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Sobre cuestiones relacionados con la regulación de la publicidad del Juego, la investigación, prevención del Juego Problemático y el reportaje Anti Juego sobre la participación de la DGOJ en eventos sectoriales, preguntas que también ofrecemos en pdf

Difundimos las Respuestas del Gobierno a diferentes preguntas sobre Juego del Grupo Popular y Ciudadanos

AZARplus

Ofrecemos las respuestas por escrito del Gobierno respecto a las tres preguntas sobre Juego del Grupo Popular y Ciudadanos, que también facilitamos en pdf al pie de la información. Son cuestiones que tratan sobre temas relacionados con la regulación de la publicidad del Juego, la investigación, la prevención del Juego Problemático y el reportaje Anti Juego sobre la participación de la DGOJ en eventos sectoriales, sobre el que ya informamos.

Respuesta a la pregunta de Macarena Montesinos de Miguel, Diputada por Alicante, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular 

“¿Tiene previsto el Gobierno regular la publicidad del Juego y realizar campañas de prevención de la ludopatía?”, reza la primera de ellas, con fecha de 4 de diciembre de 2019, la firmó Macarena Montesinos de Miguel, Diputada por Alicante, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

En su respuesta, se señala que el Gobierno, a través del Ministerio de Consumo, considera que este es un ámbito prioritario para la acción gubernamental, por lo que “se siguen con gran interés las nuevas tendencias detectadas en el ámbito del juego, también a nivel publicitario, y, asimismo, las implicaciones que puedan tener para el conjunto de la ciudadanía y, en especial, para los colectivos más vulnerables”.

En alusión al “Informe sobre las Recomendaciones del Defensor del Pueblo en Relación con la investigación sobre “proliferación y publicidad intensa de anuncios de casas de apuestas””, se afirma que “se comparte la preocupación expresada”“por lo que se aceptaron todas las Recomendaciones formuladas por el mismo, siendo la voluntad del Gobierno mejorar la regulación en esta materia”.

Sobre si existe previsión de regular la publicidad del juego, se indica que “se ha puesto de manifiesto al Defensor del Pueblo que, llegado el momento, la intención es retomar el proyecto de Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego y juego responsable, que fue sometido a información pública, con las adaptaciones que correspondan para que la regulación del juego se ajuste a las necesidades y demandas de la ciudadanía, compatibilizándolas con el ejercicio de un juego responsable”.

En cuanto a si el Gobierno va a realizar campañas de prevención del Juego Problemático, se apunta que “existe una voluntad decidida de reforzar estos elementos de protección, y en esta línea van las medidas que, sin perjuicio de la forma que adopten en la versión final del proyecto de Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego y juego responsable, ya se prevén en dicho proyecto”.

Asimismo, se apunta que, al margen de dicho Proyecto, “la intención del Ministerio de Consumo es avanzar con otro elenco de medidas de especial intensidad e importancia que desarrollarán este marco de protección” y en las cuales ya está trabajando la DGOJ.  Entre ellas, se señala el Programa de Trabajo de Juego Responsable 2019 – 2020, adoptado tras la sesión constitutiva del Consejo Asesor de Juego Responsable del 25 de febrero de 2019. Un Programa de Trabajo que incluye iniciativas en materia de Juego Responsable que se desarrollarán en el período señalado y las prioridades, estrategias y proyectos concretos en que estas medidas se materializarán, tal y como recoge el siguiente resumen de las medidas incorporadas, varias de las cuales ya han visto la luz.

Gobierno

En el acceso no consentido a las plataformas de juego online, se destaca el lanzamiento el mes de julio del pasado año, del Servicio de alerta de intentos de activación de registros de usuario en operadores de juego online (phishing alert). Mediante este nuevo servicio, “se garantiza que la persona que se dé de alta en el mismo sea informada de los intentos de registro en un operador de juego utilizando sus datos de identidad”, evitando la suplantación de identidad. Actualmente, el servicio se articula mediante un desarrollo tecnológico que permite tanto el alta de todos los ciudadanos interesados como la automatización de las comunicaciones entre los inscritos en el servicio, la DGOJ y los operadores adheridos, y en una segunda fase en el desarrollo del servicio se habilitará “la posibilidad de realizar la inscripción mediante una app desarrollada al efecto”.

Asimismo, se hace referencia a dos iniciativas publicadas el 16 de diciembre de 2019, también en el marco del Programa de Juego Responsable 2019-2020. La primera propone “la conformación de un conjunto mínimo de variables a tener en cuenta para conocer el número de personas atendidas y diagnosticadas clínicamente por un trastorno de adicción al juego (ludopatía) y su evolución en términos cuantitativos”. Por su parte, la segunda se encarga de identificar aquellos aspectos del RGIAJ que podrían ser susceptibles de mejora.

Por otro lado, también dentro de los compromisos de la DGOJ incluidos en el Programa de Trabajo de Juego Responsable 2019-2020, se subraya la acción “2.3.1: Nota técnica sobre la aplicación de medidas para la protección del participante en operadores de juego”, encuadrada dentro la “Prioridad 2: Protección del participante”. Una medida con respecto a la que, con fecha de 18 de diciembre de 2019, se ha abierto un periodo de información pública en relación con las “Indicaciones relativas a la promoción de comportamientos responsables de juego en el entorno de juego online”, accesible desde la página web de la DGOJ. Con su aprobación “se pretende aprovechar la gran potencialidad que existe en el ámbito del juego remoto para poner en marcha medidas relacionadas con el juego responsable”. Apostillando con respecto a dichas indicaciones que se configurarán como “un conjunto de actuaciones (contiene 31 medidas) que, en opinión de la DGOJ y más allá de las previsiones normativas específicas vigentes, tendrían que desarrollar los operadores de juego para garantizar razonablemente la gestión responsable del juego y la protección del jugador, incidiendo en determinados grupos de riesgo”.

Igualmente, a efectos de conocer adecuadamente el contenido de estas tres medidas recientemente impulsadas, se remite a su consulta en la página web www.ordenacionjuego.es

Además de las medidas concretas contenidas en el Programa de trabajo, se destaca la propuesta de afectación parcial de la Tasa por Gestión de las Actividades del Juego a iniciativas y estudios sobre juego responsable, incluida en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019, “una medida destinaba un porcentaje (el 25%) de la recaudación derivada de los hechos imponibles más cuantiosos de la Tasa por la Gestión de las Actividades de Juego a reforzar los medios materiales, instrumentos e inversiones necesarias para acometer iniciativas de prevención, comunicación, sensibilización, intervención y reparación que faciliten las prácticas de juego responsable y mitiguen los efectos indeseables producidos por una actividad de juego no saludable, así como a la realización de estudios, memorias y trabajos de investigación en la materia. Esta dotación presupuestaria habría permitido abordar de manera estructural, integral y ambiciosa, desde el sector público, todo el elenco de actuaciones relacionadas con la prevención y refuerzo de la sensibilización en el ámbito de juego”.

Por último, en relación con medidas regulatorias concretas, se apunta que es una de las máximas del Gobierno y, por lo tanto, del Ministerio de Consumo, así como de la DGOJ, “el perfeccionamiento y la adaptación del marco regulatorio vigente para adecuarlo a unas circunstancias cambiantes”. Como prueba de ello, se señala “la reciente aprobación de la Resolución de 11 de julio de 2019, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se prohíbe ofrecer apuestas sobre eventos que sean protagonizados exclusiva o mayoritariamente por menores de edad”.

Además de los cambios regulatorios citados, se destacan otras iniciativas que se consideran relevantes, como lo siguientes:

  • “El Anteproyecto de Ley de medidas de prevención y de lucha contra el fraude fiscal, de transposición de diversas Directivas. Los años transcurridos desde la aprobación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, han permitido tener la trayectoria suficiente como para poder identificar determinadas modificaciones de su articulado que coadyuvarán a la lucha contra el fraude en el entorno de las actividades de juego, en sus diversas manifestaciones. Pues bien, ese elenco de medidas, que amplía las obligaciones de los operadores de juego, fortalece la lucha contra el fraude en este sector, introduce nuevos tipos infractores y apuntala, a nivel regulatorio, la lucha contra la manipulación en las apuestas deportivas, ya ha sido incorporado a este Anteproyecto de Ley, por lo que se está a la espera de su efectiva reactivación.  
  • La revisión de las Órdenes Ministeriales que regulan las reglamentaciones básicas de los juegos online. Esta revisión, en la que se lleva tiempo trabajando, está prevista para el año 2020. Con ella, entre otros objetivos, se perseguirá elevar las exigencias en la claridad y profundidad de la información que se le brinda al jugador de su historial de juego, introducir en determinados juegos instrumentos de ordenación de la sesión de juego, como la autolimitación del tiempo y gasto y medidas específicas para determinados juegos.  
  • La delimitación de la frontera precisa entre el carácter de juegos de azar y los juegos electrónicos, aplicaciones, videojuegos y demás tipologías de ocio usadas por niños y adolescentes que vienen incluyendo elementos próximos al juego de azar, que resultan susceptibles de generar patrones de comportamiento de riesgo similares y que puede resultar conveniente ordenar o regular. En este sentido, la DGOJ ha suscrito recientemente una declaración internacional, junto con otros 16 reguladores de juegos, alertando del problema e instando a un diálogo constructivo y ordenado entre los distintos agentes involucrados de cara a la clarificación de estas prácticas, y participa activamente en las discusiones y trabajos para abordar de manera conjunta y efectiva esta cuestión”.

Respuesta a las preguntas de Ignacio Echàniz Salgado, Diputado por Guadalajara, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular

El 16 de diciembre de 2019, por su parte, José Ignacio Echàniz Salgado, Diputado por Guadalajara, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presentó las siguientes preguntas: ¿Cuándo tiene previsto el Gobierno hacer efectiva la prohibición total de la publicidad relacionada con el juego y las apuestas?, además de interesarse por qué medidas tiene previsto impulsar el  Gobierno para mejorar la información y la investigación sobre los efectos que la publicidad relativa al juego y las apuestas tiene en la población, especialmente en las personas más vulnerables a la adicción. Por último, pregunta en qué plazos y con cuánto presupuesto.

A dichas cuestiones, el Gobierno ha respondido que informa de que “la recomendación del Defensor del Pueblo aboga por “Estudiar, en cooperación con las comunidades autónomas, la prohibición total de la publicidad relacionada con el juego y las apuestas, incluida la promoción comercial de marcas o de eventos sobre juego y apuestas, en los medios de comunicación, radio, televisión e internet, salvo las loterías y apuestas de la Administración del Estado y de la Organización de Ciegos Españoles (ONCE)” o “Alternativamente, aumentar las franjas horarias en que la publicidad queda prohibida, de modo que alcancen los horarios infantiles; y prohibir la utilización publicitaria de la imagen de personas con notoriedad pública””.

En consecuencia, prosigue la respuesta, “cabe señalar que el Defensor del Pueblo recomienda, o estudiar en cooperación con las Comunidades Autónomas la prohibición total de la publicidad excepcionando las loterías y apuestas de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y de ONCE o, alternativamente, aumentar las franjas horarias en las que la publicidad queda excluida, con igual prohibición de la utilización publicitaria de personas con notoriedad pública”. Por lo tanto, se informa que “no es posible anticipar o comprometer en estos momentos un calendario normativo preciso” para adoptar una regulación que dé cumplimiento a esas Recomendaciones. No obstante, se señala que “resulta necesario subrayar que -tal y como se trasladó al Defensor del Pueblo- la intención es, llegado el momento, retomar el Proyecto de Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego y juego responsable, con las adaptaciones que correspondan para que la regulación del juego se ajuste a las necesidades y demandas de la ciudadanía, se compatibilicen con el ejercicio de un juego responsable y eviten la promoción de pautas de consumo no saludables”.

Por otra parte, se resalta que el Gobierno, a través de la DGOJ, “pretende acometer como hasta ahora proyectos de análisis y diagnóstico del fenómeno del juego desde la perspectiva de sus propias competencias”.

Al respecto, se hace mención al Programa de Trabajo de Juego Responsable 2019– 2020, adoptado tras la sesión constitutiva del Consejo Asesor de Juego Responsable (CAJR), del 25 de febrero de 2019, y se remite al siguiente enlace para su consulta: https://www.ordenacionjuego.es/es/noticia-CAJR-20190225. Un programa en el que “se identifican las iniciativas en materia de juego responsable que se desarrollarán en el período señalado y las prioridades, estrategias y proyectos concretos en que estas medidas se materializarán, una de las cuales es la de “Análisis y Diagnóstico”, en la que se inscriben las siguientes estrategias de alto nivel:

  • Determinación del nivel de afectación en población general o colectivos concretos.
  • Determinación de la vinculación entre el comportamiento del participante y la configuración del entorno de juego o las características de los mismos.  
  • Identificación de patrones comportamentales de los participantes.
  • Análisis y utilidad de las herramientas utilizadas para el conocimiento del nivel de afectación de los comportamientos de riesgo.
  • Las conductas de juego problemático y su relación con la forma de consumo y con otras adicciones.
  • Determinación de los efectos de la asimilación social del juego”.

Asimismo, estas estrategias se concretan en un total de ocho medidas vinculadas “a la preocupación manifestada por el Defensor del Pueblo sobre análisis y diagnóstico y que son desarrolladas en la actualidad por las correspondientes Secciones del CAJR (la Sección Científica o la Sección de Protección al Participante, en función de la concreta medida a desarrollar), para que todas ellas puedan culminarse en el plazo previsto en el Programa de trabajo del Consejo Asesor; esto es, a más tardar a finales del presente año”.

Así, fruto de esos desarrollos internos de las distintas secciones del CAJR, en diciembre de 2019 se publicó la iniciativa “1.1.2. Indicador nacional de personas en tratamiento por un trastorno mental de adicción a los juegos de azar”, en la que se propone “la conformación de un conjunto mínimo de variables a tener en cuenta para conocer el número de personas atendidas y diagnosticadas clínicamente por un trastorno de adicción al juego (ludopatía) y su evolución en términos cuantitativos”.

Además de todo lo anterior, y más allá de las medidas concretas contenidas en el Programa de Trabajo del CAJR -que se culminarán, en todo caso, a lo largo de 2020-, se destaca la propuesta de afectación parcial de la Tasa por Gestión de las Actividades del Juego a iniciativas y estudios sobre Juego Responsable, que fue incluida en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019. Especificándose que esta medida destinaba el 25 por ciento de la recaudación derivada de los hechos imponibles más cuantiosos de la Tasa por la Gestión de las Actividades de Juego, a “reforzar los medios materiales, instrumentos e inversiones necesarias para acometer iniciativas de prevención, comunicación, sensibilización, intervención y reparación que faciliten las prácticas de juego responsable y mitiguen los efectos indeseables producidos por una actividad de juego no saludable, así como a la realización de estudios, memorias y trabajos de investigación en la materia. Esta dotación presupuestaria permitiría abordar de manera estructural, integral y ambiciosa, desde el sector público, todo el elenco de actuaciones relacionadas con la prevención y refuerzo de la sensibilización en el ámbito de juego y completar la actual atribución presupuestaria a esa clase de medidas”.

Respuesta a la pregunta de Macarena Montesinos de Miguel, Diputada por Alicante, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular 

Por último, María Carmen Martínez Granados, Diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos, con fecha de 23 de diciembre de 2019, solicitó al Gobierno respuesta escrita a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué opinión le merece al Gobierno la información publicada sobre los viajes de lujo financiados total o parcialmente por casas de apuestas y operadores del sector del juego, al Director General de la Dirección General de Ordenación del Juego?
  • ¿Se ha planteado el Gobierno adoptar alguna medida contra el Director General por estos hechos, en concreto, cesarle por la aceptación de regalos en forma de viajes de lujo, por parte de sectores que está llamado a supervisar y controlar?
  • ¿Podría facilitarse un listado de los viajes institucionales, por congresos, ponencias o siilar, a los que ha acudido el Director General desde que fuera nombrado para su cargo en 2016, con desglose de: patrocinadores del evento, programas de cada viaje, coste y qué entidad ha satisfecho dicho coste?

En relación con el asunto de referencia se señala que “los eventos en los que ha participado la DGOJ del actual Ministerio de Consumo, “resultan encuadrables dentro de la normal actividad institucional de la DGOJ con arreglo a las funciones expresamente atribuidas por sus normas reguladoras”.

Afirmándose que “esta participación es consecuencia del desempeño profesional en atención a las características de dicho cargo, análogas a las del resto de Administraciones Públicas participantes en los mismos eventos y, en general, a otros del sector y de otros sectores de actividad, tanto en sus condiciones de asistencia como en la naturaleza de su participación y la función de representación del órgano, en desarrollo de las competencias que le atribuye la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, el Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, dispone en su artículo 7 apartado 1, subapartados f) y g), que corresponde a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) ejercer:

‘f) Las relaciones institucionales con otros órganos u organismos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, corporaciones locales, organismos internacionales y cualquier otra institución pública, española o extranjera, con funciones regulatorias en materia de juego.

g) Las relaciones institucionales con cualesquiera entidades públicas o privadas en relación con la dimensión social o económica del juego'”.

Así reza la respuesta a continuación, que por su interés transcribimos literalmente: “Como sucede en cualquier organismo público relacionado con la regulación y supervisión de un sector concreto de actividad y a esta misma Dirección General desde su constitución en 2011, esta dimensión de relaciones institucionales incluye la participación en distintos foros y eventos.

Por otra parte, y “para minimizar el riesgo de que se susciten dudas, el Director General de Ordenación del Juego no ha tomado parte en actividades complementarias que excedan la correspondencia institucional y subsidiariedad a la jornada correspondiente, así como no se ha participado en un evento, con coste de alojamiento o desplazamiento sufragado por el organizador, en el que éste fuese:  

  • Alguna, o varias, empresas de juego con licencia de juego de ámbito estatal en España, sujeta(s) por tanto a la supervisión o al ejercicio de potestad pública alguna por parte de la DGOJ.  
  • Alguna empresa de juego en particular, de España o de fuera de España, aunque estuviese fuera del ámbito de competencia de la DGOJ. 
  • Algún asesor técnico, jurídico o proveedor de servicios de algún operador de juego de ámbito estatal sujeto a supervisión o ejercicio de potestades públicas por parte de la DGOJ.  
  • Alguna asociación sectorial cuyo alcance geográfico estatal y objeto asociativo incluya como segmento de juego el juego de ámbito estatal supervisado por la DGOJ, como pueden ser CEJUEGO, JDIGITAL o en el ámbito europeo EGBA (European Betting and Gaming Association).

Asimismo, el Director General de Ordenación del Juego no ha percibido retribución dineraria alguna por su participación en jornadas o eventos sectoriales en ejercicio de su cargo.

Igualmente, en absolutamente todos los eventos en que ha participado, se ha dado la presencia y participación en términos análogos a la DGOJ de otras Administraciones Públicas, nacionales o internacionales, con competencias en la regulación y supervisión de las actividades de juego.

Se considera que los criterios anteriores permiten garantizar suficientemente, por un lado, la posibilidad de que la DGOJ pueda razonablemente maximizar sus posibilidades de participar en los distintos eventos sectoriales, como parte de sus competencias y, por el otro, que no se incurre en conflictos de interés.  

A continuación, se adjuntan los datos de las participaciones del Director General de Ordenación del Juego en jornadas o eventos en los que la organización ha sufragado total o parcialmente los gastos de desplazamiento o alojamiento. El resto de participaciones se encuentran disponibles en la página web de la DGOJ.

Los campos facilitados son: Fecha, lugar, evento, organizador, programa, gastos cubiertos por la organización, número total de colaboradores/colaboradores relacionados como empresa o grupo con la actividad supervisora de la DGOJ, fecha/horario transporte ida-vuelta.

En el caso de los colaboradores en los eventos, la DGOJ ha hecho su mejor esfuerzo por extraerlos de la información pública, así como de la que se le facilitó en el momento de la invitación. En algunos casos, ello no ha sido posible debido a la dificultad de encontrar la información en la web (lo cual consta como no disponible en el detalle de abajo)”.

Facilitándose también el vínculo a los programas que están aún disponibles en Internet (ver la relación desde la pág. 3 del pdf) y apuntándose que el coste concreto de los alojamientos y desplazamientos no resulta disponible al haberse satisfecho directamente por el organizador.

Finalmente, se señala que “en todos los eventos en cuestión participaron otros reguladores y autoridades públicas relacionadas con el sector del juego más allá de la DGOJ, autonómicos y/o internacionales”, así como que “siempre y en todo caso, todas las comisiones de servicio y su información, incluyendo el programa y la agenda del viaje correspondiente, han sido visadas y aprobadas internamente por los órganos por los encargados de ello con arreglo a la normativa sobre comisiones de servicio (Subsecretaría del Ministerio)”.

A continuación, ofrecemos en pdf las preguntas y respuestas oficiales emitidas para las cuestiones planteadas.

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