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EN UNA NOTA DE PRENSA OFICIAL QUE IGNORA LOS LEGÍTIMOS DERECHOS DE EMPRESARIOS Y TRABAJADORES

EL CONSEJERO DE HACIENDA VALENCIANO SE OLVIDA DE LA LIBERTAD Y DE LA LACRA QUE SUPONE EL PARO

AZARplus
En una farisaica Nota de Prensa Oficial el Consejero de Hacienda del Gobierno Valenciano, Vicent Soler, ha realizado unas declaraciones en las que se pone de manifiesto tanto su olvido de la Libertad como de la lacra personal y social que supone el paro, al tiempo que parece ignorar los legítimos derechos de los Empresarios y Trabajadores de la Industria del Juego Privado.
Reproducimos a continuación la citada Nota de Prensa:

Vicent Soler: “La nueva Ley del Juego es la mejor manera de luchar contra la lacra social que supone la ludopatía”

– Se fija una distancia mínima de 850 metros entre salas de juego y centros educativos y una separación de 500 metros entre establecimientos

– Las máquinas recreativas en la hostelería se activarán por un control remoto por parte del encargado del local y no sonarán si no se usan

– Entre 2013 y 2019, la Comunitat Valenciana ha pasado de tener 250 salones y 9 locales específicos de apuestas, a disponer de 518 y 35 (28/05/2020)

– Se fija una distancia mínima de 850 metros entre salas de juego y centros educativos y una separación de 500 metros entre establecimientos

– Las máquinas recreativas en la hostelería se activarán por un control remoto por parte del encargado del local y no sonarán si no se usan

– Entre 2013 y 2019, la Comunitat Valenciana ha pasado de tener 250 salones y 9 locales específicos de apuestas, a disponer de 518 y 35

El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, ha destacado que “la nueva Ley del Juego que han aprobado Les Corts este jueves es “la mejor receta para luchar contra la lacra social que supone la ludopatía, aumentar la protección hacia colectivos de riesgo y menores de edad y sentar las bases del juego responsable” en la Comunitat Valenciana”.

Vicent Soler ha realizado estas declaraciones tras la votación realizada en el hemiciclo que ha dado luz verde al texto. La nueva norma sustituye a la Ley 4/1988, de 3 de junio, que fue aprobada hace más de 30 años.

“El objeto de la ley tiene una doble finalidad íntimamente relacionada con servir al interés general de la sociedad. Por una parte, la regulación de la actividad socioeconómica de juego en sus diversas modalidades y canales en la Comunitat Valenciana y, por otra, la prevención de las patologías y adicciones”, ha apuntado el titular de Hacienda.

“La presentación de enmiendas y la apertura del debate sobre la ley ha permitido a los grupos parlamentarios hacer aportaciones aprovechando su experiencia, lo cual ha contribuido a madurar y mejorar el proyecto de ley inicial, dando así una mejor respuesta a la inquietud que en la actualidad suscita esta materia a la sociedad valenciana”, ha indicado Soler.

Entre las novedades de esta ley destaca la prohibición a los agentes que ejerzan la actividad de juego de conceder créditos, bonificaciones o asistencia financiera a las personas jugadoras.

La ley también introduce la restricción de la publicidad, promoción, patrocinio e información comercial de las actividades del juego, en el ámbito de las competencias de la Generalitat.

Asimismo, se prohíbe la publicidad y promoción del juego en el exterior de los locales de juego, la publicidad estática, en la vía pública o medios de transporte, así como la emisión de publicidad sobre esta actividad en los medios de comunicación de titularidad pública de la Comunitat Valenciana.

También dentro de los locales de juego será obligatoria la disposición de hojas informativas accesibles a las personas jugadoras sobre los recursos disponibles para el tratamiento y rehabilitación de la ludopatía.

Además, se promoverán ayudas, subvenciones o incentivos fiscales para entidades deportivas, asociaciones y medios de comunicación que lleven a cabo campañas de prevención y lucha contra la ludopatía.

850 metros y 500 metros

Entre las novedades de la ley destaca también la regulación de una distancia de 850 metros, en el trayecto peatonal más corto por vial de dominio público, para la localización de los salones de juego y locales específicos de apuestas, respecto a centros educativos acreditados que impartan educación secundaria obligatoria, bachillerato, ciclo de formación profesional básica y enseñanzas artísticas profesionales.

“El establecimiento de esta medida viene motivado por la necesidad de reducir la exposición de las personas menores de edad, en particular adolescentes, a la oferta de juego, especialmente las apuestas deportivas, en sus itinerarios diarios de asistencia a los centros educativos, y con ello la normalización de estos establecimientos como lugares de ocio”, ha explicado Vicent Soler.

Según ha indicado el conseller, “las investigaciones señalan la sobreexposición de las personas adolescentes y jóvenes vinculada a la proliferación de salones de juego y locales específicos de apuestas en el tejido urbano, en sinergia con la publicidad del juego en los medios de comunicación, eventos deportivos y medios electrónicos, como factores de riesgo para el desarrollo de conductas adictivas asociadas al juego, especialmente en la adolescencia”.

El crecimiento exponencial de los salones de juego y los locales específicos de apuestas en el tejido urbano de la Comunitat Valenciana se ha puesto de manifiesto entre 2013 y 2019, al pasar de 250 salones de juego y 9 locales específicos de apuestas autorizados a 518 y 35, respectivamente, sin consideración alguna de distanciamiento de los centros educativos y generando una creciente preocupación social. Esta dinámica de crecimiento contrasta con las del resto de establecimientos de juego que apenas han variado en los últimos 6 años.

La ley también establece distancias mínimas de 500 metros entre establecimientos de bingo, salones de juego y casas de apuestas, con el objetivo de reducir la concentración espacial de los establecimientos de juego en enclaves urbanos, evitando crear zonas como ‘mini Las Vegas’, y reducir así el riesgo de sobreexposición de la población al juego en su entorno cotidiano.

Activación por control remoto de máquinas tipo B

También se introduce como novedad la incorporación de un sistema de activación-desactivación por control remoto de cada máquina, bajo la responsabilidad del personal encargado del local.

“Esta medida se justifica por la ausencia de un control de entrada en estos establecimientos y la necesidad de garantizar que las personas menores de edad no tengan acceso a dichas máquinas”, ha indicado Vicent Soler.

Además, las máquinas tipo B deberán permanecer sin emisión de estímulos sonoros, visuales o lumínicos durante el tiempo en que no estén siendo utilizadas. También se prohíbe la instalación de máquinas de juego en terrazas, vías públicas o zonas exteriores de los establecimientos de hostelería y similares, así como en bares y cafeterías ubicados dentro de centro docentes, sanitarios, sociales o juveniles y en los recintos deportivos.

“La protección de la salud y de los derechos de las personas, en particular, en el caso de los menores de edad, son razones imperiosas de interés general que justifican la necesidad de establecer estos requisitos específicos”, ha subrayado el conseller.

Se mantienen las autorizaciones otorgadas

Por otra parte, con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica en el sector, se mantiene la validez y vigencia de todas las autorizaciones otorgadas previamente a la entrada en vigor de esta ley durante todo el periodo para el que estuvieran concedidas.

También se prohíbe la habilitación de espacios para fumar o clubes de personas fumadoras en los establecimientos de juego. Asimismo, se prohíbe la publicidad de productos o entidades financieras en el interior de los locales de juego.

Más seguridad jurídica

La nueva Ley de Juego también ha avanzado en la homogeneización de los tipos infractores. Además, se recalifican los distintos tipos de infracciones y se revisan las cuantías de las sanciones, que pasan a establecerse por tramos.

Por su parte, en el ámbito de las rifas, tómbolas o combinaciones aleatorias se clarifica el régimen de las exenciones, introduciéndose una nueva exención que afecta a aquéllas que se realicen con ocasión de acontecimientos de arraigo popular o que correspondan con usos sociales de carácter tradicional, tales como las rifas de cestas de navidad organizadas por comercios o establecimientos de hostelería.

En el caso de las apuestas, se generaliza la definición de la base imponible en atención a los ingresos netos procedentes del juego; mientras que en los supuestos de juego realizados mediante máquinas recreativas y de azar, se establece que el devengo del impuesto es por trimestres naturales.

Por su parte, también se han adecuado los tipos de gravamen en el caso de las rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias, apuestas, casinos de juego y en el caso de explotación de máquinas recreativas y de azar.

Otra de las novedades es la generalización de la presentación de la autoliquidación por medios telemáticos y la ampliación del plazo de declaración e ingreso del tributo, siendo con carácter general de un mes.

Le ley legaliza las apuestas en los ‘trinquets’

“La ley además legaliza las apuestas en los ‘trinquets’, donde se practica el deporte nacional valenciano, la pilota valenciana”, ha apuntado Vicent Soler, quien ha explicado que a partir de ahora este deporte se regirá por un sistema provisional que, sin someter la actividad a los mismos requisitos que las apuestas ordinarias, permitirá un cierto control administrativo sobre su práctica y sobre quién interviene en ella, hasta que se apruebe una reglamentación específica”.

Plazos para adaptarse a la normativa

Se concede un plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de esta Ley, para que los salones de juego y los locales específicos de apuestas realicen las obras de adaptación necesarias con el objetivo de cumplir con los requisitos establecidos la Ley referidos al control de admisión en locales de juego.

Asimismo, se concede un plazo de 12 meses, desde la entrada en vigor de esta Ley, para que las máquinas de juego tipo B y las máquinas auxiliares de apuestas situadas en establecimientos de hostelería y similares, así como aquellas máquinas de apuestas situadas en recintos deportivos, realicen las adaptaciones necesarias para cumplir el requisito de disponer del sistema de activación-desactivación.

Igualmente, se establece un periodo máximo de 5 años, desde la entrada en vigor de esta Ley, de suspensión de nuevas autorizaciones de establecimientos de juego y de nuevas autorizaciones de explotación de máquinas de juego tipo B o recreativas con premio, destinadas a ser instaladas en locales de hostelería o similares.

El fuerte crecimiento de la oferta de juego presencial de los últimos años, el aumento del número de personas afectadas por conductas de juego y adicciones, así como la creciente preocupación social en la Comunidad Valenciana, aconseja el establecimiento de una suspensión temporal de nuevas autorizaciones.

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, competente en materia de juego, coordinará un estudio que analice el impacto social y sobre la salud pública de las instalaciones de juego existentes, así como de las máquinas de juego en locales de hostelería.

No obstante, teniendo en cuenta que la renovación de autorización de los establecimientos de juego se ha de realizar de acuerdo con la normativa vigente, dicha suspensión no será de aplicación en aquellos casos en que sea necesario un cambio de emplazamiento del establecimiento de juego para cumplir con el nuevo requisito de distancia.

Finalmente, se establece un plazo de 12 meses, desde la entrada en vigor de esta Ley, para la elaboración de la Estrategia Valenciana Integral de Prevención y Tratamiento del Juego.

Tratamiento multidimensional

El tratamiento del juego patológico tiene un carácter multidimensional y multidisciplinar y, en esta línea, el Consell desarrollará actividades, en colaboración con otras administraciones públicas y con entidades sociales, en materia educativa, sanitaria, deportiva y sociolaboral, con el objetivo de establecer protocolos de detección precoz, fomentar el ocio alternativo y educativo, especialmente de personas adolescentes y jóvenes, así como el abordaje global del tratamiento de la adicción al juego.

Esta Ley también prevé la elaboración de una estrategia plurianual y un programa de acción bianual que se evaluarán y actualizarán periódicamente, en colaboración con el resto de administraciones públicas y organizaciones y entidades vinculadas a la actividad de juego en la Comunitat Valenciana, para dotar de un enfoque específico, integral e integrador de la prevención y el tratamiento del juego patológico.

Órganos de apoyo

De igual modo, se actualiza la configuración de la Comisión de Juego, órgano de carácter consultivo en materia de juego, para garantizar la participación de las distintas partes implicadas en esta actividad, organizaciones sindicales y empresariales del sector, asociaciones dedicadas a la prevención y rehabilitación de la ludopatía, asociaciones vecinales, el Consell de la Joventut y organismos de investigación universitaria.

Asimismo, se crea la Comisión Técnica de Coordinación Interadministrativa en materia de juego como órgano de coordinación técnica y administrativa interdepartamental de la administración valenciana.

La ley también regula el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego en la Comunitat Valenciana y la posibilidad de coordinación con registros oficiales equivalentes en España, así como el control de admisión con la novedad de establecer la obligatoriedad de dicho control en todos los locales de juego.

Comunicado GENERALITAT DE LA COMUNITAT VALENCIANA 

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