Compartir

La Directora General de Tributos pronunció una conferencia en Win In Melilla sobre la Regulación fiscal del Juego Online, en la que afirmó que "en el ámbito de la imposicion directa los principales impuestos están bonificados de manera muy importante", destacando que "en la imposición indirecta es donde aquí los beneficios son más relevantes"

María José Garde: “Existe un marco de estabilidad fundamental para iniciar o desarrollar un negocio en Melilla”

AZARplus

La interesante conferencia pronunciada por la Directora General de Tributos del Ministerio de Hacienda, María José Garde Garde en el Congreso Win In Melilla sobre la “Regulación fiscal del Juego Online” fue introducida por María Ángeles Quevedo, Directora General de Gestión Tributaria de Melilla, quien señaló que era un ejemplo a seguir por todos los que se dedicaban a la Hacienda Pública.

Asimismo Garde agradeció a los organizadores la invitación y destacó su interés por conocer la Ciudad, a la que se refirió como “la gran desconocida”, expresando su emoción por poder visitarla por primera vez, gracias a su participación en la exitosa Jornada.

La experta subrayó que las ventajosas condiciones fiscales que convierten a la Ciudad Autónoma en una gran oportunidad de inversión obedecen a la singularidad del territorio. Son beneficios que recogen esa singularidad y características, dijo, aludiendo para su conocimiento a la Conferencia pronunciada por Alberto García Varela, relativa a los beneficios fiscales, que también publicamos.

Durante su intervención se refirió a los beneficios tanto en cuanto a la imposición directa como indirecta, centrándose en los atractivos de la Ciudad a la hora de contratar talento o de trasladar a trabajadores, en relación a la ventajosa deducción de las rentas obtenidas en Melilla, que es del 60 por ciento en el IRPF, en función de las reglas que contempla la normativa tributaria para residentes o no residentes que las obtengan en Melilla. Por lo tanto, remitió a los criterios establecidos por la normativa tributaria para tener derecho a dicha deducción.

También se refirió a la bonificación del 50 por ciento por las rentas obtenidas en Melilla, siempre que se cumplan las condiciones establecidas legalmente, al igual que se contemplan supuestos para rentas obtenidas fuera. O, entre otras bonificaciones, a la del 50 por ciento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si se tiene la residencia, según condiciones, o también a la bonificación del 75 por ciento en el Impuesto sobre el Patrimonio para los residentes, si bien también hay supuestos contemplados en cuanto a los no residentes.

Por lo tanto, Garde concluyó que, “en el ámbito de la imposición directa los principales impuestos están bonificados de manera muy importante”, dependiendo de la figura impositiva. Destacando, sin embargo, que “en la imposición indirecta es donde aquí los beneficios son más relevantes”, en relación al IVA que no se aplica, aunque sí el IPSI, de carácter municipal.

Otros impuestos especiales sobre el carbono o la producción tampoco se aplican, salvo el de la electricidad y, por otra parte, apuntó que, al no estar incluido en el territorio aduanero de la UE, no aplicándose distintos aranceles, y tiene la consideración de puerto franco. Entre la larga lista de bonificaciones, Garde señaló los impuestos de trasmisión patrimoniales y actos jurídicos documentados y las concesiones administrativas están exentas y existe una bonificación del 50 por ciento tanto a las operaciones nacionales con la financiación de sociedades cuando el único objeto de estas es realizar negocios, con una serie de condiciones en relación a la radicación de sus instalaciones, entre otras.

Por tanto, “en la imposición indirecta encontramos un conjunto de beneficios que responden o cumplen todo el cuadro de la imposición de la fiscalidad en este término”, concluyó al respecto.

En cuanto a los Impuestos del Juego, Garde aludió a las ventajas establecidas en los Presupuestos Generales del Estado de 2018, con los que “se consiguió una reducción importante en los tipos que gravan las tasas del Juego”, con un 50 por ciento.

Garde hizo hincapié en el concepto de residencia fiscal, en alusión a la aclaración realizada por la Dirección General de Tributos en respuesta a la consulta pública recibida. Su objetivo fue eminentemente práctico, si bien apuntó que con el tiempo se sabrá si las aclaraciones fueron las necesarias. En concreto, afirmó que el concepto de residencia fiscal responde a lo que según las normas tributarias se entiende por tal, por lo que el primer criterio para disfrutar de dicha bonificación es que la Operadora tenga su residencia fiscal “era algo claro”.

La Dirección General de Tributos, en suma, introdujo este y otros criterios en dicha consulta pública que orientan la aplicación para responder al objetivo de atraer inversión a las ciudades de Ceuta y Melilla, dijo.

El concepto de actividad económica, según la normativa, ha apoyado la elaboración de dichos criterios, buscando por lo tanto que esta se realice, mediante medios humanos y materiales. Pero el contexto es difícil de concretar con respecto a una actividad como la del Juego Online, cuyas características son particulares, siendo actividad móvil y también fácilmente deslocalizable.

Igualmente, había que tener en cuenta que dicha ventaja tributaria perseguía: “el refuerzo de la estructura productiva de la ciudad”, buscándose que haya actividad, no solo un nombre, incorporando y generando la misma. Así pues, la unión de estos factores hizo que se intentaran concretar esos medios materiales y humanos en función de dichos elementos.  Con el objetivo general de “dar seguridad jurídica” para que la norma no quede vacía de contenido, sea “efectiva, eficaz y genere esa riqueza y esa actividad económica que todos queremos para esta ciudad”. Puntualizando finalmente que “son beneficios perfectamente reconocidos en la normativa española desde hace muchos años, perfectamente aceptados, probados y respetados por todas las instituciones. Y que en ningún momento se han puesto en entredicho por la Unión Europea, algo importante en el mundo en el que nos movemos” , en alusión al actual mundo global. Todo ello permite afirmar, concluyó, que “existe un marco de estabilidad fundamental para iniciar o desarrollar un negocio en este territorio”.

Dejar comentario

¡Por favor, introduce un comentario!
Por favor, introduce tu nombre

* Campos obligatorios
** Los comentarios deben ser moderados, en muy poco tiempo, serán validados