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La cual pretende adecuar la reglamentación actual sobre los mismos a los cambios normativos, con la finalidad de “ofrecer a la persona usuaria unas reglas de juego más entendibles, y para mejorar la seguridad de las operaciones”

El Gobierno Vasco publica la Orden para regular los requisitos de las máquinas de Juego y sus condiciones de interconexión

AZARplus

El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ha publicado la Orden por la que se acuerda el inicio del procedimiento de elaboración de la orden para regular los requisitos y características técnicas de las máquinas de Juego, así como sus condiciones de interconexión.

El Proyecto de Orden a elaborar tiene como objetivo establecer una nueva regulación de los requisitos y características técnicas de las máquinas de Juego y de sus condiciones de interconexión, “tanto de forma interna en los propios locales, como externa, entre distintos locales de juego”.

Según señalan en el texto, tras la aprobación de la modificación del Reglamento General del juego en la Comunidad Autónoma de Euskadi el pasado año, se han modificado aspectos relativos al funcionamiento de los juegos “con el fin de asegurar el cumplimiento de los parámetros de las máquinas relativos a la velocidad del juego, el porcentaje de devolución de premios y premio máximo; igualmente, se introducen especificaciones para mejorar su monitorización y asegurar unas reglas del juego entendibles para la persona consumidora/usuaria. Y junto a ello, se hace necesaria la regulación de los sistemas de interconexión internos que carecen de especificaciones técnicas concretas, a diferencia de los sistemas de interconexión externos”.

El Proyecto de Orden pretende adecuar la reglamentación actual sobre requisitos y características técnicas de las máquinas de juego y sus condiciones de interconexión a los cambios normativos expuestos en el documento, “con la finalidad de ofrecer a la persona usuaria unas reglas de juego más entendibles, y para mejorar la seguridad de las operaciones”.

En lo que respecta a los trámites pertinentes, según se señala en el texto “no se estima necesario efectuar el trámite de consulta pública previa, ya que el texto se someterá al trámite de audiencia en la fase de instrucción, para la participación de las organizaciones y asociaciones que agrupen o representen a la ciudadanía afectada y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición”.

Por otro lado, sí se incluirá una memoria del análisis de impacto normativo, que deberá contener, o reiterar respecto a la orden de inicio, “cualquier extremo que pueda ser relevante a criterio del órgano proponente”.

El texto se someterá a la audiencia de las organizaciones y asociaciones “que agrupen o representen a los ciudadanos y ciudadanas afectadas, y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. En particular, se dará audiencia a profesionales del sector del Juego, a asociaciones de hostelería, a asociaciones de usuarios y usuarias, y a asociaciones de ayuda a personas con adicción al Juego”.

Ofrecemos a continuación la Orden publicada por el Gobierno Vasco, para su descarga directa en formato PDF:

DESCARGAR PDF ORDEN PAÍS VASCO

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