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EL AUTO ALUDE A DEBILIDADES TÉCNICAS Y FORMALES DE LOS PROYECTOS DE LOS DENUNCIANTES, QUE NO FUERON SUBSANADAS


El Supremo rechaza el recurso contra la adjudicación del Casino a los Carbajosa

AZARplus

AZARplus /lne.es.- El Tribunal Supremo ha zanjado el proceso judicial que desde hace siete años mantenían abierto las sociedades Orenes-Franco y Comar contra la adjudicación del único casino autorizado en la comunidad autónoma, el de Gijón. El alto tribunal desestimaba en sentencia del pasado 14 de enero el recurso de casación interpuesto contra la resolución de marzo de 2004 por el Gobierno regional que otorgaba al grupo Díaz Carbajosa la autorización para poner en marcha este equipamiento.

VER SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO



El proceso de adjudicación del primer y único Casino de la región, envuelto en polémica desde sus inicios, derivó en un cruce de contenciosos al que el Supremo acaba de poner fin. El grupo Orenes-Franco y la empresa Comar fueron los dos competidores de Díaz Carbajosa en el concurso de adjudicación del Casino, que el Gobierno regional resolvió hace nueve años, tras declarar desierta la convocatoria en varias ocasiones. Finalmente, Orenes y Comar quedaron excluidos del procedimiento con la argumentación de que sus proyectos presentaban ciertas debilidades técnicas y formales.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) desestimó uno de los recursos planteados por entender que una de las sociedades (Orenes-Franco) no cumplía con una de las exigencias de las bases de la convocatoria, relativas a las disponibilidad del suelo donde se iba a desarrollar el proyecto. Los poderes adjudicadores tildaron de «manifiesta irracionalidad» que la empresa incluyera el casino como instalación complementaria de un complejo de talasoterapia cuando las bases señalaban que el primero debía constituir la «instalación principal, esencial o nuclear» a la que podían adscribirse servicios complementarios. Ahora el Supremo ratifica que la polémica sobre esos terrenos resulta ya «estéril» pues no cabe analizar dicha causa de exclusión al no haber acreditado tampoco por parte del solicitante la disponibilidad de los terrenos. La propuesta de Comar fue igualmente rechazada porque la finca donde planteaba desarrollar su proyecto no reunía los requisitos de edificabilidad urbanística.

Ante su exclusión del proceso, Orenes y Comar emprendieron inicialmente acciones legales a título particular tanto contra la Administración regional como contra la sociedad promotora de Díaz Carbajosa, cuyo casino entró en funcionamiento a finales de febrero de 2006, al entender que se había incumplido el principio de igualdad en la convocatoria. Tanto el Gobierno regional como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, después, lo rechazaron en base a que los problemas planteados debían haber sido subsanados por los participantes.

Los denunciantes llegaron hasta el Tribunal Supremo con un recurso de casación al que ahora se da carpetazo de manera definitiva. Concluye así una pugna judicial que se prolongó por un espacio de tiempo próximo a una década y que llegó a causar roces entre el Gobierno regional y el Ayuntamiento de Gijón.

El Supremo realiza la imposición de costas del proceso a la parte denunciante.



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