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De acuerdo con el BOCM, hoy entra en vigor la PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD que promueva el Juego Online, los Salones o Casas de Apuestas en la televisión autonómica

Sanciones más duras para evitar el acceso de menores y autoprohibidos a los Locales en Madrid, una iniciativa que se suma a las medidas contempladas en el nuevo Decreto del Juego

AZARplus

Tras su publicación un día antes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, hoy entra en vigor la Ley 7/2019 de 27 de marzo que modifica la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión de Madrid, a través de la cual se añade un apartado 9 al artículo 32 del texto de la misma, que queda redactado de la siguiente forma: “9. Radio Televisión Madrid no emitirá publicidad que directa o indirectamente promueva el juego on line, los salones de juego o las casas de apuestas, independientemente del horario o la concreta programación de la que se trate”.

Así lo establece el mismo BOCM, que publicó ayer, día 9 de abril, la Ley 7/2019, de 27 de marzo, de modificación de la Ley 8/2015 de diciembre, de Radio Televisión Madrid. En el texto publicado, el Presidente de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, hace saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado dicha Ley, promulgada por este, en nombre del Rey, en cuyo Preámbulo se afirma lo siguiente: “En los últimos años las nuevas formas de juegos de azar se han desplegado en nuestra sociedad tanto físicamente como a través de las redes con unos crecimientos muy intensos que han llevado aparejado también un incremento exponencial del número de personas que se han inscrito en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego.

A su vez, diversas asociaciones de afectados por la Ludopatía han dado la voz de alarma al constatar un aumento sin precedentes de las altas por adicciones al juego entre sus usuarios, y tanto en los medios de comunicación como en la sociedad en general es fácil constatar la preocupación por las consecuencias que puedan darse del crecimiento de una actividad que, como constató el Tribunal Supremo, ‘…no puede considerarse, dada su especificidad, como una actividad empresarial normal, toda vez que las condiciones de su ejercicio vienen reglamentadas por la ley, por su interés general’. El mismo Tribunal recordaba recientemente en un auto que diferentes tribunales europeos consideran ‘legítima la intervención de las autoridades nacionales’ en la regulación del sector del juego ‘por razones de política social, protección de los menores de edad y de prevención del fraude fiscal y blanqueo de capitales’.

Esa intervención de las autoridades que avala el alto Tribunal español ha de ser necesariamente integral y requiere modificaciones legales en aspectos diversos de la legislación. Diferentes expertos en Juego Patológico y Adicciones Comportamentales explican que la publicidad impacta principalmente en dos colectivos vulnerables: ‘Por un lado, los niños y adolescentes, y, por otro, aquellos que ya tienen una conducta de juego problemática’, constituyendo los medios de comunicación uno de los principales ejes que necesariamente han de regularse adecuadamente para proteger los derechos de las personas más vulnerables. En el pasado ya se han realizado regulaciones y limitaciones similares en los medios de comunicación con sustancias que pese a ser legales como el alcohol o el tabaco, no dejan de tener efectos indeseados socialmente, y hoy disponemos de datos que avalan empíicamente que tales restricciones han logrado una reducción considerable del número de personas adictas a estas sustancias y una mejora en la salud general de la población”.

Dicha normativa, siempre de acuerdo con el documento aludido, consta de un Artículo único: Modificación de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, en el que, tal y como hemos apuntado, e añade el apartado 9 al artículo 32 del texto de la Ley.

Juego Online

Sanciones más duras

Por otra parte, la Comunidad de Madrid aplicará sanciones más elevadas a los Salones y Casas de Apuestas en los que se detecte la presencia de menores y de autoprohibidos. Una instrucción de la Dirección General de Juego fijará baremos más altos que los contemplados en la normativa para sancionar estas infracciones, según el comunicado emitido.

Las sanciones alcanzarán los 9.000 euros por menor y podrían suponer la suspensión temporal de la actividad de los locales, concretamente durante seis meses, extendiéndose hasta los cinco años en caso de reincidencia y catalogación de las infracciones como muy graves.

La iniciativa se suma a las medidas contempladas en el nuevo Decreto del Juego, que el Consejo de Gobierno ha acordado hoy remitir a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. Proceder a su aprobación definitiva y entrada en vigor requiere un análisis previo de la Comisión, que después lo devolverá al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de un mes.

También se contempla un incremento de la plantilla de inspectores de Juego de la Comunidad de Madridm, con tres nuevos puestos que se convocarán próximamente para su provisión.

En cuanto a distancias mínimas, el Decreto fija que esta sea de 100 metros entre los establecimientos de Apuestas y los centros educativos de enseñanza no universitaria. Además de reforzarse los controles y las sanciones para evitar el acceso de menores y autoprohibidos.

El nuevo Decreto, según ya informamos, también contempla el aumento de los controles de acceso, en paralelo a lo establecido en Casinos y Bingos, para lo cual se tendrá que habilitar un servicio físico de admisión y registro en la entrada. Otros aspectos regulados son la prohibición de la rotulación con modalidades no autorizadas en estos, como Casinos o Ruleta, así como la prohibición de las Máquinas con Juegos infantiles o deportivos que conceden vales, fichas o elementos canjeables por regalos si su diseño es similar a las Máquinas de Juego de adultos.

Dicha normativa también establece que el 0,7  por ciento de la recaudación impositiva procedente del juego se destine a políticas de prevención y tratamiento del Juego problemático por parte de la Administración regional, lo cual se traducirá en alrededor de 1,2 millones de euros anuales.

A continuación, ofrecemos el comunicado oficial sobre el endurecimiento de las sanciones y otras iniciativas, así como el documento publicado en el BOCM.

Juego Online

Endurecemos las sanciones para evitar el acceso de menores a los locales de apuestas

La Comunidad de Madrid reforzará las sanciones a los salones de juego y locales de apuestas en los que se detecte la presencia de menores de edad y de personas inscritas en el registro de prohibidos. Estas infracciones serán sancionadas con baremos más altos contemplados en la normativa, según fijará una instrucción de la Dirección General de Juego.

Estas sanciones alcanzarán los 9.000 euros por menor y podrían acarrear incluso la suspensión de la actividad de los locales durante seis meses. En caso de reincidencia, las infracciones se catalogarán como muy graves y las suspensiones podrían extenderse a cinco años.

Esta iniciativa se suma a las medidas contempladas en el nuevo Decreto del Juego, que el Consejo de Gobierno ha acordado hoy remitir a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. Una que vez que esta Comisión analice el texto lo devolverá al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de un mes, para proceder a su aprobación definitiva y entrada en vigor.

El Decreto fija una distancia mínima de 100 metros entre los locales de apuestas y los centros educativos de enseñanza no universitaria, además de refuerzan los controles y las sanciones para evitar el acceso a estos locales y salones de juego tanto de los menores de edad como de las personas inscritas en el registro de prohibidos.

Además, aumentan los controles de acceso a los salones de juego y locales de apuestas, en línea con lo establecido para los casinos y bingos de la región. Para ello, estos establecimientos tendrán que habilitar un servicio físico de admisión y registro en la entrada. Los propietarios de estos negocios tendrán un plazo de seis meses para acondicionarlos para tal fin, período que se podrían ampliar a tres meses más si hay que proceder a reformar el local.

El nuevo Decreto también impedirá la rotulación de salones de juego y locales de apuestas con modalidades de juegos no autorizados en los mismos, como casinos, ruleta, etc.

La nueva normativa también incluye otros aspectos de cara a aumentar la seguridad y la protección a los menores. Así, se ha modificado la regulación de la exclusión de las máquinas con juegos infantiles o deportivos que conceden vales, fichas o elementos canjeables por regalos para prohibir aquellas que presenten una apariencia similar a las máquinas de juego para adultos.

Prevención de ludopatía y refuerzo de inspecciones

El nuevo Decreto establece, además, que el 0,7 % de la recaudación impositiva procedente del juego se destine a políticas de prevención y tratamiento de ludopatía por parte de la Administración regional. Este porcentaje puede suponer alrededor de 1,2 millones de euros anuales.

Todas estas medidas se complementan con un incremento de la plantilla de inspectores de juego de la Comunidad de Madrid con tres nuevos puestos que se convocarán próximamente para su provisión.

Comunicado GOBIERNO DE MADRID

DOCUMENTOS ADJUNTOS

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