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Incluidas en el Decreto Ley de dinamización de inversiones empresariales de la Región, tales como dictar los actos administrativos, resolver los procedimientos sancionadores por infracciones administrativas y elevar las propuestas correspondientes a los órganos competentes

Estas son las funciones relativas al Juego del Director General de la Agencia Tributaria de Murcia

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El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia ha publicado en el BORM el Decreto Ley de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública, por el que se adoptan medidas tendentes a la agilidad procedimental y simplificación administrativa, incentivos a la inversión en digitalización y al fomento del crecimiento empresarial.

Dentro de su Disposición final decimosegunda, relativa a la modificación del Decreto por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, se incluyen las funciones atribuidas al Director General de la Agencia Tributaria de la Región, el cual será nombrado por Decreto del Consejo de Gobierno, “a propuesta del titular de la consejería competente en materia de hacienda”, y entre cuyas funciones se incluyen aquellas relativas en materia de Juego:

“a) Ejercer las funciones, dictar los actos administrativos y elevar las propuestas correspondientes a los órganos competentes, de acuerdo con la normativa autonómica en materia de juego y el artículo 29.2.f) de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional.

b) Resolver los procedimientos sancionadores por infracciones administrativas en materia de juego y apuestas, cuando sea competente para la imposición de la sanción correspondiente, y elevar la propuesta de resolución al órgano que corresponda, de acuerdo con las competencias establecidas por la normativa autonómica en materia de juego”.

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