Una resolución clave para el cumplimiento normativo en locales de Juego

Presentamos la Sentencia que tumba la guía biométrica de la AEPD que condicionaba los controles en los salones

AZARplus

Presentamos en exclusiva la sentencia de la Audiencia Nacional que establece el uso de la biometría tras anular el criterio de la AEPD. Este fallo, sobre el que ya se pronunció ANESAR como informamos ayer desde AZARplus, supone un vuelco legal de gran calado al anular íntegramente la “Guía sobre tratamiento de control de presencia mediante sistemas biométricos” que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó en noviembre de 2023.

La clave de la sentencia no reside en si la huella dactilar o el reconocimiento facial son legales o no, sino en cómo la AEPD intentó regularlos. La Audiencia Nacional da la razón a la Asociación Española de Seguridad (AES) al considerar que la Agencia se extralimitó en sus funciones.

Según los magistrados, lo que la AEPD presentó como una simple “guía” orientativa era, por su contenido y efectos, una “circular” encubierta. El tribunal subraya que el documento contenía criterios taxativos y obligatorios que pretendían influir de forma determinante en las empresas, llegando a “desalentar” a los distribuidores de estos sistemas en España. Al no haberse tramitado como una norma vinculante (que requiere un procedimiento legal específico y su publicación en el BOE), la Audiencia ha declarado su nulidad absoluta.

Hasta la publicación de esta guía ahora anulada, el uso de la huella dactilar era una práctica extendida. Sin embargo, el criterio restrictivo de la AEPD, que consideraba estos datos como “categoría especial” de protección casi prohibitiva, generó una enorme inseguridad jurídica. La sentencia destaca que la Agencia utilizaba de forma “recurrente” esta guía para motivar sus expedientes sancionadores, lo que demuestra que operaba como una verdadera ley a pesar de no serlo.

Este fallo supone que, jurídicamente, la guía de noviembre de 2023 deja de tener efecto. No obstante, el sector debe tener en cuenta dos factores importantes, pues no se trata de una sentencia firme, pues la a AEPD todavía puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, y la nueva regulación que se encuentra ya en camino; La propia Agencia ya ha anunciado que está trabajando en una revisión de sus criterios que verá la luz en otoño.

Aun así, por el momento la Justicia ha restablecido el orden procedimental, recordando que una autoridad administrativa no puede imponer obligaciones bajo la apariencia de recomendaciones.

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VER AZARplus DE AYER.- ANESAR pide prudencia tras la decisión judicial sobre la guía de biometría de Protección de Datos

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