El peñón regula el marketing del Juego y abre la puerta a nuevos Operadores

Gibraltar presenta su nueva Ley del Juego

AZARplus

El Gobierno de Gibraltar ha publicado la nueva Ley del Juego que deroga la ley de 2005 y redefine el marco de concesión de licencias, supervisión y control del Juego en el peñón. La nueva ley que amplía las licencias, regula expresamente el marketing del sector y establece un Tribunal de Apelación específico para el Juego.

El régimen de licencias se amplía a tres grandes categorías. La B2C Gambling Operator, que cubre el Juego online y presencial dirigido al público; la B2B Gambling Operator, que habilita servicios a otros operadores, y la nueva Gambling Operator Support Services, que engloba a quienes prestan “servicios de publicidad o marketing para juegos de azar, independientemente del lugar del mundo en el que se realicen dichos juegos”. Salvo contadas excepciones, cualquier actividad publicitaria requerirá su propia licencia, quedando exenta solo la difusión realizada por medios locales orientados principalmente al público gibraltareño.

La ley delimita con precisión el Juego online: basta con que un solo equipo tecnológico se sitúe en Gibraltar o que la organización de la oferta parta desde la jurisdicción para considerar la actividad regulada, aunque los jugadores se encuentren en otro país. Además, el Comisionado podrá exigir información técnica, imponer requisitos de ciberseguridad y ordenar pruebas de software o hardware en cualquier momento.

La Ley dedica un bloque completo a las loterías. Faculta al Ejecutivo a organizar sorteos estatales, regula el destino de los premios no reclamados y crea una autorización temporal para loterías ocasionales—como rifas benéficas o sorteos de feria.

Asimismo, las reglas de compliance obligan a los licenciatarios a salvaguardar fondos de clientes, implantar programas de Juego responsable y cumplir estrictamente la legislación antiblanqueo.

Para garantizar la tutela judicial efectiva, se crea el “Gambling Appeals Tribunal”, un Tribunal de Apelación específico para el Juego, que será un órgano independiente con capacidad para revisar las decisiones del Comisionado y de la Autoridad. Los recursos deberán interponerse en un plazo de 28 días y el tribunal podrá suspender medidas cautelarmente si aprecia perjuicio grave.

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FRANCO

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