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LAS APUESTAS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA. UN NUEVO ESCENARIO DE JUEGO. PERSPECTIVAS 2013-2014

Francisco Pallás

“Sólo es posible avanzar cuando se mira lejos. Sólo es posible progresar cuando se piensa en grande” (José Ortega y Gasset).
“Si no abrimos las ventanas, nunca sabremos si hay aire” (Proverbio Chino).

Transcurridos ya dos años desde la implantación de las apuestas en la C.V., nos asomamos a esta tribuna/ventana indiscreta, a fin de dar unas someras pinceladas sobre lo que ha supuesto la regulación de las apuestas con el Decreto 42/2011, de 15 de abril, modificado ya por el Decreto 3/2014, de 3 de enero (DOCV nº 7186 de 7 de enero) que entre sus escasas cinco modificaciones regula la tarjeta de rejugada de los premios y la instalación de máquinas auxiliares apuestas en vestíbulos de los Bingos.

Estando en el Consejo Jurídico Consultivo y pendiente de publicarse en breve el Proyecto de Decreto que zanja la polémica sobre la no retransmisión en directo ni en diferido del acontecimiento objeto de la apuesta en la propia máquina auxiliar de apuestas en hostelería limitándose a la información del resultado, lo cual todavía no estará exento de generar interpretaciones sobre lo que se entienda por mera información del resultado (debate que podría reproducirse en Galicia).

Hay que reconocer que desde el modelo inicial concebido en mayo del 2008 por la anterior Secretaría Autonómica de Hacienda, trasunto del actual Proyecto de Decreto catalán, en el que se dejaba fuera a la hostelería e incluso a los locales de apuestas aunque se planteaba entonces dejar la puerta abierta quizás a los hoteles, nunca llegó a haber un Proyecto hasta que en 2010 se generó el debate sobre las apuestas en hostelería.

Dicho debate parece zanjado ya a todas luces en la C.V. si bien sigue latiendo en el fondo ciertas reticencias, teniendo el freno pisado en cuanto a las dos modificaciones comentadas (es un dato objetivo y no una valoración) y en cuanto a las relaciones entre Empresas de Apuestas y Empresas Operadoras a efectos de practicar la recaudación y las relaciones comerciales, lo que conllevó cláusulas variadas en los contratos entre E.O. y E.A.A. y los titulares de establecimientos autorizados.

Habiéndose traducido en convenios con training, transmisión de know-how y software y sociedad conjunta con operadores valencianos, primando el modelo cortoplacista de conveniar directamente la E.A.A. con la E.O. y el titular de hostelería.

Como es sabido, tras País Vasco y Navarra, nuestra Comunidad fue la tercera en regular las apuestas en hostelería por el sistema de libre autorización, que no concurso, existiendo de momento 6 Empresas de Apuestas Autorizadas sin límite de máquinas en establecimientos de juego, y 1.200 máquinas auxiliares de apuestas por E.A.A en hostelería ( 7.200 de las cuales solamente había instaladas 1.420 a 31 de diciembre de 2012 según Informe anual Juego 2012 aprobado el 4 de diciembre de 2013, así como 9 locales de apuestas actualmente), algunas de las cuales están consolidando su marca a nivel nacional dentro de un proceso de convergencia y armonización con el juego online (el juego es el mismo aunque el canal varíe), de gran importancia tanto para ellas como para el sector en general al purificar y dignificar la imagen del sector a nivel de medios de comunicación generalistas por la relevancia mediática en nuestra sociedad del deporte.

Dicho modelo, de momento solamente ha sido exportado a Galicia, con la diferencia de poder tener solamente una máquina de tipo “B”, por tanto todavía y en espera de La Rioja y quizás Castilla-La Mancha, somos la única CCAA con la posibilidad de tener dos máquinas B y una máquina de apuestas en hostelería.

El modelo de Aragón semejante a Madrid y Murcia y Ceuta, próximamente Cataluña, Extremadura y Castilla y León- quizás debería replantearse la aplicación práctica de la Ley de unidad de Mercado en AADD- se quebrará sino lo remedia la enmienda presentada y conllevaría además de las apuestas en hostelería el mantenimiento de las máquinas B en los locales de apuestas que eran los dos modelos contrapostos de regulación actual, tratándose de una gran equivocación el no contar con la Empresa Operadora ya que debe ser ella quién contrate tanto con la E.A.A. como ambos, en el mismo documento administrativo, con el titular del establecimiento de hostelería, teniendo que tener la Empresa Operadora la llave y exclusividad de cualquier juego que se instale y explote en hostelería, tratándose de una relación tripartita.

Es paradójico que precisamente Aragón que posiblemente tenga la mejor redacción de cláusula de blindaje en hostelería de toda España (junto con la esperada idéntica redacción en Cataluña) frente a juegos no autorizados por la DGA (llámese SELAE y ONCE y tb. futuras/potenciales terminales físicas terrestres online estatales en todos los sentidos de homologación, tributación e inspección), no haya regulado “per saltum” la necesidad de una máquina B previa a la máquina de apuestas y la autorización de la E.O. para poder instalarla.

Y ello, precisamente por cuanto cada vez que se firme una nueva autorización de instalación con el titular del bar se extinguiría dicha autorización con la E.A.A. y no existiendo subrogación en la autorización de instalación de apuestas, que solamente estará vigente mientras esté en vigor la autorización de instalación de la máquina de tipo “B”.

Quedan asuntos pendientes de valoración en el futuro como quizás el nº mínimo de 8 autorizaciones de instalación de máquinas B para tener derecho a una máquina de apuestas y el 25% del número de máquinas de apuestas que puede instalar una E.O. referido a las autorizaciones de instalación que tenga vigentes a enero de 2012 (en vez de cada año natural) como medida limitadora ante las bajas definitivas de máquinas B que se han producido desde esa fecha, así como la conservación de las autorizaciones de instalación de máquinas auxiliares de apuestas en los supuestos de reestructuraciones societarias (fusiones, escisiones…) que estamos viviendo. Así como la posibilidad de realizar promociones, sorteos y combinaciones aleatorias, cuanto menos ahora ya en salones, tema que quedará zanjado definitivamente con el nuevo Reglamento de Publicidad que será el primero en ver la luz pública en el 2014.

Otro asunto que daría lugar a otro artículo sería la no sujeción al IVA al tratarse de una co-explotación también a tres bandas, contrato atípico de sociedad en el que no hay prestación de servicios ni de la E.O. ni del hostelero y más con el criterio y pronunciamientos favorables de nuestra Sala Contenciosa del TSJ CV, teniendo todavía las E.A.A. demasiado respeto a asumir riesgos ante la AEAT.

Así como la próxima regulación de las apuestas online cruzadas responden a un interés grupal particularizado y no deben suponer mayor amenaza a diferencia de las apuestas cotizadas presenciales en las que la SELAE tiene autorización “ex lege” en sus puntos de venta autorizados ( tb. en los mixtos) sin necesidad de autorización de ninguna CCAA ni inscribirse en ningún registro como E.A.A..

Por último, mas no por ello menos importante, los datos del Informe Anual de Juego de 2012 en la C.V. muestran 20 millones de euros como cantidad jugada que se ha triplicado a 60 millones en el 2013, siendo el único sector del juego privado que está en números negros.

En conclusión (a modo de recomendación futura), y una vez ya reguladas, apuestas en hostelería si como innovación disruptiva favorable mas siempre contando con la Empresa Operadora de tipo B siendo un complemento a la misma muy variable porcentualmente que no quiebra el “status quo” de modelo de negocio actual y teniendo todavía mucho recorrido la máquina B en hostelería como base de ingresos tributarios de la estructura piramidal del juego privado si sabe también reinventarse, fiel reflejo de la coyuntura económica actual y de las dos velocidades del sector, que se ha traducido en intereses grupales trasladados asociativamente y que se acentuarán cuando se regulen las slots online, verdadera clave de bóveda de la transformación del escenario del sector del juego privado, ya que el sector no puede estar cíclicamente con guerras endogámicas fratricidas cuando el verdadero peligro está “ad extra” y no “ad intra”.

D. Francisco Pallás Sanchis.
Presidente de Andemar C.V..

Sobre D. Francisco Pallás: Presidente de Andemar C.V. desde febrero de 2010, ya fue Pte en una anterior etapa. Fue Presidente de la Asociación de Empresarios de Xátiva y la Costera- ADEXA- durante 9 años. Es vocal y miembro de la Junta Directiva de la Confederación Empresarial Valenciana-CEV-, Delegado en Xátiva de la Asociación Valenciana de Agricultura (AVA-ASAJA) y figura empresarial de gran relieve institucional en diversos foros e instituciones empresariales de la Comunidad Valenciana. Empresario reconocido por su talante dialogante y conciliador y con intereses en varios sectores empresariales.

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NOVOMATIC

1 Comentario

  1. De pronto la evidencia le ha movido de su empecinamiento en que las apuestas deportivas no debían tener presencia en el sector y mucho menos en la hostelería… Ese era el pensamiento y la opinión del Sr. Pallás y su posicionamiento contrario cuando se trataba de regular las apuestas en la CCVV.

    Bienvenido al “rectificar es de sabios”, “mas vale tarde que nunca”, pero ese empecinamiento que a veces se tiene en el momento de opinar negativamente de algo que se desconoce, en lugar de documentarse, hace que salgan normas restrictivas y perjudiciales para los intereses del sector.

    Y es que la evolución del sector del juego se mueve con la demanda, con la propia evolución de la sociedad, y con posturas obstruccionistas solo se consigue demorar esta evolución, al mismo tiempo que se causa un perjuicio irreparable a los intereses del sector.

    La máquina B en hostelería tiene larga vida, sic… bueno siempre y cuando se adapte a la demanda y se actualice tecnológica y sociológicamente, al igual que el sector necesita que los impuestos se atemperen y se refieran a una base real de ingresos sobre los que se establezca una tasa porcentual igual para todas las actividades… En la línea de la propuesta hecha ante el Parlamento de Cataluña el día de ayer.

    En fin bienvenida sea la racionalidad aunque haya sido a base de ver los resultados positivos que están teniendo la implantación de las apuestas deportivas en “todos” los locales susceptibles de instalar terminales de juego…..

    Tomen nota otros ilustres representantes asociativos y empresariales en su posicionamiento respecto de este segmento de juego, no desaprovechen la oportunidad.

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