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Entre otras cuestiones, se recomienda a la ciudadanía que cuente con un décimo premiado, desconfiar de aquellas personas que pudieran ofrecerle comprarlo por un importe superior al del Premio obtenido, ya que podría tratarse de una operación encubierta de blanqueo de capital

La Junta de Andalucía hace recomendaciones de Consumo para jugar a la Lotería de Navidad con todas las garantías

AZARplus

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recomienda tener especial precaución a la hora de adquirir décimos y participaciones de cara a la próxima celebración del sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad. En este sentido, se recuerda que es importante comprarlos en lugares autorizados (administraciones de Lotería), para evitar el riesgo de adquirir un décimo falso que no cumpla con los elementos de seguridad, como logotipos, códigos y otros elementos de verificación.

Además, es importante guardarlos adecuadamente para conservarlos en buen estado e impedir su pérdida o deterioro, evitando problemas a la hora de cobrar un posible premio. En el supuesto de que el décimo se encuentre deteriorado y haya resultado premiado, lo más aconsejable es llevarlo a una administración de Lotería que lo remitirá a su vez a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que lo revisará y determinará si se puede cobrar el premio. En el caso de gran deterioro será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la que se pronuncie al respecto.

Si se ha producido el robo o extravío del décimo de lotería, se debe interponer denuncia ante la Policía Nacional, Guardia Civil o Juzgado de Guardia, exponiendo claramente los hechos, y aportando las posibles pruebas de que se disponga como pueden ser fotos del décimo o fotocopias que puedan identificar la serie, fracción y sorteo.

A la hora de compartir lotería

Si el décimo fuera compartido, siempre es importante tomar una serie de precauciones para evitar problemas a la hora de repartir un posible premio. En este sentido, se recomienda fotocopiar el décimo por las personas no depositarias del original del mismo, así como incluir los datos y firma de las personas participantes, y la cantidad que juega cada una.

Igualmente, en el caso de que el premio fuera compartido es importante tener en cuenta que el importe exento de impuestos será calculado en función de las personas que lo comparten, aplicándose el límite exento por cada una de ellas. A la hora de proceder al cobro del premio compartido, es importante identificar a cada persona que comparte el premio para que el acto de proceder a cobrar el décimo y repartir entre las demás personas no sea considerado como una donación, que estaría sometida por lo tanto al correspondiente impuesto de donaciones.

Cómo actuar en caso de premio

En el caso de que el número resulte premiado, el plazo para cobrarlo es de tres meses desde la celebración del sorteo. Se debe tener en cuenta que, en el caso de los décimos, los premios inferiores a 2.000 euros se podrán cobrar a partir del día siguiente al sorteo en los distintos puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado, mientras que para los premios iguales o superiores a 2.000 euros, se deberá acudir a alguna de las entidades financieras habilitadas, que no podrán cobrar comisión alguna por el pago del premio. Si en lugar de décimos se tratara de participaciones, el cobro del premio deberá hacerse en la entidad emisora de las mismas.

A la hora de cobrar los posibles premios, se debe tener en cuenta que los premios derivados de sorteos celebrados en 2019 están sujetos a tributación siempre que la cuantía supere los 20.000 euros. El mínimo exento ascenderá hasta 40.000 euros para los premios derivados de sorteos celebrados en 2020, como será el caso del sorteo de ‘El Niño’ que tendrá lugar en el mes de enero.

Por último, desde Consumo se recomienda a la ciudadanía que cuente con un décimo premiado, desconfiar de aquellas personas que pudieran ofrecerle comprar dicho décimo por un importe superior al del premio obtenido, ya que podría tratarse de una operación encubierta de blanqueo de capital, y el dinero recibido en esa transacción no se podrá acreditar ante las autoridades de Hacienda.

Tampoco se debe confiar en los correos electrónicos que se pudieran recibir comunicando que se ha ganado un determinado premio, ya que se podría tratar de una estafa. En ocasiones se suplantan los logotipos y las páginas web de los organismos oficiales para dar credibilidad a estos correos, que deben ser directamente eliminados sin acceder a ningún enlace que pudieran incluir en su contenido.

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a los consumidores y usuarios, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico (consumoresponde@juntadeandalucia.es); del perfil de Twitter (@consumoresponde); y el de Facebook (https://www.facebook.com/consumoresponde/).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

Comunicado JUNTA DE ANDALUCÍA

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