El Boletín que acaba de difundirse oficialmente establece que: "los ESTABLECIMIENTOS y LOCALES DE JUEGO y APUESTAS podrán ejercer su actividad siempre que no superen el 70% del aforo máximo permitido "
El BON ha publicado hoy el Acuerdo por el que se declara la entrada de de la COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA a la NUEVA NORMALIDAD
El Boletín Oficial de Navarra acaba de publicar en una Edición extraordinaria el “ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 19 de junio de 2020, por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad y se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad”.
A continuación extractamos lo relativo a Juego y al final ofrecemos el pdf íntegro del documento oficial listo para su descarga.
3.28. Locales de juego y apuestas.
1. Los establecimientos y locales de juego y apuestas podrán ejercer su actividad siempre que no superen el sesenta por ciento del aforo máximo permitido.
2. Se establecerán las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal en sus instalaciones, especialmente en la disposición y el uso de máquinas o cualquier otro dispositivo de juego en estos locales y establecimientos o, en su defecto, será preciso el uso de mascarilla.
3. En el supuesto de se preste algún tipo de servicio de restauración u hostelería se ajustarán a las condiciones establecidas para estos establecimientos.
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