De acuerdo con la Resolución, en la que se incluyen la Tasa por servicios administrativos en materia de casino, juegos y apuestas y las bonificaciones
Publicada en el BOIB la actualización del importe de los impuestos autonómicos para 2019
El Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) ha publicado una Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de enero de 2019 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la autonomía balear para el año 2019.
En lo que respecta al Juego, el documento oficial, que difundimos a continuación en pdf, trata la cuestión en su páginas 620 y 621, del siguiente modo:
“Tasa por servicios administrativos en materia de casino, juegos y apuestas
(Artículos 71 a 74 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificados por el artículo 10 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública; por el artículo 5 de la Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública; por el artículo 1 de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas; por el apartado 1 de la disposición final primera de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2012; por los apartados 11 y 12 de la disposición final cuarta de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014, y por el apartado 6 de la disposición final primera de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2016, y afectados por el apartado 4 de la disposición final primera de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015)
Bonificaciones
Se aplicará una bonificación del 100 % a la cuota tributaria con respecto a la autorización e inscripción de empresas de juego a que se refiere el apartado 1 de la letra B. En caso de que sea de aplicación la bonificación no será necesario presentar la correspondiente declaración tributaria”.
Sobre los fundamentos de derecho, según consta en la mencionada Resolución y recuerda SAREIBA en la nota difundida sobre el particular, “de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2019, el año 2019, las cuotas fijas de las tasas y de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias se incrementan en la cantidad que resulta de aplicar a la cantidad exigida durante el año 2018 el coeficiente derivado del aumento del índice de precios de consumo de España correspondiente al año 2017 (que es del 1,1 %), sin perjuicio de la modificación de determinados aspectos de las tasas en materia de puertos, medio ambiente y educación que contiene la propia Ley (disposición final primera)”.
“Con el fin de conseguir más seguridad jurídica y facilitar el conocimiento y el cumplimiento de los importes correspondientes, se ha dictado la mencionada resolución”, concluye la nota de SAREIBA.
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