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Difundimos en EXCLUSIVA un resumen del brillante trabajo conjunto de los prestigiosos abogados José Ramón Romero y Cristina Romero

LOYRA ABOGADOS apoya los trabajos de la Comisión de Deportes del Congreso de Brasil

AZARplus

Con el fin de compartir con los legisladores sus experiencias en mercados regulados, profesionales de una vasta trayectoria en el Sector están participando en audiencia en el Comité de Deportes de la Cámara de Diputados de Brasil, tal y como informamos, con el objetivo de discutir la futura normativa que autoriza las Apuestas deportivas en Salas de Juego presenciales y online, actualmente pendiente de regulación. Dentro de este contexto, una destacada aportación la constituye la realizada desde Loyra Abogados, un despacho de reconocida experiencia en Derecho del Juego.

En concreto, ofrecemos a continuación en Exclusiva el resumen de sus aportaciones, un trabajo conjunto de José Ramón Romero, con más de 35 años de experiencia en regulaciones en América Latina, y la también reputada abogada Cristina Romero.

RESUMEN DE LA APORTACIÓN DE LOYRA ABOGADOS SCP A LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN DE DEPORTES DEL CONGRESO DE BRASIL – MAYO DE 2019

PARTE GENERAL:

Los tres actores de la regulación:

  1. El jugador (individual y social): que persigue entretenerse invirtiendo una parte de su dinero. No toda la población juega. Inmensa mayoría de jugadores responsables – apenas un 4% se exceden de sus posibilidades de juego razonable y apenas un 1% de los jugadores presentan patologías relacionadas con el juego adictivo.
  2. La empresa (operadores, proveedores etc.): que busca satisfacer al cliente y obtener beneficio.
  3. Los poderes públicos: que deben hacer posibles los objetivos de jugadores y empresas, moderando las desviaciones. Con una buena regulación se consiguen los objetivos y se desplaza una buena parte del juego ilegal, porque este siempre existe.

REGULACIÓN: 

¿Solo juego de apuestas online? ¿ Y por qué no en establecimientos públicos?

En un planteamiento inicial, la Comisión del Deporte parecía no perseguir el regular los juegos y apuestas que se ofrecen en establecimientos públicos, aunque la Ley así lo contemplara (posibilidad de distribuir las “Loterías por Quota Fixa” por canales físicos).

Brasil sería el único país del Mundo en el que el juego online se legalizase antes que el juego en locales públicos o separadamente de él. El juego y las apuestas ilegales seguirían teniendo las calles.

Con ello, ya de entrada, se elimina una de las opciones regulatorias seguidas por algunos reguladores como, por ejemplo, ciertos estados de los Estados Unidos de América o México, países que regulan el juego online como un canal de distribución de juegos gestionado por parte de las empresas que operan juegos autorizados en establecimientos tales como casinos o tiendas de apuestas.

El otro modelo, el europeo, consiste en regular el juego online independientemente del regulado en establecimientos.

En Brasil solamente, o en primer lugar, habría juego online legal si no se regula el físico.

El mercado de juego online en Brasil existe la actualidad, a pesar de las prohibiciones, siendo un mercado que se opera desde fuera de las fronteras.

El reto que Brasil debe enfrentar a la hora de legislar y reglamentar el juego online es regularizar el mercado existente estableciendo normas claras y procesos de licencia transparentes que tengan muy en cuenta la igualdad de oportunidades de competir y los objetivos de jugadores y empresas.

Aspectos básicos a regular:

Para lograr esto, se deberán regular especialmente:

  1. Procesos detallados de obtención de licencias.
  2. Requisitos tecnológicos.
  3. Catálogo de juegos permitidos (apuestas deportivas y otros) – especial insistencia en que es preferible regular todos los tipos de juego.
  4. Sistemas de cuentas y de información entre regulador – supervisor y las empresas: Donde se localizará físicamente el sistema de reporting, dentro o fuera del país.
  5. Reglas de gestión de operaciones.
  6. Requisitos de transparencia y reputación de las empresas autorizadas, así como de sus principales accionistas y directivos.
  7. Definir si las operadoras pueden operar sobre el país desde el extranjero, deberán hacerlo desde dentro del país, o basta con que tengan una parte de sus operaciones dentro del país y otra parte fuera de él. Si deben realizar inversiones en el país o no.
  8. Definir si los juegos y apuestas online regulados pueden desarrollarse o no en locales públicos y bajo qué requisitos.
  9. Requisitos de protección de usuarios vulnerables, prohibición de uso por menores o incapacitados: reglas para reducir el juego no responsable.
  10. Cuenta de jugador registrado y requisitos de protección de datos personales. Cuentas de usuarios, identificación documental, biométrica y otras, especialmente a la hora de pagar los premios que excedan los límites previstos por los impuestos a la renta de las personas y por las normas de prevención de blanqueo de capitales.
  11. Regulación de la publicidad y del patrocinio deportivo, teniendo en cuenta experiencias internacionales ya que ambas cuestiones pueden influirdirectamente en la protección de determinados grupos de usuarios.
  12. Regulación de las relaciones con intermediarios y agentes de cuentas de jugadores o “affiliates”.
  13. Sistemas de prevención de actividades ilegales incluyendo prevención de blanqueo de capitales.

Tributación

La carga tributaria total a imponer por impuestos sobre operaciones, incluyendo cualquier impuesto diferente al impuesto al beneficio de las empresas como el del Valor Agregado, impuestos locales y participaciones que por las características del negocio no son trasladables a los jugadores, podría situarse internacionalmente en una horquilla de entre el 15% y el 20% de la recaudación bruta del total de ingresos de juego menos premios pagados en un periodo concreto, mes a mes, trimestre a trimestre, anual. Estos impuestos sobre operaciones, previos al beneficio o pérdida deben ser contablemente un gasto, deducible del Impuesto al beneficio. Por otro lado, conviene revisar el impuesto que grava las ganancias de juego del jugador, de un lado no deberían gravarse los premios inferiores a 20.000 dólares, deberían poder computarse también las pérdidas (gasto en juego) o, de una forma más sencilla, reducir el tipo impositivo a

las ganancias de los jugadores a la mitad o menos. Insistencia en posibilidad de “netear” ganancias y pérdidas.

  1. Definición clara de conceptos técnicos de las contabilidades de los juegos distinguiendo claramente lo que son entradas procedentes de “dinero del bolsillo” del jugador de lo que son jugadas a cargo de dinero de la operadora como pueden ser los bonus promocionales (son gastos de marketing a cargo de las empresas) o los resultados de las jugadas ganadoras llamados “premios” aunque son más bien créditos, producidos a consecuencia de jugadas ganadoras

durante el desarrollo de periodos más largos de juego que una sola jugada o partida y que se emplean por el jugador en entretenerse más tiempo o realizar más jugadas o apuestas – por tanto estos “premios” o créditos ganadores no son premios efectivos mientras el jugador no los retira de su cuenta de jugador, es decir no los lleva a su bolsillo. Es en ese momento cuando son premios efectivos y se puede establecer el resultado, ganador o perdedor para la empresa, que en el total de la operación se llama “ingreso bruto de juego” (Gross Gaming Revenue o GGR) por la diferencia entre el dinero que salió del bolsillo y fue depositado en la cuenta del jugador en la empresay el que regresó al bolsillo desde esa cuenta depositada por el jugador.

CAPACIDAD TÉCNICA Y HUMANA PARA APLICAR LO REGULADO.

Con la tecnología y expertos adecuados, el juego online se puede controlar de manera muy automatizada y segura. Es esencial para el desarrollo de este mercado legal que desde un momento anterior a la legalización, la administración encargada del seguimiento y control de la actividad disponga de elementos técnicos y personal adecuados para todos los procesos que se legislen. De otro modo, será imposible reducir el mercado gris existente y no podrán recaudarse impuestos ni garantizarse a los jugadores la seguridad y transparencia en los servicios de juego y apuesta.

Finalmente, debe ser obligatoria la implantación del sistema de protección y prevención contra blanqueo de capitales por parte de las operadoras que vayan a obtener la licencia, así como una identificación total a partir de las normas sobre cuentas bancarias y manejos de fondos depositados por los jugadores en las empresas operadoras. 

DERECHO COMPARADO.

Se dieron también unas referencias al Derecho comparado de España, Francia, Reino Unido, Rumanía y Estados Unidos especialmente en cuanto a procesos transparentes y claros de licencias, costes y garantías

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