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El Juicio se celebró "por la vulneración de derechos fundamentales contra la compañera delegada", recordaba el sindicato, tal y como informamos

El Juzgado declara nulo el despido de la Delegada Sindical de CCOO en la ONCE de Lugo

AZARplus

El Juzgado de lo social numero 3 de Lugo ha notificado hoy sentencia respecto al despido de una trabajadora delegada sindical de CCOO.

El juicio se celebró el pasado 3 de julio y la sentencia concluye que la contratación de la trabajadora estaba en fraude de ley porque con anterioridad a sus tres contratos temporales de un año, ya había tenido varios contratos de interinidad por cobertura de vacaciones.

La Jueza considera que no está justificada la decisión de extinguir su contrato y que ha de entenderse que su situación laboral es indefinida ya que su plaza responde a necesidades permanentes en la empresa

La sentencia aborda los indicios que se ponían de relieve en la demanda para acreditar que la decisión se había tomado por la implicación de la compañera como Delegada Sindical de CCOO y su participación en procesos electorales.

Se concretan como Hechos probados que ya existían Resoluciones Judiciales anteriores en Lugo que acreditaban que el Gestor Comercial, Secretario de UTO y Presidente del Comité de Empresa había participado en la incoación de expedientes disciplinarios y modificaciones de condiciones de trabajo injustificadas a compañeros y compañeras al darse de baja en UTO y afiliarse a CCOO. La imparcialidad en la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras en las empresas pasa por la independencia y autonomía de los sindicatos respecto a la Empresa.

Se identifica también la existencia de un grupo de whatsapp compartido entre Personal de la Empresa y el Gestor, donde se vertían acusaciones contra dicha compañera.

Se reseñan como antecedentes de la conducta antisindical de la Empresa, sentencias donde se anula un traslado forzoso por persecución politico-sindical a un compañero de nuestro sindicato en Madrid y una resolución de Inspección de Trabajo que habilitaba la apertura de procedimiento de acoso laboral por persecución de la Dirección a un compañero, tras la participación de su pareja en nuestras candidaturas.

El próximo martes la compañera vuelve a la Venta. La sentencia, al decretar la nulidad, le da a ella la opción de cobrar indemnización y dejar la ONCE o, como es la por ella elegida, incorporarse a plantilla, cobrar los salarios de tramitación y una indemnización de 6.251 euros por daños.

La sentencia es recurrible pero ejecutiva.

Hoy, la Justicia nos muestra al colectivo de la ONCE que recurrir, demandar y defender nuestros derechos siempre vale la pena. Quien pierde de antemano es quien se pliega, no reclama ni demanda.

Con CCOO doblar el brazo de la Dirección y anular decisiones injustas, siempre es posible.

#ActuarEsEsencial

#OtroModeloEsNecesario

Comunicado CCOO ONC

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