresas de Juego en edificios públicos, centros educativos y sanitarios, así como en cines, instalaciones deportivas y acontecimientos deportivos en la Comunidad Foral. En cuanto al patrocinio, las empresas de Apuestas no podrán patrocinar clubes deportivos ni aparecer en camisetas, equipaciones o infraestructuras deportivas dentro de competiciones que se celebren en Navarra.

En palabras de Juan Lacarra, secretario general de ANESAR, este reglamento es “muy negativo y sorprendente”, destacando que el Gobierno de Navarra “ha hecho caso omiso no ya de nuestras alegaciones, sino de los propios informes de los servicios jurídicos del departamento, del Consejo de Navarra e incluso de los propios partidos políticos que de alguna manera apoyan o forman parte del propio Gobierno de Navarra, según se ha visto en sede parlamentaria”.

LEER EL DECRETO FORAL 15/2025, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento General de los Juegos y Apuestas de la Comunidad Foral de Navarra

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