Y la modificación de la Ley 4002/2011 de Grecia, con fecha de recepción del 1 de abril de 2019, cuyo periodo de status quo finaliza el próximo 2 de julio

Difundimos la notificación enviada al TRIS por Grecia del Proyecto de Reglamento técnico sobre las reformas del mercado de los Juegos Online

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A continuación, ofrecemos en pdf la notificación 2019/149/GR del Proyecto de Reglamento técnico sobre las reformas del mercado de los juegos de azar en línea – Modificación de la Ley 4002/2011 de Grecia, enviado a la Comisión Europea, en virtud de la Directiva (UE) 2015/1535. Una notificación con fecha de recepción del 1 de abril de 2019, cuyo periodo de status quo finaliza el próximo 2 de julio.

El Proyecto de Reglamento técnico mencionado se refiere, de forma general, a las reformas del mercado de los juegos de azar en línea y a la modificación de la Ley 4002/2011, y más específicamente a los puntos señalados en el documento adjuntado (págs. 2 a 4), en relación con los distintos artículos.

En cuanto a su motivación, detallada en el punto 9 (pág. 4), se especifica lo siguiente: “Esta legislación mejora y moderniza significativamente el marco normativo para el mercado de los juegos de azar, dado que tiene en cuenta tanto la realidad griega como las mejores prácticas internacionales. Además de las mejores técnicas realizadas por esta, las disposiciones sobre el nuevo método de concesión de permisos para las personas que operen en el mercado específico constituyen un paso importante hacia la transparencia, la competencia justa, la protección de los jugadores y la lucha contra los fallos y los abusos en el marco existente. También se han realizado mejoras importantes con respecto al Reglamento de juegos de azar, la protección de los datos personales de los jugadores y la lista negra de los proveedores de juegos de azar no autorizados. Por último, se regulan también asuntos relativos a las transferencias de dinero y a la imposición de las ganancias procedentes de los juegos de azar”.

Recordemos que el procedimiento de notificación establecido por la Directiva (UE) 2015/1535 obliga a los miembros de notificar a la Comisión los proyectos de reglamentaciones técnicas antes de su adopción. Se trata de prever y evitar obstáculos comerciales mediante esta herramienta para la información, prevención y diálogo en materia de las reglamentaciones técnicas sobre productos y servicios relativos a la sociedad de la información.

Durante el período de statu quo de tres meses establecido a partir de la fecha de notificación del proyecto, el Estado miembro que notifica no puede adoptar la reglamentación técnica en cuestión. Es un plazo que permite a la Comisión a los otros Estados miembros examinar el texto del proyecto notificado y reaccionar emitiendo un dictamen motivado o enviando observaciones, así como bloqueándolo.

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