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Publicada en el DOG, de acuerdo con la cual todas las autoliquidaciones de los tributos de Juego, de transmisiones patrimoniales y de sucesiones cuyo plazo vencía a partir de 14 de marzo, podrán ser presentadas en la Agencia Tributaria de Galicia hasta el 2 de noviembre, tal y como informamos

Difundimos la Orden que aplaza los impuestos de Juego en Galicia

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Ofrecemos en formato pdf la Orden que aplaza los impuestos de Juego en Galicia, según la cual las autoliquidaciones de los tributos de Juego, de transmisiones patrimoniales y de sucesiones cuyo plazo vencía a partir de 14 de marzo, día de la entrada en vigor de la declaración del Estado de Alarma, podrán ser presentadas en la Agencia Tributaria de Galicia hasta el 2 de noviembre, tal y como informamos.

En relación con los tributos sobre el Juego, para aquellos supuestos en los que las obligaciones tributarias se cumplen de forma periódica a lo largo del año, en periodos fijados en los veinte primeros días naturales de cada trimestre o de cada mes, de acuerdo con la Orden, se permite que las personas obligadas puedan cumplir las obligaciones mensuales o trimestrales correspondientes al año 2020 devengadas hasta el 30 de septiembre a lo largo del mes de octubre y, en el caso de aplicación del tipo de gravamen sobre la base imponible provisional acumulada, de una única vez mediante una declaración y una autoliquidación correspondientes a toda la actividad desarrollada desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre.

En cuanto al plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto de sucesiones y donaciones, Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados e Impuesto sobre el juego, la Orden de la Consellería de Hacienda de 15 de junio de 2020 (DOG 116-Bis) establece que:

“1. Cuando los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y para el ingreso de la deuda tributaria autoliquidada de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, finalicen en el período comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de octubre de 2020, dichas presentaciones se amplían hasta esta última fecha.

  1. En los casos anteriores, las personas interesadas podrán solicitar la prórroga del plazo de presentación del impuesto de sucesión prevista en el artículo 68 del Reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones, aprobado mediante el Real decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, hasta el 30 de septiembre de 2020.
  2. Los sujetos pasivos de los tributos cedidos que gravan el juego de bingo, de casinos y las apuestas deportivas y de competición cuyo rendimiento corresponda a la Comunidad Autónoma de Galicia podrán cumplir las obligaciones tributarias relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y, en su caso, al pago de la deuda autoliquidada por el juego realizado desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre del año 2020, descontando los ingresos correspondientes al año 2020 que previamente hubiesen autoliquidado. Esta declaración y autoliquidación únicas podrán presentarlas en el plazo comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2020.
  3. Los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y, en su caso, para el ingreso de la deuda tributaria autoliquidada de los tributos cedidos sobre el juego que gravan el resto de modalidades de juego distintas de las previstas en el número 3, que finalicen en el período comprendido el 14 de marzo, y el 31 de octubre de 2020, se amplían hasta esta última fecha”.

A continuación, difundimos el comunicado difundido con motivo de su publicación:

El DOG publica la orden que amplía al 2 de noviembre la suspensión de plazos para presentar el impuesto de transmisiones patrimoniales, el de sucesiones y los tributos del juego

Escuchar

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden por la que se amplía al 2 de noviembre de 2020 la suspensión de los plazos para la presentación de las autoliquidaciones de los impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP-AXD); de sucesiones y donaciones (ISD) y los tributos del juego.

De este modo, todas las autoliquidaciones de estos tres impuestos cuyo plazo vencía a partir de 14 de marzo –día de la entrada en vigor de la declaración del estado de alarma- podrán ser presentadas en la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) hasta el 2 de noviembre. Esta nueva orden deroga la publicada por la Xunta el 27 de marzo, que estableció una suspensión en el plazo de presentación de los principales impuestos autonómicos hasta el 30 de junio o un mes después de la finalización del estado de alarma.

Esta medida afecta cada mes unas 32.000 personas y empresas, que no tendrán la necesidad de presentar la autoliquidación del impuesto. La Agencia Tributaria de Galicia dejará de ingresar cada mes hasta 35 millones de euros mientras esté vigente esta suspensión de plazos.

Impuestos
El Presidente del Gobierno gallego, Alberto Núñz Feijóo, presentó la medida

 

La suspensión de plazos no afecta al resto de los impuestos autonómicos –como el canon eólico, el impuesto sobre las aguas embalsadas o el impuesto sobre contaminación atmosférica– dado que su presentación se hace obligatoriamente de manera telemática y están relacionados con el impacto ambiental de determinadas actividades no afectadas por el coronavirus.

Hay que tener en cuenta que un contribuyente, aunque no tenga que abonar el impuesto por beneficiarse de las distintas bonificaciones o deducciones existentes –como sucede con las deducciones del Impuesto sobre Sucesiones o con el programa de Impuestos Cero en el rural-, sí está obligado en todo caso a presentar la correspondiente autoliquidación del impuesto.

Cita previa

En todo caso, aquellos ciudadanos que lo precisen pueden presentar de manera voluntaria las autoliquidaciones de estos impuestos de manera telemática o a través del servicio de cita previa activado por la ATRIGA. Para solicitar la cita previa, hay que acceder a la web de la ATRIGA (www.atriga.gal), donde se le otorgará una fecha y una hora en la que será atendida.

Comunicado XUNTA DE GALICIA

DOCUMENTOS ADJUNTOS

DESCARGAR PDF ORDEN (DOG)

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