Del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat
Presentamos la tasa por la prestación de servicios relativos al Juego de la Generalitat de Cataluña
El Departamento de Economía y Hacienda ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalitat de Catalunya y del Departamento de Economía y Hacienda, en el que se incluye la tasa por la prestación de servicios en materia de juegos y apuestas, incluyendo el importe de la cuota correspondiente según el tipo de concepto.
A continuación resaltamos las diferentes cuotas incluidas en el texto:
- Emisión de documentos de homologación de material de juego o inscripción en el Registro de modelos: 249,35 euros.
- Inscripción, autorización y renovación de empresas:
2.1. Inscripción en los registros y autorización de empresas de juego: 311,20 euros.
2.2. Modificaciones de las condiciones de inscripción y autorización de empresas de juego: 62,15 euros.
- Emisión de documentos profesionales: 37,05 euros.
- Autorización, renovación o régimen de comunicación de locales y establecimientos:
4.1. De casinos de juego: 6.230,25 euros.
4.2. De salas de bingo: 1.245,80 euros.
4.3. De salones de juego (máquinas B): 622,90 euros.
4.4. [suprimido por la Ley 5/2020, de 29 de abril]
4.5. De otros locales de juego: 62,15 euros.
4.6. Modificación de autorizaciones de constitución y funcionamiento de locales y establecimientos de juegos: 62,15 euros.
- Expedición y duplicados de permisos de explotación: 124,30 euros.
- Diligencias relativas a la tramitación de la instalación o el emplazamiento y a los permisos para la explotación de las máquinas recreativas y de azar, y diligencias relativas a los libros: 62,15 euros.
- Examen de expediente de autorizaciones o de comunicaciones de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas: 62,15 euros.
- Expedición de duplicados: 50% de la cuota.
- Expedición de permiso de explotación por sustitución con emplazamiento: 247,90 euros.
- Expedición de permiso de explotación con emplazamiento: 186,10 euros.
- Obtención de la habilitación como entidad de inspección o como laboratorio de ensayos: 1.245,75 euros.
En función del tipo de habilitación solicitada deben pagarse, además, las siguientes tasas:
11.1. Por ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C: 371,00 euros.
11.2. Por la autorización de otros elementos y material de juego y apuestas o por inspecciones técnicas para la renovación de permisos de explotación de máquinas recreativas y de azar: 254,70 euros.
11.3. Por la comprobación del funcionamiento correcto de los aparatos y los materiales de juego y apuestas: 331,75 euros.
11.4. Por la inspección y el control técnico de las instalaciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.3 de la Ley 1/1991, del 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego: 371,00 euros.
- Por la autorización, modificación y cancelación de interconexiones de máquinas recreativas con premio y de azar: 125,40 euros.
A continuación ofrecemos para todos nuestros lectores el texto íntegro incluido en el DOGC:
** Los comentarios deben ser moderados, en muy poco tiempo, serán validados