El informe técnico relativo a los criterios sujetos a juicio de valor no aplicaba la ponderación de los criterios prevista en el documento de invitación, comprobándose que la clasificación de los licitadores se vería alterada por esta circunstancia
La DGOJ desestima el anuncio de licitación para el servicio de asistencia técnica de la web de la CONFAD por irregularidades en el Informe Técnico
La DGOJ ha publicado un anuncio de desestimación relativo a la licitación del Servicio de Asistencia Técnica para el desarrollo de la página web de la CONFAD, publicado el pasado 20 de diciembre.
El pasado 9 de enero, se procedió a la apertura de las ofertas técnicas presentadas por los licitadores en el sobre número uno que contiene los criterios evaluables “mediante juicio de valor, emitiéndose el informe técnico de valoración de las tres ofertas recibidas”, según señalan en la resolución de desistimiento del procedimiento de contratación.
A continuación, se procedió a la apertura del sobre que contiene las ofertas económicas, “advirtiendo con posterioridad el organismo destinatario que el informe técnico relativo a los criterios sujetos a juicio de valor no aplicaba la ponderación de los criterios prevista en el documento de invitación y comprobándose que la clasificación de los licitadores se vería alterada por esta circunstancia”.
Tras esta irregularidad, la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación ha señalado que la evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas se realizará “tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello”.
Esta previsión normativa corresponde “a la necesidad de respetar las garantías de imparcialidad y objetividad en el proceso de selección de la oferta de mejor calidad-precio que resulta incompatible con la posibilidad de realizar una nueva valoración de las ofertas conforme a criterios sujetos a juicios de valor con posterioridad al conocimiento íntegro de la totalidad de las ofertas”. Es por ello, que al no garantizarse la imparcialidad en este proceso de selección, se ha acordado anunciar el desistimiento del mismo.
Por último, según declara la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, permite en el plazo de 15 días hábiles, interponer un recurso especial en materia de contratación: “Si no procediera la interposición del citado recurso, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, en el plazo de un mes, o bien puede ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, conforme al cómputo antes indicado”.
El importe estipulado para este servicio en su anuncio de licitación era de 80.561,8 euros.
Ofrecemos a continuación el anuncio de desistimiento, así como la Resolución de Desistimiento del Procedimiento de Contratación de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, para su descarga directa en formato PDF:
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