La norma modifica los procedimientos de identificación y refuerza el control sobre los medios de pago en el Juego online

Más obligaciones para los Operadores de Juego en la nueva normativa antiblanqueo

AZARplus

El proyecto de Real Decreto para reforzar la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo incorpora varias modificaciones que afectan directamente a la Industria del Juego, especialmente en identificación de clientes, control de pagos y procedimientos internos.

El texto mantiene la obligación de identificar a los jugadores en premios iguales o superiores a 2.500 euros, pero refuerza los supuestos en los que esta verificación debe realizarse sin excepción. La norma insiste en que la identificación se llevará a cabo “en todo caso” en determinadas operativas, reforzando el enfoque preventivo.

En lo que respecta al Juego online, el proyecto elimina la posibilidad de utilizar cuentas bancarias abiertas en la Unión Europea como mecanismo suficiente para la verificación de identidad, lo que obligará a los operadores a aplicar controles propios más estrictos. Además, el operador deberá comprobar que el titular del medio de pago coincide con el titular de la cuenta de Juego tanto en los depósitos como en las retiradas. El objetivo es evitar el uso de terceros o instrumentos de pago ajenos, una práctica que la norma identifica como “problemática”.

El texto también incorpora nuevas referencias a entornos tecnológicos vinculados a medios de pago alternativos. En el caso de los criptocajeros, se exigirá la identificación del usuario en cualquier operación, sin excepciones, reforzando el control sobre este tipo de canales.

En el ámbito organizativo, se refuerzan las obligaciones de control interno. Los operadores deberán disponer de políticas escritas no solo en prevención del blanqueo, sino también en relación con sanciones financieras internacionales. Además, los análisis de riesgo deberán basarse en una información más amplia, incluyendo evaluaciones nacionales, europeas y sectoriales.

El proyecto también desarrolla un sistema más estructurado de recopilación de datos y análisis de riesgos, con el objetivo de mejorar la detección de patrones y tipologías. Esto implica una mayor exigencia en la generación de información y en la adaptación a los criterios de supervisión.

Por último, se refuerza el papel del Sepblac en la supervisión y coordinación del sistema. Esto se traducirá en un mayor nivel de control sobre las obligaciones de comunicación de operaciones sospechosas y en una supervisión más intensiva.

Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico audiencia@economia.gob.es hasta 6 de abril de 2026.

DESCARGAR PROYECTO DE REAL DECRETO

1 Comentario

  1. Un matiz, hace años que la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, determina que hay que identificar por premios superiores a 2.000 euros en una operación o en varias operaciones entre las que parezca existir algún tipo de relación.

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