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Así como la Resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de dicha prórroga, ambos publicados en el BOE, y que ofrecemos en pdf

Difundimos el Real Decreto por el que se prórroga el estado de alarma, que se extenderá hasta el próximo 26 de Abril

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Difundimos el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

De acuerdo con el mismo, la duración de la prórroga “se extenderá hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020”. Asimismo, difundimos la Resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

A continuación, ofrecemos el tramo de la nota de prensa relativa a la prórroga del estado de alarma, así como un enlace a la transcripción de la comparecencia del Presidente del Gobierno anunciando la prórroga (incluye Vídeo), y ambos documentos legales publicados en el BOE, en formato pdf.

PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se prorroga el Estado de Alarma recogido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, así como la vigencia de las medidas en él contenidas, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020.

La declaración del Estado de Alarma ha permitido aplicar medidas inmediatas que han resultado esenciales para contener la propagación de la enfermedad. Asimismo ha hecho posible establecer, a través de la actuación de las autoridades competentes delegadas del Gobierno, una movilización de todos los recursos disponibles para mitigar los efectos de la pandemia. Sin embargo, a la luz de los datos disponibles y de los informes de evaluación elaborados por las autoridades competentes, no se puede afirmar que la situación de emergencia sanitaria generada por el COVID-19 se habrá superado completamente en el plazo previsto inicialmente, por lo que se estima imprescindible prorrogar nuevamente el Estado de Alarma.

La Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio, dispone que el Estado de Alarma requiere, para ser prorrogado, de la autorización expresa del Congreso de los Diputados. En su sesión del día 9 de abril de 2020, el Congreso de los Diputados acordó conceder la autorización requerida.

Comunicado PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

VER TRANSCRIPCIÓN COMPARECENCIA (incluye Vídeo)

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