El despacho desentraña las nuevas obligaciones y especificaciones técnicas de los carteles "antijuego"

Loyra alerta del impacto del nuevo proyecto de la DGOJ en la publicidad del Juego

AZARplus

Con motivo del inicio del trámite de información pública del Proyecto de Resolución sobre la obligación del uso de carteles “antijuego”, Loyra han querido realizar un completo análisis del mismo, así como de su Memoria justificativa. Según el despacho, el texto introduce nuevas obligaciones técnicas y de contenido que afectarán tanto a operadores de Juego online y presencial como a agencias, medios y afiliados que difundan publicidad del Sector.

El proyecto, que desarrolla los artículos 10 y 11 del Real Decreto 958/2020, sustituirá el tradicional eslogan “Juega con responsabilidad” por mensajes mucho más explícitos sobre los riesgos de la ludopatía y las probabilidades de pérdida económica. De aprobarse, supondrá un endurecimiento significativo de las condiciones publicitarias, con el objetivo declarado de reforzar la protección al consumidor y fomentar un Juego más seguro.

Entre las principales novedades, las comunicaciones comerciales deberán incluir uno de los siguientes mensajes obligatorios:

  • «La ludopatía es un riesgo del Juego».
  • «La probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75%».
  • «Las pérdidas del total de jugadores superan en 4 veces sus ganancias».

Además, todas las piezas publicitarias deberán incorporar una referencia al portal oficial de Juego seguro de la DGOJ y mantener el aviso «Solo para mayores de 18 años», que se unifica como mensaje único dirigido a menores.

Loyra advierte que la aprobación de la Resolución implicará la revisión completa de todo el material publicitario, tanto gráfico como audiovisual y digital, para adecuarlo a las nuevas condiciones técnicas exigidas. “Será necesario revisar y adaptar todas las piezas publicitarias, materiales gráficos, audiovisuales y digitales para incorporar los nuevos textos obligatorios y cumplir las condiciones técnicas que determine la DGOJ”, subraya el despacho. También será preciso ajustar los contratos publicitarios y de patrocinio actualmente en vigor y actualizar las políticas internas de cumplimiento y revisión de campañas durante el periodo transitorio.

El proyecto establece un conjunto detallado de especificaciones técnicas en sus Anexos I y II, relativas a forma, tamaño, contraste, visibilidad y presentación de los mensajes, con criterios diferenciados según el soporte publicitario. En el caso de las comunicaciones audiovisuales —como televisión o plataformas de vídeo—, el aviso sobre riesgos (“La ludopatía es un riesgo del Juego”) deberá transmitirse de forma oral durante al menos dos segundos al final del anuncio. Por su parte, la advertencia a menores deberá mostrarse de forma oral o gráfica, ocupando al menos el 15% de la pantalla durante toda la emisión.

En los medios digitales, los anuncios deberán incluir los mensajes en una banda inferior visible que ocupe también un mínimo del 15% del espacio. Además, en cada acceso aparecerá una ventana emergente que muestre las advertencias durante al menos cinco segundos, y los portales o aplicaciones de los operadores deberán mantener el mensaje de manera permanente. Para soportes de pequeño tamaño, se permitirá una versión abreviada del texto: «El Juego es un riesgo».

En el caso de los medios presenciales, la normativa mantiene el principio de claridad y accesibilidad: los mensajes deberán ser claros, distinguibles y visibles sin necesidad de acciones adicionales por parte del usuario. Solo las comunicaciones radiofónicas de concursos quedarán exentas de incluir los avisos sobre riesgos.

El régimen transitorio previsto otorga un plazo de tres meses desde la publicación de la Resolución en el BOE para adaptar los contratos publicitarios firmados con anterioridad y garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

Actualmente, el proyecto se encuentra en fase de información pública, lo que permite a personas físicas, jurídicas y operadores de Juego presentar observaciones o sugerencias hasta el 26 de noviembre de 2025. Las alegaciones deberán remitirse por correo electrónico a dgoj.dgeneral@ordenacionJuego.gob.es. Loyra destaca que esta etapa “representa una oportunidad para que el sector exprese su punto de vista sobre el impacto de las medidas propuestas, presente datos alternativos o sugiera modificaciones que mitiguen las consecuencias operativas y económicas”, siempre dentro del marco de protección al consumidor que persigue la norma.

El despacho subraya que, de aprobarse en los términos actuales, la Resolución supondrá “una modificación sustancial del marco publicitario del sector”, al imponer obligaciones concretas y técnicamente detalladas que requerirán una adaptación integral de las estrategias de comunicación y marketing de los operadores.

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