Los nuevos presupuestos permitirán los Bingos de asociaciones y residencias de mayores
El impuesto sobre el Juego en Galicia alcanzará los 54 millones de euros en 2024
El beneficio por el impuesto sobre el Juego se estipula en 3.200.000 de euros dentro de los Presupuestos General de la Comunidad. Las tasas fiscales sobre el Juego alcanzan los 44.468.491 euros, y el impuesto sobre actividades de juego es de 9.040.346 euros. El impuesto sobre el Juego para 2024 supone una cifra total de 53.508.837 euros, lo que incrementa sutilmente los presupuestos de 2023 en apenas 28.000 euros, con una cifra total de 53.480.000.
El Proyecto de Ley también incluye los cambios relativos al Bingo recogidos dentro de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos gallegos, y que queda modificada como sigue:
“Se modifica la letra b) del número 2 del artículo 2, que pasa a tener la siguiente redacción:
El juego de bingo organizado por residencias de mayores, por asociaciones culturales o deportivas legalmente registradas, o por las comisiones de partidos legalmente registradas. como asociación, y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que las sesiones realizadas por residencias de mayores, por asociaciones culturales o deportivas o por el comité del partido no superen en ningún caso el límite de cuatro sesiones en un mes.
- Que las cantidades jugadas no superen los 1.300 euros por sesión y los premios otorgados no superen los 1.000 euros por sesión. Los premios no podrán ser en metálico ni en especie perecedera.
- Que el Juego se desarrolle a través de medios manuales o mecánicos sin intervención de aplicaciones informáticas o programas de software en ningún caso.
- Que, durante el desarrollo de la sesión, en ningún caso deberán estar presentes en la sala menores de edad.
- Que tengan lugar en la residencia de mayores o en el lugar que conste como dirección de la asociación o comité del partido correspondiente.
La asociación, comisión de partido o el responsable de la residencia de mayores correspondiente deberá presentar, cada vez que se proponga organizar una partida de bingo en los términos previstos, una comunicación al órgano rector autonómico competente en materia de Juego. a los efectos de poder controlar el cumplimiento de los requisitos anteriores”.
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