La orden introduce nuevas obligaciones técnicas y fija plazos concretos para que operadores presenciales y online adapten sus sistemas
La Rioja implanta el control biométrico obligatorio en el acceso al Juego
La Rioja ha publicado en el Boletín Oficial de la comunidad la Orden por la que se fijan las condiciones técnicas del sistema de control de admisión tanto en establecimientos presenciales como en páginas web. La norma, en vigor desde el 30 de abril de 2026, introduce como elemento central el uso de identificación biométrica, al que atribuye la consideración de “interés público esencial” para impedir el acceso de menores de edad y de personas inscritas en el Registro de Interdicciones.
La medida no se limita a una recomendación tecnológica, sino que define un modelo operativo concreto. El control de admisión pasa a entenderse como un conjunto de herramientas capaces de verificar de forma “fidedigna e inequívoca” la identidad de cada usuario. En la práctica, el procedimiento se articula en dos momentos: una primera visita en la que el cliente debe identificarse con un documento oficial y quedar registrado en el sistema, y accesos posteriores en los que la validación se realizará mediante el reconocimiento de datos biométricos, dejando constancia de la fecha y hora de cada entrada.
El director general de Tributos de La Rioja, Jesús Ángel Garrido, ha defendido esta norma señalando que “esta medida garantista y eficaz asegura el cumplimiento real y automático de las restricciones previstas en la Ley de Juego”. En esa misma línea, subrayó que la biometría se plantea como una “herramienta al servicio del interés público, especialmente en materia de salud y protección de consumidores”, y añadió que su implantación se llevará a cabo bajo evaluaciones de impacto y “con máximas garantías en protección de datos”.
El sistema exigido por la orden deberá estar conectado en tiempo real con la Sección de Interdicciones de Acceso al Juego de La Rioja, lo que permitirá bloquear de forma inmediata tanto el registro como la entrada de quienes tengan prohibida la participación. Además, cada punto de acceso deberá contar con la supervisión de una persona responsable del control.
La orden concede a los Operadores un plazo máximo de un año para adaptar sus sistemas de admisión a los nuevos requisitos técnicos y obtener la correspondiente homologación.











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