La asociación pide a la Administración que revise y modifique las medidas que generan mayor incertidumbre jurídica y económica para las empresas operadoras
AZEMAR Aragón reclama cambios en el Reglamento del Juego para garantizar la seguridad jurídica de las operadoras
Las empresas operadoras integradas en AZEMAR Aragón han trasladado a la Comisión de Juego de Aragón su preocupación por determinadas medidas incluidas en el Proyecto de Reglamento General del Juego. El Presidente de Azemar Aragón, D. Fernando Agustín, asistió a esta Comisión y realizó la exposición de las principales cuestiones planteadas por el sector, al considerar que algunas de las medidas propuestas pueden afectar de forma directa a la seguridad jurídica, la planificación de las inversiones y la estabilidad de las relaciones comerciales que sustentan el actual modelo de explotación en hostelería.
Durante su intervención, la asociación ha centrado especialmente sus propuestas en dos cuestiones que considera de especial relevancia para las empresas operadoras: el régimen de subrogación de las autorizaciones de instalación ante cambios de titularidad de los establecimientos y el modelo de explotación de las máquinas B.1 en hostelería.
Un cambio de titularidad no debería poner en riesgo inversiones ya realizadas
AZEMAR Aragón ha solicitado que se mantenga la redacción vigente del artículo 53 y que no prospere la modificación planteada en el artículo 239 del Proyecto, que permitiría al nuevo titular de un establecimiento rechazar la subrogación de la autorización de instalación.
Para las empresas operadoras, esta modificación introduce un elemento de incertidumbre difícilmente compatible con el horizonte temporal sobre el que se realizan las inversiones.
La actividad de las operadoras implica compromisos económicos vinculados a la adquisición de máquinas, homologaciones, mantenimiento, tasas y financiación o apoyo al establecimiento hostelero. Estas inversiones se planifican habitualmente sobre el periodo de vigencia de la autorización de instalación, actualmente establecido en cinco años.
Por ello, AZEMAR considera que permitir que un cambio de titularidad pueda poner fin a la autorización antes de completar ese periodo altera las condiciones sobre las que se ha realizado la inversión y dificulta su amortización y planificación económica.
La asociación advierte además de que la eliminación de la subrogación no elimina el conflicto económico que pueda producirse, sino que puede trasladarlo al ámbito de las relaciones entre particulares y a los tribunales, incrementando la incertidumbre para las partes.
Como alternativa subsidiaria, AZEMAR Aragón plantea que, si finalmente el nuevo titular pudiera rechazar la subrogación, la prohibición de instalar máquinas B.1 en el establecimiento se mantenga durante todo el periodo de vigencia de la autorización original, y no únicamente durante doce meses.
Esta última alternativa subsidiaria, cuenta con el respaldo del sector hostelero aragonés, y coinciden en que, si el nuevo titular rechaza la subrogación, la prohibición de instalar máquinas B.1 debe mantenerse durante todo el periodo de vigencia de la autorización original, y no limitarse únicamente a doce meses.
Un operador por establecimiento para aportar estabilidad y facilitar el control
El segundo eje de las propuestas afecta directamente al modelo de explotación. AZEMAR Aragón defiende que la instalación y explotación de máquinas B.1 en establecimientos de hostelería quede vinculada a una única empresa operadora por establecimiento, manteniendo el límite máximo de tres puestos de juego.
La asociación considera que este modelo permite establecer una relación comercial más clara entre el establecimiento y su operador y evita situaciones de competencia entre diferentes empresas por un mismo local.
Pero, además de la dimensión comercial, AZEMAR destaca el efecto que esta fórmula puede tener desde el punto de vista de la gestión y el control administrativo. Un único operador facilita la identificación del responsable, el seguimiento técnico de las máquinas, las labores de inspección y la gestión de las obligaciones tributarias y administrativas asociadas.
La propuesta, según la asociación, no supone introducir un modelo desconocido, sino mantener una fórmula de ordenación que ya se aplica en la mayor parte de las Comunidades Autónomas.
Como alternativa, AZEMAR plantea que, si no se acepta la exclusividad, el tercer puesto de juego corresponda necesariamente a la misma empresa que gestiona los dos primeros, en coherencia con el régimen que ya contemplaba el artículo 50.1d) del actual Reglamento.
Mismas reglas de control y juego responsable terminales estatales
AZEMAR Aragón también ha planteado ante la Comisión de Juego la necesidad de revisar el régimen aplicable a los terminales vinculados a productos de juego de titularidad estatal, fundamentalmente SELAE y ONCE, cuando se encuentran instalados en establecimientos de hostelería.
La asociación solicita la eliminación de la previsión introducida en el artículo 1.3.f) del Proyecto, sobre ciertos terminales de juego de titularidad estatal y, subsidiariamente, que estos terminales estén sometidos, dentro de las competencias autonómicas y en la medida jurídicamente posible, a condiciones equivalentes de control, acceso, supervisión y juego responsable respecto de las máquinas B.1.
El objetivo planteado es evitar que productos de juego que concurren en un mismo establecimiento y se dirigen al mismo espacio de consumo puedan quedar sujetos a condiciones regulatorias sustancialmente diferentes.
Homogeneidad también en los horarios
La cuarta cuestión planteada por AZEMAR Aragón se refiere al régimen horario de determinadas máquinas recreativas instaladas en salas de bingo y salones de juego.
La asociación considera necesario establecer un régimen horario homogéneo cuando se trate de máquinas con características técnicas y controles equivalentes.
El Proyecto contempla actualmente que determinadas máquinas instaladas en salas de bingo puedan permanecer operativas hasta las 04:00 horas, mientras que en los salones de juego el límite se sitúa en las 02:00 horas.AZEMAR considera que esta diferencia debería revisarse cuando las máquinas presentan características técnicas y controles regulatorios equivalentes.
AZEMAR pide a la Administración que valore el impacto sobre las empresas antes de aprobar el Reglamento.
AZEMAR Aragón subraya que sus propuestas no pretenden reducir los niveles de protección ni los compromisos del sector con el juego responsable. Su objetivo es que el nuevo marco regulatorio combine adecuadamente el control administrativo con la seguridad jurídica, la estabilidad empresarial y unas condiciones de competencia equilibradas.
La asociación considera especialmente importante que, antes de la aprobación definitiva del Reglamento, la Administración valore el impacto que determinadas modificaciones pueden tener sobre las empresas que realizan inversiones y mantienen compromisos económicos a medio plazo.
AZEMAR Aragón confía en que las aportaciones planteadas ante la Comisión de Juego sean analizadas durante la tramitación del Proyecto, permitiendo así alcanzar un texto equilibrado que concilie el control administrativo con la seguridad jurídica y la sostenibilidad, para todos los agentes que participan en el sector del juego aragonés.
Comunicado AZEMAR ARAGÓN












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