El informe incluye las propuestas aceptadas durante el plazo de información pública
Presentamos el Informe de valoración relativo al Proyecto de Decreto sobre las Apuestas de Pilota Valenciana
La Dirección General de Tributos y Juego ha publicado el informe relativo a la consulta previa, audiencia e información pública realizada durante la elaboración del proyecto de Decreto, del Consell, por el que se regulan los requisitos y condiciones de las Apuestas de las partidas de Pilota Valenciana.
Durante dicho plazo, presentaron aportaciones la Federación de Pilota Valenciana (FEDPIVAL) y la Fundación de Pilota Valenciana (FUNPIVAL).
De igual modo, emitieron sus respectivos informes la Presidencia, la Vicepresidencia y las diferentes Consellerias, como es el caso de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública o la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, entre otras.
De la Federación de Pilota Valenciana, se aceptaba la alegación relativa a las fianzas del apartado 2 del Artículo 22, proponiendo que la cuantía de las fianzas se fije en 1.000€ tanto para las personas físicas como para las jurídicas, señalando que se acepta en lo que respecta a las personas físicas, “si bien se mantendrá más elevada la fianza de las personas jurídicas habida cuenta de su mayor capacidad económica y diferente grado de responsabilidad de sus órganos directivos”.
El apartado 2 del artículo 22 relativo a las fianzas queda redactado del siguiente modo:
“El importe de la fianza será:
- a) en el caso de que la persona a autorizar sea persona física, de 1.000€,
- b) en el caso de que la persona a autorizar sea persona jurídica, de 3.050€.”
La Fundación de Pilota Valenciana también presentaba la misma alegación, ya aprobada, así como una relativa al apartado 2 de la disposición final primera, sobre el desarrollo normativo y modificación de las cuantías de las fianzas, que era aprobada, quedando redactada de la siguiente forma:
“Se autoriza a la persona titular de la conselleria competente en materia de juego para que pueda modificar, mediante resolución, la cuantía de las fianzas contempladas en este decreto a partir del ejercicio siguiente al de su entrada en vigor”.
En lo que respecta a los informes de las Consellerias, se aceptaba la propuesta de Presidencia relativa a la Inscripción de las personas “trinqueteres de apuestas” en el Registro General queda redactado del siguiente modo:
“Las personas que, a la entrada en vigor del presente decreto, estén desarrollando la actividad de celebración de apuestas en las partidas de pilota valenciana, podrán continuar desempeñándola durante el plazo de nueve meses, pero deberán solicitar, con al menos un mes de antelación al vencimiento de dicho plazo, su autorización e inscripción, en el Registro General de Juego de la Comunitat Valenciana, como “trinqueteres de apuestas”.
Por su parte, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte proponía ampliar el plazo para la entrada en vigor del Decreto, que ahora queda estipulado en seis meses desde su publicación.
Ofrecemos a continuación el Informe sobre la audiencia pública, así como el Proyecto de Decreto, para su descarga directa en formato PDF:
DESCARGAR PDF INFORME PILOTA VALENCIANA
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