Introduce ajustes técnicos en el IVA simplificado con efectos directos en hostelería y explotación de máquinas
Navarra fija los módulos de IVA para máquinas y terminales de apuestas en hostelería en 2026
Navarra ha aprobado la Orden Foral por la que se desarrolla para el año 2026 el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), incorporando ajustes específicos en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). En lo que respecta al Juego, la norma adquiere especial relevancia para bares y cafeterías, al establecer los módulos aplicables al epígrafe 673 “Servicios en cafés y bares”.
En este ámbito, el régimen simplificado de IVA incorpora de forma expresa las máquinas tipo A y tipo B dentro de los módulos de tributación. Para 2026, la cuota anual por unidad se fija en 177,15 euros para las máquinas tipo A y en 655,45 euros para las máquinas tipo B. Además, se incluye un módulo específico sobre el importe de las comisiones procedentes de loterías y máquinas de Apuestas deportivas, gravado a razón de 0,21 euros por euro declarado. La norma aclara que la cuota resultante engloba también otros dispositivos recreativos y de Juego instalados de forma accesoria, como billares, futbolines, dardos, máquinas infantiles o expendedoras, siempre que no constituyan la actividad principal.
El texto mantiene la cuota mínima de operaciones corrientes, equivalente al 6% de la cuota devengada, y fija en el 2% el porcentaje para el cálculo del ingreso a cuenta trimestral.











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