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En la que se insta al Gobierno de la nación, al Gobierno de la Comunidad de Madrid y a su Consistorio a actuar contra “la proliferación de casas de apuestas y el juego en general”

Difundimos la Moción contra el Juego del Grupo Municipal SOMOS COSLADA

AZARplus

A continuación, ofrecemos en pdf la Moción presentada por Virginia Robles López, del Grupo Municipal Somos Coslada al Pleno Corporativo para “proteger a las y los cosladeños frente a la proliferación de casas de apuestas y el juego en general”, reza el documento.

Tras la Exposición de motivos, en la que se afirma que existe un “notable aumento” de los Juegos Online y de los Locales de Apuestas, además de sostener que “desde el año 2014 los locales de juego y apuestas han crecido un 140% en la Comunidad de Madrid, particularmente en las arterias comerciales y barrios y municipios más humildes”. 

“La invitación al juego y al riesgo de apostar es constante, resultando particularmente agresiva en el ámbito de la juventud e incluso de la infancia”, reza el documento. En cuanto a la legislación en materia de Juego, se considera “claramente superada por la nueva situación descrita”, entre otros aspectos en la misma línea, según pueden consultar nuestros lectores en el pdf adjunto.

Finalizada la Exposición de motivos puede leerse lo siguiente: “Por lo anteriormente expuesto, elevamos al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, si procede, los siguientes ACUERDOS:

Primero.-Instar al Gobierno de la nación a:

  1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017- 2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.
  2. Cumplir la moción aprobada consecuencia de Interpelación urgente relativa a las previsiones del Gobierno en relación con la problemática generada por la proliferación de casas de apuestas y orientación política sobre juegos de azar ( 173/000113), aprobada el 23 de octubre 2018 y dotarla del presupuesto necesario para llevarla a cabo.

Segundo.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

  1. La elaboración de una Ley integral del Juego en la Comunidad de Madrid en la que,entre otras, se incorporen las siguientes medidas:
  • Creación de un Consejo del Juego en la Comunidad de Madrid en el que estén representados tanto las administraciones públicas (Ayuntamientos y Comunidad), como los partidos con representación en la Asamblea, operadores de juego y asociaciones de personas afectadas por el juego, encomendando que la primera labor del Consejo sea la elaboración, dentro de los 3 primeros meses de funcionamiento, de un informe de evaluación de la actividad del juego en la Comunidad de Madrid.
  • Elaboración de una estrategia madrileña para la prevención de la ludopatía.
  • Elaboración de una regulación de la implantación territorial de las salas de juego que impida la concentración de su instalación en lugares de especial riesgo por su cercanía a centros de terapia para ludópatas, centros escolares o de educación secundaria, etc.
  • Inclusión de información sobre el juego en las campañas escolares sobre adicciones y prevenciones.
  1. Actuar desde la Consejería de Sanidad en las siguientes direcciones:
  • Elaborar el plan parcial de inspección en adicciones, incluyendo acciones específicas dirigidas a las casas de apuestas, el juego “on line” y otras actividades de juego, reforzando el servicio de inspección para asegurar el cumplimiento de la normativa.
  • Incluir en la cartera de servicios sociales de todos los centros de la red de atención a drogodependientes, dependientes de la subdirección general de asistencia en adicciones, la atención a los problemas derivados del juego patológico para personas afectadas y sus familiares.
  • Asegurar la asistencia rápida y eficaz a las personas que soliciten ayuda por su adicción al juego, posibilitando la derivación desde atención primaria, reduciendo las listas de espera.
  1. Que el establecimiento de una fracción no menor al 1% de la recaudación asociada al juego sea canalizada para la atención de las patologías que esta misma actividad genera entre sus usuarios y usuarias.

Tercero.- El Ayuntamiento de Coslada se compromete a:

  1. La creación de una mesa de trabajo y observatorio de la evolución del juego en nuestro municipio para la lucha diaria contra los inconvenientes generados por la liberalización impuesta por la legislación actual, a efecto de crear un censo de locales y el impacto de los mismos, analizar los problemas que generan en la población cercana a los mismos, a efectos de elaborar informes que puedan ser remitidos a la Comunidad de Madrid, e impulsar la inspección periódica y por sorpresa, de locales de apuestas de nuestro municipio por parte del cuerpo municipal de policía, para verificar que se cumple la normativa en cuanto a la edad mínima de entrada en dichos establecimientos.
  2. Que el Ayuntamiento de Coslada, en colaboración con entidades sociales, centros educativos y de salud, organice actividades de sensibilización e información de cara a la prevención de los riesgos que conlleva el abuso del juego.
  3. Que el ayuntamiento de Coslada no colabore, en los ámbitos de su competencia, dando publicidad a actividades relacionadas con el juego en sus distintas modalidades.
  4. Que el ayuntamiento de Coslada regule la concesión de las licencias de los locales destinados a la actividad del juego, así como la distancia de ubicaciones de los locales, de la misma forma que están reguladas otras actividades, según un Plan Especial de adecuación de usos comerciales (locutorios, bazares, etc.), y/o Ordenanza de regulación de dichas actividades, en los que las distancias mínimas que se establezcan:
  • entre los locales de juego y los espacios frecuentados por la infancia, la adolescencia y la juventud, como los centros educativos, culturales, juveniles, deportivos y parques, sea de al menos 800 metros.
  • y de 500 metros entre locales dedicados a este uso”.

DOCUMENTOS ADJUNTOS

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