De la Junta General del Principado de Asturias 149/X, de 16 de noviembre de 2018, adoptada por el Pleno, “sobre el incremento de los locales de apuestas”
Publicada en el BOJA una Moción de IU contra el Juego
El Boletín Oficial de la Junta General del Principado de Asturias publicó ayer, día 20 de noviembre, dentro del epígrafe de Textos Aprobados, la Moción del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida contra el Juego sobre la que ya informamos. En concreto, se trata de la Moción subsiguiente a la interpelación de su Diputada María Concepción Masa Noceda al Consejo de Gobierno sobre incremento de los locales de apuestas (10/0183/0204/27712). A continuación, presentamos el extracto de las partes más relevantes del documento, que también adjuntamos para su descarga.
“Moción de la Junta General del Principado de Asturias 149/X, de 16 de noviembre de 2018, adoptada por el Pleno, sobre incremento de los locales de apuestas (10/0183/0204/27712)
El Pleno de la Junta General del Principado de Asturias debate la moción del Grupo Parlamentario de Izquierda Unidasubsiguiente a la interpelación de su Diputada doña María Concepción Masa Noceda al Consejo de Gobierno sobre incremento de los locales de apuestas (Boletín Oficial de la Junta General, X, Serie B, número 1735) y, siendo incorporada la enmienda 35379, del Grupo Parlamentario Podemos Asturies (Boletín Oficial de la Junta General, X, Serie B, número 1749), aprueba, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 208 y 222 del Reglamento de la Cámara, la siguiente
MOCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a
1.- Instar al Gobierno del Estado a que impulse la modificación de la normativa estatal sobre el juego de tal manera que se establezcan restricciones de publicidad para juegos y apuestas online dándole un tratamiento similar a la publicidad del tabaco o el alcohol; se establezca la prohibición de la publicidad en horario infantil en televisión y radio, así como en campañas publicitarias en la calle y en portales webs y redes sociales de frecuente acceso por parte de menores de edad y se prohíba la publicidad del juego en todo tipo de eventos deportivos.
2.- Instar al Gobierno del Estado a que persiga, acorde con la ley, a aquellas empresas de juego online con publicidad engañosa y fraudulenta o con ofertas que impliquen regalo de dinero inicial.
3.- Instar al Gobierno del Estado a que estudie los comportamientos de las diferentes empresas de juego online que cuentan con el logotipo de Responsabilidad Social Corporativa o de Juego Seguro con el fin de determinar si realmente se adecua a los requisitos y merecen contar con el amparo de la Administración Central.
4.- Instar al Gobierno del Estado a que establezca medidas más eficaces que imposibiliten el acceso de menores de edad con DNI ajenos, con el fin de que estos no tengan posibilidad de acceder a los portales webs de juego.
5.- Establecer, al amparo de la normativa vigente, un límite en la apertura de casas y locales de apuestas, fijando para ello, y en colaboración con los ayuntamientos, tanto una ratio por número de habitantes como una distancia mínima entre cada uno de los locales para impedir su concentración en determinadas zonas.
6.- Endurecer los controles de acceso a todo tipo de instalaciones de juego y apuestas para evitar de manera eficaz tanto la presencia de menores como de personas que inscritas en el Registro Personal de Interdicciones de Acceso al Juego.
7.- Prohibir cualquier tipo de publicidad de juegos y apuestas en cualquier evento deportivo celebrado en Asturias en una infraestructura pública (municipal o autonómica) o que cuente con algún tipo de patrocinio público.
8.- Desarrollar todas las medidas de formación, información, prevención y rehabilitación contenidas en el I Programa para la Prevención de la Ludopatía en Asturias 2018-2020, dotándolo de todos los recursos materiales y personales necesarios para desarrollar cada una de ellas.
9.- Impulsar la colaboración y cooperación, además de con entidades ciudadanas de todo tipo y organizaciones de rehabilitación de personas adictas al juego, también con otras Administraciones Públicas para que se impliquen en los programas para prevenir el juego entre menores y la adicción y favorecer la rehabilitación y reinserción de las personas jugadoras.
10.- Elaborar un estudio sobre los métodos o sistemas para el control efectivo del juego en máquinas recreativas tipo B en los establecimientos de hostelería”.
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