Destacamos los apartados relativos a las Tasas, Juego Responsable, Protección de Menores, Selae e Hipódromo de la Zarzuela

Ofrecemos los datos más relevantes sobre JUEGO del Proyecto de los PGE 2019

AZARplus

La Ministra de Hacienda María Jesús Montero ofreció en una prolongada y nutridísima Rueda de Prensa los datos fundamentales del Proyecto de Presupuestos del Estado 2019 presentados por el Gobierno de Pedro Sánchez. A pesar del tiempo dedicado no se incluyó en su intervención ni una sola referencia a nuestro Sector ni a su dinámica tributaria, y el tema tampoco estuvo presente en las preguntas formuladas por la Prensa generalista.

No dudamos de que la cuestión todavía está pendiente de un largo desarrollo que culminará del 11 a 13 de marzo con la aprobación por el Pleno del Dictamen de la Comisión, según el calendario oficial, y por ello recogemos para nuestros lectores los puntos fundamentales del texto del Proyecto que pueden ser materia de futuro debate que hemos extraído de la documentación oficial aportada por el Ministerio de Hacienda. 

El Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 conserva la denominación de capacidad tributaria establecida por la Ley 22/2009 que considera los tributos del juego como recaudación totalmente cedida a las Comunidades Autónomas por los servicios traspasados. Establecido este concepto resulta de especial relieve para nuestro Sector el Capítulo IV relativo a las Tasas que en su artículo 76 establece que regirán los siguientes tipos y cuotas fijas:

Tasas

Uno. Tipos tributarios.

a) El tipo tributario general será del 10 por 100.

b) En los casinos de juego se aplicará la siguiente tarifa:

Porción de la base imponible comprendida entre en euros. Tipo aplicable.

Porcentaje

Entre 0 y 1.322.226,63 10

Entre 1.322.226,64 y 2.187.684,06 17,5

Entre 2.187.684,07 y 4.363.347,88 22,5

Más de 4.363.347,88 27,555

Dos. Cuotas fijas.

En los casos de explotación de máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de los juegos, la cuota se determinará en función de la clasificación de las máquinas realizada por el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por el Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, según las normas siguientes:

A) Máquinas tipo ‘‘B’’ o recreativas con premio:

a) Cuota anual: 1.765,5 euros.

b) Cuando se trate de máquinas o aparatos automáticos tipo ‘‘B’’ en los que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea y siempre que el juego de cada uno de ellos sea independiente del realizado por otros jugadores, serán de aplicación las siguientes cuotas:

Máquinas o aparatos de dos jugadores: Dos cuotas con arreglo a lo previsto en la letra a) anterior.

Máquinas o aparatos de tres o más jugadores: La cuota se incrementará en un 50 % por cada jugador adicional a partir del tercero.

B) Máquinas tipo ‘‘C’’ o de azar:

a) Cuota anual: 2.010,38 euros”.

Con la recaudación por juego cedida a las Comunidades Autónomas el Proyecto de Presupuestos abre al respecto varias consideraciones de interés recogidas en sendas Disposiciones que recogemos textualmente:

Disposición adicional décima sexta. Generación de crédito en atención a ingresos por la tasa por la gestión administrativa del juego.

Para el año 2019, el montante de la tasa por la gestión administrativa del juego cuyo hecho imponible y cuantía se establecen respectivamente en los apartados 2 letra f) y 5 letra f) del artículo 49 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego podrá servir de base, una vez certificado su ingreso, a la generación del crédito correspondiente para el cumplimiento de las finalidades establecidas en dichos preceptos.

Juego Responsable y protección de menores

En cuanto al Juego Responsable y la prevención de la ludopatía las cifras se contemplan en el siguiente apartado desde la consideración de que se trata de actuaciones de carácter económico, que asume el Gobierno desde su misión de “Desarrollar y supervisar el mercado de los juegos de azar de ámbito estatal, garantizando la protección del orden público, la lucha contra el fraude, la prevención de las conductas adictivas, la protección de los derechos de los menores, así como ofrecer seguridad jurídica a los operadores y los participantes en los juegos y colaborar con el resto de agentes implicados en el desarrollo e implantación de iniciativas relacionadas con la integridad en el deporte”. Lo que ha llevado a una elaboración presupuestaria que incluye por primera vez, según sus responsables, el desarrollo de estrategias para la prevención tanto del uso compulsivo de las nuevas tecnologías, como del acceso al juego de apuestas, en pie de igualdad con la prevención de las adicciones generadas por drogas, o a elaborar un Informe de impacto en la infancia, la adolescencia y la familia del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019.

Disposición final vigésima primera. Modificación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se modifica la Ley 13/2011, de la siguiente forma:

Uno. Se da nueva redacción al subapartado f) del apartado 5 del artículo 49, que queda redactado como sigue:

“f) 0,75 por mil de los ingresos brutos de explotación, de los cuales el 25% se afectará a reforzar los medios materiales, instrumentos e inversiones necesarias para acometer iniciativas de prevención, comunicación, sensibilización, intervención y reparación que faciliten las prácticas de juego responsable y mitiguen los efectos indeseables producidos por una actividad de juego no saludable, así como a la realización de estudios, memorias y trabajos de investigación en la materia”.

Loterías y Apuestas del Estado

Ya dentro del ámbito del Juego Público, SELAE tiene previsto un endeudamiento de 1.456 millones de euros pero al mismo tiempo destaca su previsión de un beneficio de 1.863 millones de euros para este año y también se da una nueva redacción y contenido a las cifras presupuestarias de las Apuestas Deportivas del Estado cuyos datos anuales en miles de euros recogidos en los Presupuestos son los siguientes. Cifra de Negocios: Importe Neto 9.150.302; Ventas: 9.149.484; Prestación de Servicio, 818. En cuanto al Gasto de Personal del Departamento es de 31.369.000 euros. Y, finalmente, el balance general comporta en Total Activo 22.552.197.000 euros y el Total en Patrimonio Neto y Pasivo 22.965.489.000 euros.

Y también se da una nueva redacción y contenido a las cifras presupuestarias de las Apuestas Deportivas del Estado en la Disposición Adicional tercera del correspondiente Capítulo:

Uno. El Ministerio de Cultura y Deporte asumirá, a través del Consejo Superior de Deportes, las obligaciones derivadas del Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios de las apuestas deportivas del Estado.

Dos. Las entidades beneficiarias de las asignaciones y los porcentajes de asignación financiera para cada una de ellas, será el resultado de aplicar los siguientes porcentajes a la previsión de recaudación por el Impuesto sobre Actividades del Juego en relación con las apuestas mutuas deportivas de fútbol:

a) 49,95% para las Diputaciones Provinciales, a través de las respectivas Comunidades Autónomas.

b) 9,30% para el Consejo Superior de Deportes con destino al Deporte no profesional, infraestructuras deportivas y Deporte Adaptado.

c) 37,10% para la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

d) 3,65% para la Real federación Española de Fútbol con destino al fútbol no profesional.

Tres. Las cantidades libradas a los beneficiarios de las letras a), c) y d) del apartado anterior tendrán la consideración de entregas a cuenta de la recaudación que finalmente se obtenga en cada ejercicio presupuestario por el Impuesto sobre Actividades del Juego.

Finalizado el correspondiente ejercicio presupuestario, en el inmediato siguiente se procederá a realizar la liquidación definitiva según se indica a continuación:

Si el importe de las entregas a cuenta resultara de cuantía inferior a la recaudación efectiva obtenida en el ejercicio presupuestario por el Impuesto de Actividades del Juego, se procederá a la tramitación de la correspondiente generación de crédito por la diferencia. En el supuesto de que el importe de las entregas a cuenta sea de cuantía superior a la recaudación efectiva obtenida en el ejercicio presupuestario por el

Impuesto de Actividades del Juego, se procederá a descontar la diferencia de las entregas a cuenta a efectuar en el ejercicio.

El Consejo Superior de Deportes ajustará el presupuesto en vigor por la diferencia entre el gasto consignado en el ejercicio anterior en aplicación del porcentaje que le corresponde sobre la previsión de recaudación y el gasto que hubiera correspondido realizar en aplicación de dicho porcentaje sobre la recaudación efectiva, mediante las oportunas retenciones o generaciones de crédito, según proceda.”

A lo que cabe añadir según consideración del Libro Amarillo que

En este programa se incluyen dotaciones por importe de 50 millones de euros para la distribución de la recaudación y premios de las apuestas deportivas del Estado, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en relación con el Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, importe que se reduce 25 millones respecto al año 2018, de acuerdo con la estimación de recaudación prevista.”

Y en cuanto al Sector Público Empresarial es reseñable el caso del Hipódromo de la Zarzuela para el que se estima una cifra de negocio de 15,569 millones de euros, con un déficit de cuatro millones y medio de euros antes de impuestos y un total activo de 40,768 millones.

VER AZARplus DE HOY.- El Programa del ESTADO para la REGULACIÓN DEL JUEGO tendría un presupuesto de 6.567.200 euros

VER AZARplus DE HOY.- Difundimos TODA LA DOCUMENTACIÓN OFICIAL sobre el “Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2019”

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