Durante el periodo en que la autorización de explotación permanezca suspendida, se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota del tributo de Juego
Valencia aprueba la Ley de Presupuestos para 2025 y eximirá del tributo a las Máquinas destruidas por la DANA
La Generalitat Valenciana ha dado luz verde finalmente a los presupuestos para este año, con una previsión de recaudación que supera los 192 millones de euros en la Industria del Juego, según refleja la Ley de Presupuestos para este ejercicio. Asimismo, como ya informamos anteriormente en AZARplus, la administración autonómica ha acabado introduciendo una medida extraordinaria en su Ley de Medidas Fiscales para paliar los efectos de la DANA del 29 de octubre de 2024 en las Máquinas recreativas afectadas.
Según el desglose presupuestario, la mayor parte de los ingresos previstos procederán de tasas específicas sobre el Juego, que ascenderán a 171,2 millones de euros. De esta cifra, destacan los ingresos por tasas sobre Máquinas recreativas tipo B y C (102,9 millones), bingo (37,7 millones), casinos (8,4 millones) y rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias (22 millones). A esta recaudación se suma el impuesto autonómico sobre el Juego online, que aportará 20,6 millones de euros.
Además, la Generalitat espera ingresar 642.810 euros por tasas administrativas relacionadas con la gestión de Casinos, Apuestas y otros juegos, así como 700.000 euros en materia de sanciones. Por otro lado, los beneficios fiscales concedidos al Sector son prácticamente nulos: apenas 113.827 euros en total.
Dentro del nuevo artículo 12 bis de la Ley de Medidas Fiscales de 2025, se establece un régimen excepcional para las Máquinas recreativas destruidas por la DANA de octubre de 2024.
En concreto, se permite a las empresas operadoras solicitar la suspensión de la explotación de las Máquinas afectadas, mediante comunicación formal a la Dirección Territorial de Hacienda de Valencia en un plazo de diez días, junto con documentación acreditativa de los daños y una declaración jurada de ubicación.
Durante el periodo en que la autorización de explotación permanezca suspendida, se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota del tributo de Juego correspondiente a dichas Máquinas, con efectos retroactivos desde el 29 de octubre de 2024, incluso si la comunicación se realizó posteriormente y antes de la entrada en vigor de la ley.
Asimismo, se abre la posibilidad de tramitar un canje fiscal por nuevas Máquinas en el plazo de un mes, siendo condición indispensable para levantar la suspensión. Si no se ejercita esta opción, la Máquina será dada de baja definitivamente, también con efectos retroactivos. La norma también contempla que, si el levantamiento se produce después del 1 de abril de 2025, el tributo se devengará por el trimestre completo.
Las empresas podrán solicitar directamente la baja definitiva de las Máquinas, beneficiándose igualmente de la bonificación fiscal correspondiente al periodo afectado.
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