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La norma, sometida a Información Pública desde este martes, también recoge las medidas aprobadas por el Consell relacionadas con la lucha contra del Covid-19, entre otras, la modificación tributaria para evitar pagar en la declaración de la renta al recibir ayudas por estar en un ERTE o las deducciones por realizar donaciones de material sanitario o de equipos de protección

Estas son las alusiones al Juego del Anteproyecto Ley medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana 2021

AZARplus

En esta información hacemos un repaso de las menciones relativas al Juego que contiene el Anteproyecto Ley medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021, sometido a información pública desde este martes, durante un plazo de diez días hábiles, contados desde el día de la publicación del presente anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La primera alusión al Juego la encontramos en el Título I. Medidas Fiscales. Capítulo I. Tributos propios, concretamente en los Artículos 9 y 10 (Sección Primera). Por un lado, el Artículo 9 reza del siguiente modo:

“Artículo 9. Se introducen los apartados número 3 y 4 en el artículo 23.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, que pasa a tener la siguiente redacción:

«3. En los supuestos previstos en el apartado 1.4.1.1 del artículo 23.1-4 de la presente Ley, Solicitud de instalación de salones de juego (fase de verificación de distancias), no se tendrán por presentadas aquellas solicitudes en las que no se haya realizado el pago completo de esta fase del servicio.

  1. En los supuestos previstos en el apartado 1.4.1.2, del artículo 23.1-4 de la presente Ley, Autorización de instalación de salones de juego (fase de comprobación de documentación, informes y autorización), la exigibilidad de la tasa se realizará en el momento en que se aporte la documentación requerida por los Servicios Territoriales al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.3 del Reglamento de Salones Recreativos o Salones de Juego, o norma que lo sustituya.»”.

Por otro lado, de acuerdo con el Artículo 10, se modifican los siguientes epígrafes del cuadro del artículo 23.1-4 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, que pasa a tener la siguiente redacción:

Información Pública

La siguiente mención al Juego se halla en la Sección Segunda del capítulo II. Tributos cedidos. De acuerdo con el que Artículo 49, con efectos desde el 30 de marzo de 2020, se modifica el artículo 10 del Decreto ley 1/2020, de 27 de marzo, del Consell, de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas, de carácter tributario y de simplificación administrativa, para hacer frente al impacto del Covid-19, cuyo contenido pasa a ser el siguiente:

“DE LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY 1/2020, DE 27 DE MARZO, DEL CONSELL, DE MEDIDAS URGENTES DE APOYO ECONÓMICO Y FINANCIERO A LAS

PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, DE CARÁCTER TRIBUTARIO Y DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, PARA HACER FRENTE AL IMPACTO DE LA COVID-19

Artículo 49. Con efectos desde el 30 de marzo de 2020, se modifica el artículo 10 del Decreto ley 1/2020, de 27 de marzo, del Consell, de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas, de carácter tributario y de simplificación administrativa, para hacer frente al impacto de la Covid-19, cuyo contenido pasa a ser el siguiente:

‘Se bonificará en el 100 por ciento de la cuota íntegra del tributo sobre los juegos de suerte, envite o azar, en la modalidad de explotación de máquinas y aparatos automáticos a que se refiere el artículo 15.Uno de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el resto de tributos cedidos, en la parte que corresponda proporcionalmente a los días transcurridos desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, hasta la fecha de finalización de la vigencia de este estado de alarma.

Será requisito para la aplicación de la bonificación que se mantenga en explotación la máquina durante, al menos, los dos trimestres naturales posteriores a aquel en el cual finalizó el estado de alarma. Este requisito no será de aplicación a las máquinas de tipos B o recreativas con premio, destinadas a ser instaladas en locales de hostelería o similares, cuya autorización de explotación deje de estar vigente durante el mencionado periodo.’

La última mención al Juego se halla en la Sección Segunda del capítulo II. Juego y prevención de la ludopatía, el Artículo 60 añade una Disposión Adicional Sexta a la Ley a la Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, con la redacción que sigue:

“Sexta. Efectos del silencio administrativo.

En los procedimientos relativos a las materias objeto de esta ley los efectos del silencio administrativo se entenderán desestimatorios, salvo que en la reglamentación específica de cada juego o apuesta se prevea lo contrario para algún tipo de ellos”.

Por otra parte, tal y como indica el comunicado oficial difundido, que ofrecemos a continuación, junto con el texto de la norma y la Resolución para su información pública, la Ley de Medidas también recoge, entre otras cuestiones, las medidas aprobadas por el Consell en relación con la lucha contra el Covid-19. Entre otras, la modificación tributaria para evitar pagar en la declaración de la renta al recibir ayudas por estar en un ERTE, la deducción por financiar programas de investigación contra el coronavirus, las deducciones por realizar donaciones de material sanitario o de equipos de protección, y la deducción por adquisición y electrificación de vehículos de movilidad personal.

Ximo Puig anuncia deducciones por residir en municipios en riesgo de despoblación, para personas afectadas por ERTE y para mujeres víctimas de violencia de género

  • Las familias residentes en municipios en riesgo de despoblación se deducirán 300 euros en la renta, a los que se sumarán 120 en caso de tener una hija o hijo, 180 por dos y 240 por tres
  • Las víctimas de violencia de género se beneficiarán de una deducción en el IRPF de hasta el 25% por arrendamiento de vivienda habitual y de un tipo superreducido del 4% en la tributación por la adquisición
  • En el ámbito de la COVID-19 se crean deducciones para evitar pagar en la declaración de la renta al recibir ayudas por ERTE y por financiar programas de investigación o gastos ocasionados por la pandemia
  • Se reduce un 5% el precio del crédito en primera matrícula en las enseñanzas universitarias de mayor experimentalidad

El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado que el proyecto de Ley de Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat de 2021, que se somete desde este martes a información pública, contempla la creación de una deducción autonómica para las personas que residan en municipios en riesgo de despoblación, que oscilará entre los 300 y los 540 euros por contribuyente, dependiendo de los hijos e hijas a su cargo.

El president -que ha mantenido una reunión en el Palau con el conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler- ha explicado que el texto contempla otros cambios en la fiscalidad “que tienen como objeto mejorar la vida de las personas” y que, tal y como ha precisado, benefician a las personas afectadas por ERTE que han recibido la ayuda adicional de 150 euros de la Generalitat, a las personas que realicen donaciones relacionadas con la COVID-19, a mujeres víctimas de violencia de género y a estudiantes de las carreras universitarias de mayor experimentalidad.

En concreto, se arbitra para las personas que residan en municipios despoblados o en riesgo de despoblamiento una deducción de 300 euros, cantidad se verá incrementada en 120 euros si las familias tienen una hija o hijo, en 180 euros si se tienen dos y en 240 si se tienen tres, de modo que una familia numerosa podrá beneficiarse de una deducción de hasta 540 euros.

De esta manera el Consell cumple con lo acordado en el seminario de gobierno celebrado en Montanejos, en el cual se aprobó el objetivo del establecimiento de un nuevo escenario de tributación autonómica en zonas despobladas o en peligro de despoblamiento.

Además, con el propósito de luchar contra la despoblación, se introduce como novedad que los servicios de transporte regular de uso especial, tales como el transporte escolar, universitario, laboral o de determinadas personas usuarias de servicios sociales, puedan ser utilizados por otros usuarios y usuarias.

El objetivo es atender los problemas de desplazamiento y movilidad de quienes habitan en zonas rurales o de difícil acceso garantizando, al mismo tiempo, una mayor economía de medios.

Además de estas actuaciones contra el despoblamiento, la Ley de Medidas también incluye los compromisos adquiridos por el Consell para la protección de las mujeres víctimas de violencia de género y para minimizar los efectos de la COVID-19, tales como las ayudas a las personas trabajadoras, el fomento de la actividad económica y la investigación, así como la protección del medio ambiente y del sistema de salud.

Protección mujeres víctimas de violencia

En cumplimiento de los objetivos del Pacto Valenciano contra la Violencia de Género y Machista, firmado el 18 de septiembre de 2017, se incorpora al colectivo de mujeres víctimas de violencia de género dentro de las personas especialmente beneficiadas por la deducción autonómica en el IRPF por arrendamiento de vivienda habitual, equiparando sus condiciones a las conferidas a las personas jóvenes o con discapacidad.

Por tanto, las deducciones oscilan del 15%, con un límite de 550 euros, al 20%, con límite de 700 euros. En el caso de tratarse de mujeres de hasta 35 años y/o con discapacidad, la deducción se eleva hasta el 25%, con un límite de 850 euros.

Además, se introduce una reducción del 95%, hasta 60.000 euros, en transmisiones dirigidas a donaciones en metálico que tengan por finalidad ayudar a las mujeres víctimas de violencia de género para adquirir su vivienda habitual.

Asimismo, se incorpora al colectivo de mujeres víctimas de violencia de género dentro de los colectivos beneficiarios de un tipo superreducido del 4 por ciento en la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas en la adquisición de viviendas que vayan a constituir su vivienda habitual. También podrán beneficiarse de este tipo superreducido las familias monoparentales.

Deducciones por financiación de gastos o investigación en COVID-19

La Ley de Medidas también recoge las medidas aprobadas por el Consell en relación con la lucha contra la COVID-19, tales como la modificación tributaria para evitar pagar en la declaración de la renta al recibir ayudas por estar en un ERTE, la deducción por financiar programas de investigación contra el coronavirus, las deducciones por realizar donaciones de material sanitario o de equipos de protección, y la deducción por adquisición y electrificación de vehículos de movilidad personal.

De este modo, con efectos desde el 1 de enero de 2020, se crean deducciones para compensar la mayor carga fiscal soportada en el tramo autonómico del impuesto por las personas contribuyentes beneficiarias de las ayudas o subvenciones concedidas a personas trabajadoras afectadas por un ERTE.

Se trata de las ayudas concedidas en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, de adopción de medidas urgentes para establecer ayudas económicas en los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los cuales han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.

También, con efectos desde el 1 de enero de 2020, se crea una deducción para las donaciones de importes dinerarios efectuadas durante el periodo impositivo dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por la COVID-19.

Además, se crea una deducción por contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria, sea en metálico o en especie, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Ley 4/2020, de 17 de abril, del Consell, de medidas extraordinarias de gestión económico-financiera para hacer frente a la crisis producida por la COVID-19.

Asimismo, se establece una deducción del 10% para incentivar la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal y se aumenta el porcentaje de la deducción autonómica por donaciones con finalidad ecológica, que pasa del 20 al 25% a partir de los primeros 150 euros.

Fomento de la actividad cooperativa

Con el fin de promover la creación de nuevas actividades económicas se crea una deducción para incentivar las aportaciones en el capital efectuadas por los socios en favor de sociedades de capital y cooperativas de nueva creación siempre que se trate de una actividad no ejercida con anterioridad y se cree ocupación.

La deducción es del 30% hasta los 6.000 euros y se podrá incrementar en un 15% con el límite de 9.000 euros si se trata de pymes innovadoras o si tienen su domicilio fiscal en un municipio en riesgo de despoblamiento.

Reducción de tasas universitarias

La Ley de Medidas también plasma la reducción, aprobada por el Consell, del 5% del precio del crédito en primera matrícula en las enseñanzas universitarias de grado de niveles de experimentalidad 4 y 5, es decir, los de mayor experimentalidad y por lo tanto los más costosos, como son los grados del ámbito sanitario y STEM.

Prevención de delitos de odio y Carnet de Participación Ciudadana

La Ley de Acompañamiento introduce también como novedad que los cuerpos policiales de municipios de más de 50.000 habitantes tendrán que contar con un Grupo Especializado en la prevención de delitos de odio antes del 1 de enero de 2023.

Asimismo, se establece la creación de un Carnet de Participación Ciudadana que permitirá identificar a aquellas personas que puedan tomar parte, tal y como establece la Ley 2/2015 de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana, en debates sobre normas, planes, iniciativas y consultas, al cumplir determinados requisitos de edad y vecindad administrativa. La medida será desarrollada por la Dirección General de Participación Ciudadana en colaboración con la Dirección General de Tecnologías de la Información y la Comunicación.

La Ley de Medidas también agiliza el proceso para la obtención de terrenos para llevar a cabo diferentes actuaciones en construcción de vías ciclopeatonales.

Un proceso abierto y participativo

Tal y como ha recordado el president, este es el cuarto año en que el Consell hace público un borrador de la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat antes de la aprobación definitiva de la ley, con el fin de que los agentes económicos, sociales y la ciudadanía puedan realizar las aportaciones que consideren oportunas.

Comunicado GENERALITAT VALENCIANA

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