El TSJCV consideró acertadamente que la restricción de los 30 metros era “innecesaria” y “desproporcionada”
El Ayuntamiento de Valencia recurrirá la victoria de SOS Hostelería ante el TSJ
La insensatez vuelve a adueñarse de la Administración valenciana, que carga sus argumentos con balas de demagogia. El Ayuntamiento de València ha anunciado ahora que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, el cual anuló el artículo de la Ordenanza Reguladora de Protección contra la Contaminación Acústica, y que prohibía la apertura de locales de ocio a menos de 30 metros de otros.
Esta medida desproporcionada y sin ningún tipo de fundamento fue instaurada por el anterior gobierno municipal, afirmaba tratar de evitar la saturación de determinadas zonas de ocio y mitigar las molestias a los residentes, cuando en realidad lo que suponía era la completa y absoluta destrucción del Sector valenciano. Sin embargo, SOS Hostelería y ASVOMAR no se amedrentaron y presentaron un recurso en contra. El TSJCV consideró acertadamente que la restricción de los 30 metros era innecesaria y desproporcionada, y el tribunal anuló los apartados 1 y 3 del artículo 60 de la ordenanza del ruido, que prohibía la apertura de nuevos locales de ocio en zonas residenciales si se encontraban a menos de 30 metros de otros similares.
El tribunal indicó que no existían justificaciones técnicas suficientes para determinar por qué se fijó la distancia de 30 metros como criterio y señalaron que el Consistorio cuenta con otros mecanismos para controlar el ruido, sin necesidad de imponer restricciones de distancia. Una sentencia que no ha sentado nada bien, y ahora el Ayuntamiento quiere contentar a ciertos votantes y vecinos con el anuncio del recurso a la sentencia. Esperemos que la sensatez siga imperando dentro del TSJCV como ya pasó en su momento.
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