La Comisión del Juego de Galicia es uno de los órganos colegiados que quedan adscritos a la quedan adscritos a la misma, y la Dirección General de Emergencias e Interior sigue teniendo atribuciones en materia de Juego
Estas son las alusiones al Juego del Decreto que establece la nueva estructura de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo de Galicia
El Diario Oficial de Galicia ha publicado el Decreto 214/2020, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, que difundimos el pdf.
Así, se delimitan las competencias de la Vicepresidencia Primera para adaptar su configuración a la incorporación de la Vicepresidencia Segunda a la nueva estructura orgánica de la Xunta, y en cuanto a las alusiones al Juego, encontramos la primera en su Artículo 2, donde se indica que La Comisión del Juego de Galicia es uno de los órganos colegiados que quedan adscritos a la quedan adscritos a la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.
La Dirección General de Emergencias e Interior sigue teniendo atribuciones en materia de Juego y espectáculos públicos. Así reza el apartado correspondiente, dentro del el Capítulo VI (pág. 44 del pdf) del presente Decreto:
“a) La tramitación de los expedientes administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas cuya autorización corresponda a esta dirección general; la ejecución de las directrices que le sean indicadas en relación con los distintos sectores del juego, y la elaboración de los correspondientes estudios, informes y anteproyectos de disposiciones generales en la materia, así como la recogida de la información estadística de las empresas correspondientes en coordinación con la Secretaría General Técnica.
b) La tramitación de los expedientes administrativos relativos a la autorización de horarios, en los términos establecidos en la disposición transitoria quinta de la Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia, así como de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos que se desarrollen íntegramente por vías ubicadas en el ámbito territorial de Galicia y, en general, todos los que sean de competencia de la Dirección General en materia de espectáculos públicos, así como la elaboración de los correspondientes estudios, informes y anteproyectos de disposiciones generales en la materia”.
El presente Decreto “establece un marco de estabilidad con respecto a la estructura de la anterior Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, fijada por el Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, dado el buen funcionamiento y los resultados alcanzados por esta”. Sin embargo, “es necesario proceder a su actualización”, reza el documento, y dicha modificación queda plasmada en este Decreto. En concreto, se pretende responder “la necesidad de ahondar en la mejora continua de las estructuras administrativas iniciada por el actual Gobierno, a fin de conseguir el máximo nivel de calidad en la prestación de los servicios públicos”.
Por otra parte, según el documento publicado, el Decreto delimita las competencias de la Vicepresidencia Primera para adaptar su configuración a la incorporación de la Vicepresidencia Segunda a la nueva estructura orgánica
de la Xunta de Galicia. De este modo, se suprimen de la ahora Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo las competencias relativas a la Administración Pública que, de conformidad con el Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, pasan a ser
competencia de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, en la que se integrarán la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa y la Escuela Gallega de Administración Pública.
Además, las competencias de la Subdirección General de Planificación y Protección Civil, hasta ahora dependiente de la Dirección General de Emergencias e Interior, -con competencias en Juego-, pasarán a la Agencia Gallega de Emergencias, en la que se integra la Subdirección.
Por otra parte, se reordenan las competencias de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias, atribuyendo a la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias las funciones de coordinación de los servicios que integran la Dirección General y de apoyo y asistencia a la persona titular de la Dirección General. Por último, se adscribe a la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo la Agencia de Turismo de Galicia.
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