El fallo del tribunal elimina el IVA del 19% sobre el juego online y obliga a devolver importes recaudados durante la emergencia

La Corte Constitucional elimina el IVA al Juego online en Colombia y devuelve estabilidad al Sector

AZARplus

La Corte Constitucional de Colombia ha declarado inconstitucional el Decreto Legislativo que incluía un nuevo impuesto al Juego, una decisión que supone un importante alivio regulatorio y fiscal para el Sector, al dejar sin efecto la aplicación del IVA del 19% sobre los ingresos brutos del Juego que había sido introducido en el marco de la emergencia económica decretada por el Gobierno de Gustavo Petro a finales de 2025.

El fallo, adoptado por la Sala Plena del alto tribunal, tumba el paquete tributario asociado a dicha emergencia y confirma la nulidad de un conjunto de medidas que incluían, además del Sector del Juego, incrementos fiscales sobre otros ámbitos como licores, patrimonio o renta del sector financiero. En lo que respecta a las apuestas online, la decisión implica la eliminación total del gravamen aplicado durante su breve vigencia, así como la obligación de devolver los importes recaudados bajo esta norma.

Según los datos recogidos en el proceso, durante el periodo en el que el decreto estuvo en vigor se habrían recaudado en torno a 1,7 billones de pesos colombianos en total por todas las medidas fiscales. De esa cifra, alrededor de 25.000 millones de pesos deberán ser devueltos a los contribuyentes, incluyendo operadores y usuarios finales en el caso de impuestos indirectos como el IVA, siempre que se acredite el pago.

La sentencia establece de forma expresa que “los impuestos indirectos pagados mientras el Decreto Legislativo 1474 de 2025 produjo efectos deben ser devueltos a los sujetos pasivos que materialmente hayan realizado el pago y así lo acrediten”, otorgando a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia un plazo de 30 días para definir los mecanismos operativos que hagan efectiva esta devolución.

La decisión supone el fin de un gravamen que había generado incertidumbre regulatoria y una presión fiscal adicional sobre un mercado en crecimiento, especialmente en lo relativo a la imposición directa sobre el GGR. La eliminación de este IVA del 19% devuelve previsibilidad a los operadores online y evita un encarecimiento que, según venían advirtiendo, podía afectar tanto a la competitividad como a la proliferación del Juego ilegal.

El fallo también distingue entre los distintos tipos de medidas incluidas en el decreto. Mientras que los impuestos indirectos quedan anulados y sujetos a devolución, la Corte mantiene los beneficios tributarios otorgados a contribuyentes en mora que se acogieron a planes de regularización con Hacienda. En estos casos, los pagos realizados no serán reintegrados, al considerarse situaciones jurídicas ya consolidadas.

El presidente Gustavo Petro reaccionó públicamente a la decisión defendiendo el alcance real de la medida fiscal. “Los impuestos que tumba la Corte de la emergencia económica no se cobraron. Así que no hay nada que devolver. Solo se logró los pagos de deudores antiguos de la DIAN que lograron beneficios tributarios. El mecanismo terminó suspendido por la Corte Constitucional”, señaló el mandatario en la red social X.

En paralelo, la Corte refuerza la idea de que la aplicación de tributos bajo el paraguas de la emergencia económica no puede extenderse de forma indefinida ni generar cargas fiscales que no cumplan estrictamente con los requisitos constitucionales. Esto, en la práctica, supone un límite claro a la utilización de mecanismos extraordinarios para introducir figuras impositivas de alto impacto en sectores regulados como el del juego online.

 

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