El TS ha sentenciado que el caso plantea “una cuestión de interés casacional”, al evaluar si los tribunales españoles deben valorar el derecho europeo antes de rechazar la suspensión cautelar de una sanción

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de casación de Tulotero contra su sanción por operar sin autorización

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por Tulotero APP S.L. contra la sanción de 100.000 euros impuesta por la DGOJ por operar sin autorización. Además de la multa, la resolución administrativa ordenó el cese inmediato de la actividad de la empresa en España.

La compañía recurrió la sanción ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y solicitó la suspensión cautelar de la misma mientras se resolvía el proceso. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM rechazó esta petición en dos autos, de septiembre y octubre de 2023, argumentando que “no se acreditaba un perjuicio irreparable para la empresa” y que debía “prevalecer el interés general”.

En su recurso ante el Supremo, Tulotero sostiene que la sanción es contraria al artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que protege la libre prestación de servicios en la UE. La compañía alega que la normativa española exige una autorización específica que aún no cuenta con un procedimiento claro para su obtención: “Es más, la norma que regularía dicho procedimiento se encuentra actualmente en tramitación”, señala el documento. Según este hecho, se vulneraría la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La defensa de Tulotero se basa en la sentencia Sebat Ince, que establece que un país no puede sancionar a una empresa por no tener una licencia si no existe un mecanismo definido para obtenerla.

El Tribunal Supremo ha sentenciado que el caso plantea “una cuestión de interés casacional”, al evaluar si los tribunales españoles deben valorar el derecho europeo antes de rechazar la suspensión cautelar de una sanción. Ahora, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo será la encargada de examinar el recurso y dictar sentencia.

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