Se aplicará una reducción proporcional del impuesto, ajustando la cuota a los meses en que ambos establecimientos no pudieron operar

El Ayuntamiento de Ibiza deberá ajustar el IAE del Casino de Ibiza por el periodo de cierre durante la pandemia

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El Juzgado de lo Contencioso número 3 de Mallorca ha sentenciado que el Ayuntamiento de Ibiza deberá recalcular el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente al año 2020 para el Casino de Ibiza y el Ibiza Gran Hotel, considerando los periodos de inactividad forzada durante el estado de alarma decretado por el Gobierno por la pandemia de covid-19. Esta decisión implica que se aplicará una reducción proporcional del impuesto, ajustando la cuota a los meses en que ambos establecimientos no pudieron operar.

En 2020, el Ayuntamiento exigió a la empresa gestora del Casino y del hotel un total de aproximadamente 158.000 euros en concepto de IAE. La compañía presentó una reclamación al consistorio, solicitando la anulación o el ajuste del monto tributario debido a las pérdidas ocasionadas por el cierre total de su actividad. Ante la negativa del Ayuntamiento, la empresa llevó el caso a los tribunales.

La impugnación de la compañía se basó en dos argumentos principales. Primero, solicitó la anulación de la cuota al considerar que excedía el límite del 15% sobre el beneficio medio del Sector, lo que podría implicar una inconstitucionalidad de la normativa de Haciendas Locales. Este aspecto, según ha señalado la jueza a cargo, deberá ser resuelto por el Tribunal Constitucional. En segundo lugar, la empresa demandó una reducción proporcional de la cuota del IAE, considerando el periodo de cierre obligado por la crisis sanitaria.

En su resolución sobre la reducción del impuesto, la jueza aclaró que el Real Decreto que estableció el estado de alarma no exime automáticamente del pago del impuesto, aunque sí permite una reducción en función del tiempo que la actividad haya permanecido paralizada por mandato legal.

La sentencia destaca que, aunque el Casino de Ibiza estuvo cerrado desde el 14 de marzo hasta el 8 de junio de 2020, el Ibiza Gran Hotel no especificó en su reclamación el periodo exacto de inactividad. Por lo tanto, según indican desde el Diario de Ibiza, la magistrada indica que “procede la reducción de la cuota del IAE de manera proporcional exclusivamente durante el tiempo de cierre total de las actividades por imperativo legal”.

Este fallo, que aún puede ser objeto de apelación, sienta un precedente para la Industria, destacando la necesidad de ajustar el tratamiento fiscal a las circunstancias excepcionales provocadas por la pandemia.

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